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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (15/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 210024 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de setiembre de 2001 Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 30869 Prorrogan vigencia de ordenanzas que regulan el canje de deudas de arbitrios por prestación de servicios ORDENANZA Nº 025-2001-C/MC Comas, 29 de agosto de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 02-2001-C/MC, en aplica- ción de los incisos 3) y 4) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, la Norma IV y el Inc. d) del Artículo 32º del TUO del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, se aprobó la prórroga de la Ordenanza Nº 022-2000-C/MC, de fecha 20 de octubre del 2000, referida al canje de deuda de arbitrios por prestación de Servicios, hasta el 31 de julio del 2001; Que, existiendo demanda de los contribuyentes, para cumplir sus obligaciones tributarias, mediante el canje de la prestación de sus servicios por la deuda de arbitrios y siendo ello una forma de incentivar la cultura ciudadana de aportar por la ciudad, se hace necesario que la Ordenanza Nº 22-2000-C/MC, refe- rida al canje de Deuda de Arbitrios por Prestación de Servicios, prorrogada por la Ordenanza Nº 02-2001 - C/MC, sea nuevamente prorrogada hasta el 22 de diciembre del 2001; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, con dos votos en contra de los Regidores: Julián Eriberto Sie- rra Corrales y Hermilda Pilco Gonzales, el Pleno del Concejo aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la prórroga de la Ordenanza Nº 22-2000-C/MC, fecha 20 de octubre del 2000, y de la Ordenanza Nº 02-2001-C/MC de fecha 7 de enero del 2001, respecto al Canje de Deuda de Arbitrios por Prestación de Servicios, hasta el 22 de diciembre del año 2001; incluyéndose en el beneficio que se aprueba la deuda de Arbitrios del año 2000. Artículo Segundo.- Dispensar del trámite del Dictamen de Comisión, así como la Lectura del Acta para el inmediato cumplimiento del presente. Artículo Tercero.- Encárguese a la Oficina de Administración Tributaria, Oficina de Administra- ción y Finanzas, Dirección de Saneamiento Ambiental, y a la Unidad de Comunicación Municipal, el cumpli- miento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 30870MUNICIPALIDAD DE COMAS Incluyen prohibición de comercializar mercadería que atente contra la propie- dad intelectual en el Cuadro de Infracciones y Sanciones ORDENANZA Nº 024-2001-C/MC Comas, 29 de agosto de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, la Dirección Municipal, a través de la Oficina de Planificación y Presupuesto mediante Informe Nº 162-2001-OPP/MC del 19 de julio del 2001, remitió a la Presidencia de la Comisión de Regidores de Administración, Planificación, Economía y Finan- zas, la Propuesta para incluir la PROHIBICION DE QUE SE COMERCIALICE MERCADERIA (libros, revistas, cassettes, discompact, software y similares, etc.) QUE ATENTE CONTRA LA PROPIEDAD INTE- LECTUAL, en el "Cuadro de Infracciones y Sanciones" del "Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas" aprobado con Ordenan- za Nº 03-2001-C/MC el 31.1.2001, sugerida por la Ofi- cina de Derechos de Autor del INDECOPI a través del Expediente Nº 6352-2000-INDECOPI; Que, los integrantes de la Comisión de Regidores de Administración, Planificación, Economía y Finanzas en reunión de trabajo analizaron la documentación de la Propuesta, y considerando que es viable y cuya finalidad es contribuir a prevenir y erradicar la pirate- ría intelectual, concordaron incluirla en el "Cuadro de Infracciones y Sanciones" del "Reglamento de Aplica- ción de Infracciones y Sanciones Administrativas"; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la inclusión en el "Cuadro de Infracciones y Sanciones" del "Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administra- tivas", aprobado por Ordenanza Nº 03-2001-C/MC el 31-1-2001, la PROHIBICION DE QUE SE COMER- CIALICE MERCADERIA (libros, revistas, cassettes, discompact, software y similares, etc.) QUE ATENTE CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL, sugeri- da por la Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI, en los términos siguientes: VALOR DE SANCION COD. DESCRIPCION DE LA INFRACCION % ACCESORIA NOTIF. MULTA UIT PREV. ADM. MERCADOS Y COMERCIALIZACION (500) 516 Por comercializar mercadería que atenta 10% Comiso contra la propiedad intelectual (libros, Denuncia revistas, cassettes, Discompact, software Penal X y similares, etc.) Artículo Segundo.- Dispensar de la lectura del Acta para el inmediato cumplimiento de la presente Ordenanza.