Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2001 (20/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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MINISTERIO DE PESQUERIA Direccion Nacional de Acuicultura

NORMAS LEGALES
e)

MORDAZA, jueves 20 de setiembre de 2001

CONVENIO DE CONSERVACION, INVERSION Y PRODUCCION ACUICOLA PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE POBLAMIENTO O REPOBLAMIENTO CON FINES DE APROVECHAMIENTO RESPONSABLE DE LOS RECURSOS Conste por el presente documento el Convenio de Conservacion, Inversion y Produccion Acuicola para el desarrollo de acciones de poblamiento o repoblamiento con fines de aprovechamiento responsable de los recursos, que celebran de una parte el Ministerio de Pesqueria en adelante el MIPE, con domicilio en MORDAZA Uno Oeste Nº 060, Urbanizacion Corpac, distrito de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, con R.U.C. Nº 20131371960, representado por ................., ............... Director................................... identificado con D.N.I. Nº ..........., facultado por ......... Resolucion Ministerial Nº .....-2001-PE, del .... de ...... ...... de 2001 y, de otra parte el (la).................., identi...... ...... ficado con D.N.I./L.E./C.E. Nº... .................., en representacion de .............. con R.U.C. Nº................., con domi...... ..., cilio legal en .........................................., en adelante el BENEFICIARIO, en los terminos y condiciones siguientes: PRIMERO.- BASE LEGAL 1.1. Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. 1.2. Ley Nº 27460 - Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE. 1.3. Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria. SEGUNDO.- OBJETO Y FINES El presente Convenio tiene por objeto garantizar las inversiones, asi como asegurar los niveles de aprovechamiento responsable de los recursos propuestos por el BENEFICIARIO quien desarrollara acciones de poblamiento o repoblamiento de recursos hidricos, en el MORDAZA de las disposiciones contenidas en la Ley de Promocion y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento, asi como de las demas normas vigentes y las que para los efectos se dicten. Las acciones de poblamiento o repoblamiento que seran realizadas en el MORDAZA del presente convenio, tienen como fin elevar el nivel de extraccion de los recursos hidrobiologicos, elevando el consumo percapita de la poblacion . TERCERO.- DERECHO ADMINISTRATIVO El presente Convenio se ha elaborado sobre la base de la Memoria Descriptiva y del Certificado Ambiental que sustentan el otorgamiento de la autorizacion para efectuar el poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua y demas requisitos contemplados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Pesqueria y que forman parte del expediente con registro Nº ....... del ..... de ...................de 200.... ...... CUARTO.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO La suscripcion del presente Convenio obliga al BENEFICIARIO al cumplimiento de las siguientes condiciones y obligaciones: a) Desarrollar sus actividades de poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua de conformidad con lo que disponga la Resolucion que le otorgue el derecho, para la siembra de ......... .......de la(s) especie(s) ............................. en el recurso hidrico denominado ... ... ............, ubicado en el distrito de ..............., provincia de ..................., departamento de ....................... . Cumplir con el Cronograma de Actividades establecido y con las metas de inversion correspondientes, estipuladas en la Memoria Descriptiva que sustente el otorgamiento de la autorizacion. Comunicar oportunamente al Ministerio de Pesqueria la programacion de las cosechas, asi como los volumenes a cosechar, de acuerdo al numero de especimenes sembrados, mortalidad natural estimada y peso promedio de extraccion. Solicitar al Ministerio de Pesqueria la supervision de las labores de cosecha, sufragando los gastos respectivos.

f) g)

h) i)

Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecologico del medio circundante, cumpliendo para tal efecto con los compromisos ambientales asumidos ante el MIPE a traves del Estudio de Impacto Ambiental o Declaracion de Impacto Ambiental aprobada segun Certificado Ambiental Nº ........ ...... Observar la normatividad vigente del Sector, asi como aquella relacionada con la conservacion del medio ambiente y de los recursos naturales. Presentar la informacion a que estan obligados de acuerdo a la resolucion autoritativa, de acuerdo a los terminos de referencia consignados en el correspondiente formato. Facilitar las labores de supervision por parte del personal de el MIPE acreditado para tal fin. No interferir con las actividades tradicionales que se desarrollen en el recurso hidrico.

QUINTO.- DE LA CADUCIDAD DEL DERECHO Son causales de caducidad: a) b) Transferir los derechos derivados de la autorizacion sin la conformidad del Ministerio de Pesqueria y sin suscribir el respectivo Convenio o Addendum. No iniciar el tramite ante la Autoridad de Aguas del Ministerio de Agricultura para la obtencion de la licencia de uso de las aguas en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de otorgada la autorizacion, cuando corresponda. Incumplir con los compromisos asumidos en materia ambiental presentados al MIPE. Causar grave dano al ecosistema No permitir la realizacion de las evaluaciones y acciones de vigilancia y control que, como parte de sus funciones, realicen las autoridades competentes. Incumplir injustificadamente con el cronograma de siembras, asi como con las metas de produccion e inversiones estipuladas en la Memoria Descriptiva. No presentar los informes semestrales sobre las actividades realizadas. Interferir con las actividades tradicionales que se desarrollen en el recurso hidrico.

c) d) e)

f) g) h)

SEXTA.- DEL PLAZO DEL CONVENIO El plazo de vigencia del Convenio sera de ......... ...... anos, de acuerdo a lo senalado en la Memoria Descriptiva correspondiente. SEPTIMA.- DE LA ESTABILIDAD JURIDICA EN MATERIA DE NORMATIVIDAD ACUICOLA Durante la vigencia de la autorizacion, el MIPE respetara y MORDAZA cumplimiento a las disposiciones que sobre materia acuicola se encuentren vigentes. Aquella normatividad que sobre preservacion y conservacion de las especies y del medio ambiente dicte el MIPE, en lo que no afecte el desarrollo de la autorizacion otorgada, sera de cumplimiento de el BENEFICIARIO. En senal de conformidad con los terminos y condiciones establecidas, MORDAZA partes suscriben el presente Convenio en dos (2) originales, en la MORDAZA de ......... a los ...... ..........dias del mes de ...........................de ............ . ......................................... Por EL BENEFICIARIO 31107 ..................................... Por EL MIPE

b)

c)

Prorrogan permisos de pesca y licencias otorgadas a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bandera japonesa en la extraccion del recurso calamar gigante
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 211-2001-PE/DNEPP MORDAZA, 14 de setiembre del 2001

d)

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