NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (20/09/2001)
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Pág. 210190 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de setiembre de 2001 MINISTERIO DE PESQUERIA Dirección Nacional de Acuicultura CONVENIO DE CONSERVACIÓN, INVERSIÓN Y PRODUCCIÓN ACUICOLA PARA EL DESARRO- LLO DE ACCIONES DE POBLAMIENTO O REPO- BLAMIENTO CON FINES DE APROVECHAMIEN- TO RESPONSABLE DE LOS RECURSOS Conste por el presente documento el Convenio de Conser- vación, Inversión y Producción Acuícola para el desarrollo de acciones de poblamiento o repoblamiento con fines de aprovechamiento responsable de los recursos, que cele- bran de una parte el Ministerio de Pesquería en adelante el MIPE , con domicilio en Calle Uno Oeste Nº 060, Urba- nización Córpac, distrito de San Isidro, departamento de Lima, con R.U.C. Nº 20131371960, representado por ………………………….., Director ................................... identificado con D.N.I. Nº ……………….., facultado por Resolución Ministerial Nº .....-2001-PE, del .... de ………… de 2001 y, de otra parte el (la)………………............, identi- ficado con D.N.I./L.E./C.E. Nº….................., en representa- ción de ........……………, con R.U.C. Nº................., con domi- cilio legal en .........................................., en adelante el BE- NEFICIARIO , en los términos y condiciones siguientes: PRIMERO.- BASE LEGAL 1.1. Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. 1.2. Ley Nº 27460 - Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE. 1.3. Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería. SEGUNDO.- OBJETO Y FINES El presente Convenio tiene por objeto garantizar las inver- siones, así como asegurar los niveles de aprovechamiento responsable de los recursos propuestos por el BENEFI- CIARIO quien desarrollará acciones de poblamiento o repoblamiento de recursos hídricos, en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley de Promoción y Desa- rrollo de la Acuicultura y su Reglamento, así como de las demás normas vigentes y las que para los efectos se dicten. Las acciones de poblamiento o repoblamiento que serán realizadas en el marco del presente convenio, tienen como fin elevar el nivel de extracción de los recursos hidrobioló- gicos, elevando el consumo percapita de la población . TERCERO.- DERECHO ADMINISTRATIVO El presente Convenio se ha elaborado sobre la base de la Memoria Descriptiva y del Certificado Ambiental que sustentan el otorgamiento de la autorización para efec- tuar el poblamiento o repoblamiento en cuerpos de agua y demás requisitos contemplados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Pesquería y que forman parte del expediente con registro Nº …………. del ..... de ...................de 200.... CUARTO.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO La suscripción del presente Convenio obliga al BENE- FICIARIO al cumplimiento de las siguientes condicio- nes y obligaciones: a) Desarrollar sus actividades de poblamiento o repobla- miento en cuerpos de agua de conformidad con lo que disponga la Resolución que le otorgue el derecho, para la siembra de …………….de la(s) especie(s) ............................. en el recurso hídrico denominado ……............, ubicado en el distrito de ..............., provin- cia de ..................., departamento de ....................... . b) Cumplir con el Cronograma de Actividades estable- cido y con las metas de inversión correspondientes, estipuladas en la Memoria Descriptiva que sustente el otorgamiento de la autorización. c) Comunicar oportunamente al Ministerio de Pes- quería la programación de las cosechas, así como los volúmenes a cosechar, de acuerdo al número de especímenes sembrados, mortalidad natural esti- mada y peso promedio de extracción. d) Solicitar al Ministerio de Pesquería la supervisión de las labores de cosecha, sufragando los gastos respectivos.e) Prever que el desarrollo de sus actividades no afecte el medio ambiente o altere el equilibrio bioecológico del medio circundante, cumpliendo para tal efecto con los compromisos ambientales asumidos ante el MIPE a través del Estudio de Impacto Ambiental o Declaración de Impacto Ambiental aprobada según Certificado Ambiental Nº ………….. f) Observar la normatividad vigente del Sector, así como aquella relacionada con la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales. g) Presentar la información a que están obligados de acuerdo a la resolución autoritativa, de acuerdo a los términos de referencia consignados en el corres- pondiente formato. h) Facilitar las labores de supervisión por parte del personal de el MIPE acreditado para tal fin. i) No interferir con las actividades tradicionales que se desarrollen en el recurso hídrico. QUINTO.- DE LA CADUCIDAD DEL DERECHO Son causales de caducidad: a) Transferir los derechos derivados de la autoriza- ción sin la conformidad del Ministerio de Pesquería y sin suscribir el respectivo Convenio o Addendum. b) No iniciar el trámite ante la Autoridad de Aguas del Ministerio de Agricultura para la obtención de la licencia de uso de las aguas en un plazo máximo de 30 días calendario de otorgada la autorización, cuan- do corresponda. c) Incumplir con los compromisos asumidos en mate- ria ambiental presentados al MIPE. d) Causar grave daño al ecosistema e) No permitir la realización de las evaluaciones y acciones de vigilancia y control que, como parte de sus funciones, realicen las autoridades competen- tes. f) Incumplir injustificadamente con el cronograma de siembras, así como con las metas de producción e inversiones estipuladas en la Memoria Descriptiva. g) No presentar los informes semestrales sobre las actividades realizadas. h) Interferir con las actividades tradicionales que se desarrollen en el recurso hídrico. SEXTA.- DEL PLAZO DEL CONVENIO El plazo de vigencia del Convenio será de …………… años, de acuerdo a lo señalado en la Memoria Descripti- va correspondiente. SEPTIMA.- DE LA ESTABILIDAD JURIDICA EN MATERIA DE NORMATIVIDAD ACUICOLA Durante la vigencia de la autorización, el MIPE respeta- rá y dará cumplimiento a las disposiciones que sobre materia acuícola se encuentren vigentes. Aquella nor- matividad que sobre preservación y conservación de las especies y del medio ambiente dicte el MIPE, en lo que no afecte el desarrollo de la autorización otorgada, será de cumplimiento de el BENEFICIARIO. En señal de conformidad con los términos y condiciones establecidas, ambas partes suscriben el presente Conve- nio en dos (2) originales, en la ciudad de …………… a los ..........días del mes de ...........................de ............ . ......................................... ..................................... Por EL BENEFICIARIO Por EL MIPE 31107 Prorrogan permisos de pesca y licen- cias otorgadas a Siete Mares S.A.C. para operar embarcaciones de bande- ra japonesa en la extracción del recur- so calamar gigante RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 211-2001-PE/DNEPP Lima, 14 de setiembre del 2001