NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/09/2001)
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Pág. 210281 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de setiembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 022-2001-MDSMP, de fecha 28 de junio del 2001, se resuelve otorgar el BENEFICIODE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONS-TRUCCIÓN por un período de 60 días a partir del 2 de julio del presente año, aplicables a todas las edificaciones de uso exclusivo de vivienda hasta tres pisos construidos,incluyendo en dicho beneficio a todos los expedientespendientes de liquidación y a solicitud del propietario; Que, es política de la actual gestión Municipal, otor- gar facilidades para que los contribuyentes puedan regularizar su trámite de Licencia de Construcción en montos y formas que posibiliten su cumplimiento; te-niendo en cuenta la recesión económica por la que atra-viesa nuestro distrito particularmente, hecho que mere-ce adoptar decisiones con un alto contenido social quefomenten el bienestar de los vecinos; Que, de conformidad con el Art. 47º Inc. 6), Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; elConcejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 022-2001, sobre Beneficio de Regulariza-ción de Licencia de Construcción, por un período de 60días a partir del 4 de setiembre del 2001. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Administración Tributa- ria, Unidad de Imagen Corporativa y Comunicación, la ejecución y difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 30952 ORDENANZA Nº 028-2001-MDSMP San Martín de Porres, 5 de setiembre de 2001LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 5 de setiembre del 2001; Visto, el Informe Nº 250-2001-SIAT/MDSMP de la Dirección de Administración Tributaria, solicitando pró- rroga de la Ordenanza Nº 019-2001-MDSMP; CONSIDERANDO: Que, el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Orgánica de Municipali-dades Nº 23853 establece que los Gobiernos Localestienen autonomía política, económica y administrati-va en los asuntos de su competencia; Que, habiéndose expedido la Ordenanza Nº 019-2001- MDSMP con fecha 12 de junio del año en curso, queotorgaba el BENEFICIO DE FRACCIONAMIENTO TRI-BUTARIO PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL DIS-TRITO hasta el 30 de agosto; y dado que la norma ha tenidouna aceptación dentro de la colectividad sanmartiniana, y en razón a que persiste la recesión económica, es que resulta necesario otorgar un plazo adicional para la cancelación conBeneficios de los tributos de los contribuyentes en general; De conformidad a lo expuesto y las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 ycon el voto UNANIME de los señores Regidores, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS CONCEDIDOS MEDIANTE ORDENANZA Nº 019-2001-MDSMP Artículo Unico.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 019-2001-MDSMP, hasta el 31 de octubre del presente año.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 30953 Disponen abstenerse de pronuncia- miento respecto a los ExpedientesAdministrativos Nºs. E-294-99, E-88-99 y E-679-99 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1756-2001-AL-MDSMP San Martín de Porres, 11 de julio de 2001 Vistos, los Expedientes Administrativos Nºs. E-294- 99, E-88-99 y E-679-99, organizados por la Empresa Ejecu-tora Proyectos de Inversión S.A. - EPISA, quien reiterasolicitud de pago de intereses por liquidación final de la Obra "Pavimentación de los jirones: Julián Alarcón y Pedro Genaro Urb. El Rosario - III Etapa, SMP"; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 651-2001-OAJ-MDSMP, el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que ante el 7º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, seviene tramitando el Expediente Nº 2000-25333-0-0100-J-CI-7, sobre obligación de dar suma de dinero, procesocivil que se desarrolla con el recurrente, el mismo que ala fecha se encuentra pendiente de Resolución Final; Que, el Art. 13º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, prescribe que cuando en un procedimiento administrativosurja una cuestión contenciosa que requiera de un pronun-ciamiento previo, sin el cual no puede ser resuelto al asuntoque se tramita ante la administración pública, se suspendeaquel por la autoridad que conoce el mismo, a fin que el Poder Judicial, declare el derecho que defina el litigio; Estando a lo expuesto y conforme a las facultades conferidas por el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Único.- Abstenerse del pronunciamiento de los presentes actuados administrativos, hasta que elPoder Judicial, defina el litigio. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 31322 MUNICIP ALIDAD DE SANT A ROSA Conceden Beneficio de Regularización de Deudas T ributarias y no Tributarias en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 034 Santa Rosa, 31 de agosto del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha ha expedido, lasiguiente: