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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (21/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 210282 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de setiembre de 2001 ORDENANZA Artículo Primero.- CONCÉDASE el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias, y no Tributarias,como son impuesto predial, arbitrios y servicio de aguaa los contribuyentes y deudores del distrito de Santa Rosa a partir de décimo día calendario de publicada la presente ordenanza y por un plazo de treinta días. Artículo Segundo.- CONDÓNASE con CARÁC- TER GENERAL, los intereses moratorios y las sancio-nes respecto de las deudas tributarias y no tributarias correspondientes del impuesto predial, arbitrios y agua. Artículo Tercero.- REBÁJASE el noventa (90%) de las multas por infracciones o sanciones aplicadas a loscontribuyentes y condónase el diez (10%) restante, siem-pre que se cumpla con regularizar lo que motivó la sanción. Artículo Cuarto.- REBÁJASE sobre el valor insolu- to de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardi-nes, el 30% que adeuden los contribuyentes hasta el año2000; asimismo, los gastos administrativos por emisión de recibos no deben ser más de 0.4% de la UIT anual por cada ejercicio; cualquier exceso acotado se ajustará adicho monto. Artículo Quinto.- CONCÉDASE una rebaja del treinta por ciento (30%) del valor insoluto de las deudas por servicio de agua que los contribuyentes tengan a la Municipalidad a noviembre de 1999, asimismo los gastosde administrativos por emisión de recibos no deben sermás de 0.4% de la UIT anual, cualquier exceso acotado seajustará a dicho monto. Artículo Sexto.- ESTABLÉZCASE que no corres- ponde el presente beneficio a los contribuyentes que susdeudas pendientes de pago se encuentren en cobranzacoactiva, debiendo proseguirse dicho procedimiento parasu cobranza. Artículo Séptimo.- DECLÁRASE que el presente beneficio no da lugar a compensación o devolución paralos contribuyentes que hayan cancelado sus obligacionescon anterioridad a la presente Ordenanza, salvo quehayan pagado más del tope establecido para los gastosadministrativos. Artículo Octavo.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano,después de 15 días que fuera expedido, encargándose alas áreas respectivas su amplia difusión y cumplimiento,a fin de asegurar su eficacia y conocimiento por todos y cada uno de los contribuyentes y deudores. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. LUIS GARCIA VILLACORTA Alcalde 31180 MUNICIP ALIDAD PROVINCIAL DE PADRE ABAD Inician proceso disciplinario a servi- dores de la municipalidad N. de E.: Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud del Alcalde de la Municipalidad Provincial de Padre Abad - Aguaytía, mediante Oficio Nº 323-2001- MPPA-A RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 029-2001-MPPA-A Aguaytía, 18 de junio del 2000VISTOS: El Informe Nº 001-2001-CPPAD-MPPA-A del 5 de junio del presente año, así como copia del acta de pro-nunciamiento de la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios, y demás actuados remi- tidos por la mencionada Comisión que se anexan en veintidós (22) folios; CONSIDERANDO:Que, en virtud del informe de Vistos y luego del análisis de los actuados remitidos consta que dos traba- jadores de esta comuna son sindicados de haber incurri-do en contravención de lo establecido en los incisos "a" y"c" del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276; eincisos "a", "d" y "k" del Artículo 28º del precitado Decre-to Legislativo, concordantes con lo establecido en el Artículo 127º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y Artículo 139º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Ac-tos que por su gravedad recomiendan instaurar procesoadministrativo disciplinario contra los trabajadoresDarwin Siguas Rivas y Arlam Paima Verde; Que, en aras de cumplir con el principio constitucio- nal del debido proceso y en aplicación de lo establecido en el y el Artículo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrati-va, dispone que el servidor público que incurra en faltade carácter administrativo, cuya gravedad pudiera sercausal de cese temporal o destitución serán sometidos a proceso administrativo disciplinario que no excederá de treinta días improrrogables; Que, concordante con lo antes expuesto y acorde al Artículo 152º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, eneste caso corresponde a la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios calificar la gra- vedad de la falta y acorde al Artículo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM procede a la Comisión Perma-nente de Procesos Administrativos Disciplinarios califi-car las denuncias que le sean derivadas; Estando a lo sugerido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y los actuados en que se sustentan y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Adminis- trativo Disciplinario por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución a los servido-res, señores Darwin Siguas Rivas y Arlam Paima Verde. Artículo Segundo.- AVÓQUESE la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios de laMunicipalidad Provincial de Padre Abad - Aguaytía, al conocimiento del proceso de los servidores a que se refiere el artículo precedente, el que no podrá exceder de treintadías hábiles improrrogables, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- OTORGAR cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de lapresente Resolución en el Diario Oficial El Peruano para que los servidores mencionados presenten sus descargos con arreglo a ley, y las pruebas que estimen convenientepara su defensa, pudiendo hacer uso de su derecho através de un informe oral, en forma personal o por mediode su apoderado para lo cual se señalará fecha y hora ensu oportunidad. Artículo Cuarto.- TRANSCRÍBASE a la Oficina de Administración, Oficina de Personal, Secretaría Gene-ral y Archivo. Artículo Quinto.- COMUNÍQUESE la presente Resolución a la Contraloría General de la República y ala Oficina de Auditoría Interna. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE a Secretaría Gene- ral la notificación y distribución de la presente resolu-ción a los interesados. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BENJAMIN CABALLERO L. Alcalde 31134