Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2001 (21/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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ANEXO B REQUISITOS PRINCIPALES
Nº GUIAS DE REMISION Y TIPOS DE COMPROBANTES DE PAGO 1. GUIAS DE REMISION Y COMPROBANTES DE PAGO, EXCEPTO TICKETS

NORMAS LEGALES
Nº GUIAS DE REMISION Y TIPOS DE COMPROBANTES DE PAGO

MORDAZA, viernes 21 de setiembre de 2001
REQUISITOS

REQUISITOS

2.

FACTURA (Arts. 8º y 19º del R.C.P.)

3.

BOLETA DE VENTA (Art. 8º del R.C.P.)

4.

GUIAS DE REMISION (Arts. 17º y 19º del R.C.P.)

Apellidos y nombres o de ser el caso, denomina cion o razon social del emisor. Numero de RUC del emisor. Denominacion del documento. Numeracion: serie y numero correlativo. Apellidos y nombres, o denominacion o razon social del adquirente. Datos relativos al bien vendido, de acuerdo a lo establecido en el R.C.P. Valor de la venta. Tratandose de venta de bienes no producidos en el MORDAZA efectuada MORDAZA de solicitado su despacho a consumo, se consignara el valor CIF, el valor de la transferencia y la diferencia entre el valor de la transferencia y el valor CIF. Monto discriminado de los tributos que gravan la operacion y otros cargos adicionales, en su caso. Importe total de la venta, expresado numerica y literalmente. Cada factura debe ser totalizada y cerrada independientemente. Fecha de emision. Direccion del punto de partida y del establecimiento que constituya el punto de llegada. En caso que el traslado se interrumpa, senalar -al momento en que se produzca el hecho que genere dicha imposibilidad- los nuevos puntos de partida y de llegada, asi como el motivo de la interrupcion. Asimismo, en el caso que el transportista se viese obligado a transbordar los bienes a otra unidad de transporte, se indicara en la misma factura, el motivo del transbordo y los datos del MORDAZA transportista. Datos de identificacion de la persona natural o juridica que realice el transporte. Las facturas utilizadas en operaciones de exportacion contendran los requisitos basicos de informacion impresa y no necesariamente impresa expresados en castellano. Llevar durante el traslado el original y la MORDAZA para la SUNAT de las guias de remision y de los comprobantes de pago a que se refiere el numeral 2 del Articulo 19º del R.C.P. Datos de identificacion del adquirente. Datos relativos al bien vendido, de acuerdo a lo establecido en el R.C.P. Importe total de la venta, expresado numerica y literalmente. Tratandose de venta de bienes no producidos en el MORDAZA efectuada MORDAZA de solicitado su despacho a consumo, se consignara el valor CIF, el valor de la transferencia y la diferencia entre el valor de la transferencia y el valor CIF. Cada boleta de venta debe ser totalizada y cerrada independientemente. Fecha de emision. Apellidos y nombres, o denominacion o razon social del remitente. Fecha de inicio del traslado. Motivo del traslado. Direccion del punto de partida y del establecimiento que constituya el punto de llegada. En caso que el traslado se interrumpa, senalar -al momento en que se produzca el hecho que genere dicha imposibilidad- los nuevos puntos de partida y de llegada, asi como el motivo de la interrupcion. Asimismo, en el caso que el transportista se viese obligado a transbordar los bienes a otra unidad de transporte, se indicara en la misma guia de remision, el motivo del transbordo y los datos del MORDAZA transportista. Datos de identificacion de la persona natural o juridica que realice el transporte Colocar respecto a cada tramo, la informacion senalada en los numerales 2.10, 2.11 y 2.12 del Articulo 17º del R.C.P.

5.

LIQUIDACION DE COMPRA (Arts. 8º y 19º del R.C.P.)

6.

CARTA DE PORTE AEREO (Art. 3º de la R.S. Nº 44-97/SUNAT)

7.

POLIZA DE ADJUDICACION (Art. 5º de la R.S. Nº 38-98/SUNAT 1 )

8.

TICKET (Art. 8º del R.C.P.)

Datos del bien transportado. Llevar durante el traslado el original y la MORDAZA para la SUNAT de las guias de remision y de los comprobantes de pago a que se refiere el numeral 2 del Articulo 19º del R.C.P. Producto comprado, indicando la cantidad y unidad de medida. Valor de la venta de los productos comprados. Monto discriminado del tributo que grava la operacion. Importe total de la compra, expresado numerica y literalmente. Cada liquidacion de compra debe ser totalizada y cerrada independientemente. Fecha de emision. Direccion del punto de partida y del establecimiento que constituya el punto de llegada. En caso que el traslado se interrumpa, senalar -al momento en que se produzca el hecho que genere dicha imposibilidad- los nuevos puntos de partida y de llegada, asi como el motivo de la interrupcion. Asimismo, en el caso que el transportista se viese obligado a transbordar los bienes a otra unidad de transporte, se indicara en la misma liquidacion de compra, el motivo del transbordo y los datos del MORDAZA transportista. Datos de identificacion de la persona natural o juridica que realice el transporte. Llevar durante el traslado el original y la MORDAZA para la SUNAT de las guias de remision y de los comprobantes de pago a que se refiere el numeral 2 del Articulo 19º del R.C.P. Apellidos y nombres, o denominacion o razon social del remitente. Lugar de origen y destino. Datos relativos al bien transportado, segun la MORDAZA correspondiente a este comprobante. Valor del servicio prestado sin incluir los tributos que afecten la operacion ni otros cargos adicionales; monto discriminado de los tributos que grava la operacion y otros cargos adicionales, en su caso, indicando el nombre del tributo y/o concepto y la tasa correspondiente; asi como importe total del servicio prestado, expresado numerica y literalmente. Cada carta de porte aereo debe ser totalizada y cerrada independientemente. Fecha de emision. Apellidos y nombres, o denominacion o razon social del adjudicatario. Datos relativos al bien adjudicado, segun la MORDAZA correspondiente a este comprobante. Monto de adjudicacion, sin incluir los tributos que afecten la operacion ni otros cargos adicionales; monto discriminado de los tributos que grava la operacion y otros cargos adicionales, en su caso, indicando el nombre del tributo y/o concepto y la tasa correspondiente; asi como monto total de la adjudicacion, expresado numerica y literalmente. Cada comprobante debe ser totalizado y cerrado independientemente. Fecha de emision. Apellidos y nombres o, de ser el caso, denominacion o razon social del emisor. Numero de RUC del emisor. Numeracion correlativa y autogenerada por la maquina registradora./ Numero de serie de fabricacion de la maquina registradora. Datos relativos al bien vendido, de acuerdo a lo establecido en el R.C.P. Importe de la venta. Fecha de emision. La maquina registradora debe registrar en la cinta testigo la informacion relativa a todas las operaciones realizadas. La cinta testigo, no debera ser detenida por ningun medio y/o concepto durante el funcionamiento de la maquina registradora.

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Modificado por la R.S. Nº 30-99/SUNAT.

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