Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2001 (24/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 24 de setiembre de 2001
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 428-2001-MTC/15.19.03.2 y 582-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por don MORDAZA ALVINO MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a don MORDAZA ALVINO MORDAZA MORDAZA autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chota, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : : : : : : BC-FM 99.5 MHz. OAT-2R 0.3 Kw. 256F8E H24

pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- Don MORDAZA ALVINO MORDAZA MORDAZA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 31405

Aprueban transferencia de concesiones para la prestacion de servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica a favor de Nextel del Peru S.A.
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 758-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 11 de setiembre de 2001 Vista, la solicitud formulada por las empresas SMR DIRECT PERU S.R.L. y NEXTEL DEL PERU S.A., para la aprobacion de la transferencia de las concesiones para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 318-95-MTC/ 15.17 de fecha 25 de MORDAZA de 1995, se otorgo concesion a favor de la empresa MOBIL LINE PERU S.A., para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Escritura Publica de fecha 20 de diciembre de 1996, la empresa MOBIL LINE PERU S.A. cambio su denominacion social y acordo su transformacion social a SMR DIRECT PERU S.R.L., la que se encuentra inscrita en los Registros Publicos; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 0172000-MTC/15.03 de fecha 12 de enero de 2000, modificada por Resolucion Viceministerial Nº 102-2000-MTC/15.03, se aprueba la transferencia de las concesiones para la prestacion del servicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) en el area que comprende la provincia de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao otorgadas a las empresas C-COMUNICA S.R.L., TELECOM SUPPLY S.R.LTDA. POMPANO S.R.L. TRANSNET DEL PERU S.R.L. y PERU TEL S.A., por Resoluciones Ministeriales Nºs. 131-95-MTC/15.04, 41895-MTC/15.17, 447-95-MTC/15.17, 043-96-MTC/15.17 y 069-96-MTC/15.17, respectivamente, a favor de la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L. Asimismo, mediante Resolucion Viceministerial Nº 239-2000-MTC/15.03 de fecha 12 de MORDAZA de 2000, se reconoce a la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L. como titular de las citadas concesiones; Que, las empresas SMR DIRECT PERU S.R.L. y NEXTEL DEL PERU S.A. solicitan la transferencia a favor de esta MORDAZA empresa de las concesiones del servicio troncalizado de las que es titular la empresa SMR DIRECT PERU S.R.L., como consecuencia de la fusion por absorcion entre MORDAZA empresas; Que, el Articulo 120º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativos a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobacion previa del Ministerio por Resolucion Viceministerial; y que en los casos de fusion o escision de sociedades, la empresa titular del derecho solicitara la transferencia de la concesion o autorizacion, evaluandose de acuerdo a la normativa vigente;

: Jr. Mariscal MORDAZA Nº 412, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca. Coordenadas: L.O. 78° 38' 55" L.S. 06° 33' 32"

El plazo de la autorizacion y el permiso concedidos se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las

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