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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (26/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 210445 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de setiembre de 2001 Administrativas del Concurso de Proyectos Integrales Nº 01- 2001-MDL, aprobado mediante Resolución de Alcaldía Nº 307, del 5 de junio del 2001 es por SIETE (7) años, contados a partir de la firma del respectivo contrato de Concesión. Artículo Tercero.- DISPONER, que la participación de la Municipalidad Distrital de Lince será el monto ofertado de la propuesta económica presentada por la empresa MASTER QUALITY SERVICES S.A.C.; ascen- dente a la suma de S/. 45,000.00 nuevos soles. Artículo Cuarto.- PUBLICAR en el Diario Oficial El Peruano, la presente Resolución de acuerdo a lo estable- cido en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 098-96-MLM, del 30 de septiembre de 1996, de la Municipalidad Metro- politana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA CONSUELO SIPIÓN ZAPATA Directora Desarrollo Urbano Presidente CARLOS ARANDA RODRÍGUEZ Jefe Unidad Recaudación y Control Miembro TATIANA PIÉROLA ROBLES Directora de Rentas Miembro 31613 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Declaran infundada apelación contra resolución que dispuso la clausura de establecimiento por carecer de licen- cia de funcionamiento RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 116-2001-ALC/MSI San Isidro, 28 de junio del 2001 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO Vistos, el Expediente número 139381, así como el Recur- so de Apelación interpuesto por el Sr. SHEN LIZHOU contra la Resolución Directoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI; CONSIDERANDO: Que, con fecha 11 de diciembre del 2000, el Sr. SHEN LIZHOU interpone Recurso de Apelación contra la Reso- lución Directoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI, la misma que dispuso la clausura del establecimiento ubicado en la calle Las Flores Nºs. 386-388, argumentando que se le debe otorgar Compatibilidad de Uso por cuanto la causante de los problemas de congestión en la calle Las Flores es la RENIEC, y que corresponde a la Municipalidad y a la Policía Nacional controlar el tránsito vehicular y las zonas de parqueo por lo que no se le puede responsabilizar por tales hechos. En consecuencia, manifiesta que la tercera cuadra de la calle Las Flores tiene fijada la zonificación A.E.U. IV (Servicios Generales), y los giros para los cuales se solicita autorización sí son procedentes. Por otro lado, el recurrente manifiesta que la apelada arbitrariamente ordena la clausura de su establecimiento pasando por alto a la RENIEC y finalmente, comete un error al referirse al Sr. JHON SAN cuando el recurrente es el único titular; Que, de la revisión de expediente se ha detectado que con fecha 4 de agosto del 2000, se notificó Sr. JHON SAN por haberse detectado que el citado establecimiento que conduce, ubicado en la calle Las Flores Nº 386, carecía de Licencia de Funcionamiento, verificación que se repitió dando lugar a las Notificaciones 9693 del 31.8.2000 y 7658 del 27.11.2000, determinándose además que el propieta- rio del establecimiento es el Sr. SHEN LIZHOU; Que, mediante Resolución Directoral Nº 3346-00-DDU/MSI de fecha 30 de octubre del 2000 se resolvió declarar fundada en parte la queja de los Sres. FELIPE RISSO AUBRY y ANA MARIA RISSO AUBRY y elevar lo actuado a la Dirección Municipal para que disponga la clausura del establecimiento ubicado en la calle Las Flores Nºs. 386-388 en el cual se desarrollan actividades sin contar con Licencia de Funciona- miento. Posteriormente, la Dirección Municipal emitió la Reso-lución Directoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI de fecha 17-11- 2000 ordenando la clausura del citado establecimiento; Que, con fecha 11 de diciembre del 2000, el Sr. SHEN LIZHOU apeló las citadas Resoluciones Directorales Nº 3346-00-DDU/MSI y Nº 1211-2000-09-DM/MSI, solici- tando que se acumulen ambos recursos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 258-2001-09- DM/MSI, se resolvió denegar la solicitud de acumulación de recursos presentada por el Sr. SHEN LIZHOU. Asimis- mo, se declaró inadmisible por extemporáneo el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. SHEN LIZHOU contra la Resolución Directoral Nº 3346-00-DDU/MSI y se dispuso elevar lo actuado al despacho del Sr. Alcalde a fin que conozca del Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 7º de la Ordenanza Nº 006-99-MSI, los estable- cimientos que ofrezcan servicios deben obtener Licencia de Funcionamiento antes de iniciar sus actividades; Que, mediante Informe Nº 599-00-35-DSC/MSI, se da cuenta de haber verificado la realización de actividades en el inmueble ubicado en la calle Las Flores Nº 388 sin Licencia de Funcionamiento, dejando constancia mediante la Notificación Nº 07031; Que, de acuerdo a la Solicitud Para Compatibilidad de Usos de fecha 14 de agosto del 2000 (fojas 15), presentada por el recurrente para realizar actividades de fotografía en el inmueble ubicado en la calle Las Flores Nº 386, se informó que las actividades indicadas son no conformes y no compatibles para el citado inmueble, el cual se ubica en una vía con zonificación R 5, AEU III y con inscripción catastral de vivienda unifamiliar, opinión que se reiteró mediante el informe de la Solicitud Para Compatibilidad de Usos de fecha 13 de setiembre del 2000; Que, habiéndose verificado la realización de actividades sin licencia y en un lugar en el cual no procede autorizar la realización de tales actividades, de acuerdo al Artículo 11º de la Ordenanza Nº 02-98-MSI, procede la clausura del establecimiento materia del presente procedimiento; Que, en relación a la mención del Sr. JHON SAN en la Resolución D irectoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI apelada, ésta corresponde a la información obtenida en una visita de verifi- cación realizada por personal de Policía Municipal al estable- cimiento materia del presente procedimiento, quienes fueron informados por el encargado del establecimiento, Sr. Juan Toledo López, que el citado personaje era el propietario; Estando al Informe Nº 249-2001-11-OAJ/MSI de la Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. SHEN LIZHOU contra la Resolución Directoral Nº 1211-2000-09-DM/MSI. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 31552 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Establecen escala mínima para fijar renta mensual de arrendamiento de predios de dominio municipal por ins- talación de estaciones base de comu- nicación celular (Se publica el presente Decreto de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad de Santa María del Mar, mediante Oficio Nº 192-2001-MSMM/DM) DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2000-MDSMM Santa María del Mar, 1 de junio del 2000