Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2001 (26/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2001

cargos municipales, las resoluciones del MORDAZA Nacional de Elecciones son inapelables e inimpugnables; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de nulidad de la Resolucion N° 600-2001-JNE del 16 de agosto de 2001 planteada por don Mabilon MORDAZA MORDAZA Palacios; debiendo estarse a lo dispuesto por ella. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31631

Declaran improcedente impugnacion contra acuerdos del Concejo Distrital de Las MORDAZA que deniegan solicitudes de vacancia en los cargos de MORDAZA y regidores
RESOLUCION Nº 683-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 993-2001 recibido el 27 de agosto del 2001, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Las MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mediante el cual remite los acuerdos de sesion de Concejo que declaran improcedentes los pedidos de vacancia de su cargo de MORDAZA y de los cargos de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Balcazar, MORDAZA MORDAZA Pintado MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Olaya; El recurso de revision interpuesto el 5 de setiembre del 2001, por don MORDAZA Silupu MORDAZA, contra los cinco acuerdos tomados en la sesion de Concejo extraordinaria Nº 0020 que declaran improcedentes las solicitudes de vacancia de los cargos de Regidor y Alcalde; CONSIDERANDO: Que en sesion de Concejo extraordinaria Nº 0020 de fecha 8 de agosto del ano 2001, el Concejo Distrital de Las MORDAZA acordo declarar improcedentes las solicitudes de vacancia de los cargos de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balcazar, MORDAZA MORDAZA Pintado MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Llona y del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun consta del acta que en MORDAZA autenticada obra de fojas 23 a 36; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor es declarada por el correspondiente Concejo Municipal, el acuerdo de Concejo que declara la vacancia es susceptible de revision a solicitud de parte ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; por tanto, no existiendo acuerdo declaratorio de vacancia de los cargos de Regidor y MORDAZA, este organo electoral no esta facultado para emitir pronunciamiento, al no haberse cumplido dicha premisa legal; Que de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, este organo electoral resuelve con arreglo a ley y a los principios generales del derecho; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA Silupu MORDAZA, contra los acuerdos tomados en la sesion extraordinaria de Concejo Nº 0020 del 8 de agosto del 2001, tomados por el Concejo Distrital de Las MORDAZA, provincia y departamento de Piura. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General MORDAZA EN DISCORDIA DEL SENOR DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTO: Mi MORDAZA es por que el Pleno conozca el fondo del MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 139º inciso 6) de la Constitucion Politica y Articulo 5º de la Ley Nº 26486 - Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31635

Declaran improcedente impugnacion contra la Res. N° 629-2001-JNE, sobre designacion de reemplazo por vacancia en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Inkawasi
RESOLUCION N° 680-2001-JNE Expediente N° 623-2001 MORDAZA, 25 de setiembre de 2001. Visto, el recurso de revision presentado el 11 de septiembre de 2001 por don MORDAZA MORDAZA Vilcabana contra la Resolucion N° 629-2001-JNE del 27 de agosto de 2001, mediante la cual el MORDAZA Nacional de Elecciones declaro fundada la solicitud del MORDAZA del Concejo Distrital de Inkawasi, de la provincia de Ferrenafe, departamento de MORDAZA, sobre designacion de reemplazo por vacancia del cargo de Regidor que en dicho concejo desempenaba el recurrente, quien manifiesta que los argumentos de su vacancia serian falsos y maliciosos, refiriendo que el mismo dia que el Concejo acordo tal medida, el habria denunciado al MORDAZA por abuso de autoridad por no permitirsele el ingreso a la Municipalidad; solicita se conceda a su abogado el uso de la palabra; CONSIDERANDO: Que estando a lo dispuesto por el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru, el que esta concordado con el Articulo 23º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486, que establece que las resoluciones de este organismo electoral son dictadas en instancia final, definitiva y no son revisables, no procediendo contra ellas recurso alguno; y, a lo senalado por el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que precisa que en materia de vacancia de cargos municipales, las resoluciones del MORDAZA Nacional deElecciones son inapelables e inimpugnables; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Vilcabana contra la Resolucion N° 629-2001-JNE de fecha 27 de agosto de 2001, debiendo estarse a lo dispuesto por ella. Articulo Segundo.- Declarar improcedente el pedido de uso de la palabra formulado por el mismo recurrente, por tratarse de una causa resuelta. Registrese, comuniquese y publiquese SS.SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31632

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