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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (26/09/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 210433 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de setiembre de 2001 2. De Andahuaylas a: Distrito Distancia Tiempo Ruta Km. Horas 1. Huanipaca 115 6 - 7 Andahuaylas – Abancay – Huanipaca 2. Soraya 130 4 - 5 Andahuaylas Soraya 3. Chapimarca 120 4 – 5 Andahuaylas – Chapimarca 4. Ranracancha 50 1 – 2 Andahuaylas – Ranracancha 5. Huancaray 60   2 – 3 Andahuaylas – Huancaray 6. Pampachiri 90 2 – 3 Andahuaylas – Pampachiri 7. Pomacocha 170   3 – 4 Andahuaylas – Pomacocha 8. Pachaconas 160   5 - 6 Andahuaylas - Pachaconas Que las circunscripciones electorales pueden ser modi- ficadas a fin de agilizar las labores propias del proceso electoral, de conformidad con lo establecido en el Artículo 32° de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones N° 26486; Que los Jurados Electorales Especiales y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales se ubican en las sedes de las circunscripciones electorales que determine el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo previsto en el Artículo 32º de la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones Nº 26486 y en el Artículo 24º de la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electora- les Nº 26487; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Ubicar la sede de la circunscrip- ción electoral de Apurímac que comprende los distritos de Huanipaca, Soraya, Chapimarca, Ranracancha, Huanca- ray, Pampachiri, Pomacocha y Pachaconas, en la ciudad de Andahuaylas. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la constitución del Jurado Electoral Especial de Abancay dispuesta por Resolución Nº 653-2001-JNE; y, en su lugar, constituir el Jurado Electoral Especial de Andahuaylas que está inte- grado de la siguiente manera: JURADO PRESIDENTE MIEMBROS TITULARES Andahuaylas Florencio Díaz Bedregal Carmen Leiva Moreno Yanet Delgado Gómez Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identi- ficación y Estado Civil, la presente resolución para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA. SOTO VALLENAS. VELA MARQUILLÓ. DE VALDIVIA CANO. BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 31621 RESOLUCIÓN Nº 670-2001-JNE Lima, 25 de setiembre de 2001. CONSIDERANDO: Que se ha convocado a consulta popular de revocatoria del mandato de diversas autoridades municipales de la República para el día domingo 25 de noviembre del año 2001; Que los Jurados Electorales Especiales son órganos electorales de carácter temporal, constituidos para un proceso electoral específico cuya constitución, administra- ción y control compete al Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 44° de la Ley Orgánica de Elecciones N° 26859; Que mediante Resolución N° 653-2001-JNE de fecha 6 de setiembre del año 2001, se designó a los Presidentes y Miembros Titulares de los 22 Jurados Electorales Espe- ciales para el proceso de consulta popular de revocatoria sobre la base de los Jurados Electorales Especiales insta- lados con motivo de las elecciones generales del 8 de abril del presente año;Que del informe elaborado por la Gerencia Administra- tiva del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 19 de setiembre del año 2001, se tiene que están pendientes de absolver observaciones en la rendición de gastos efectua- dos en el proceso de elecciones generales del año 2001, los Jurados Electorales Especiales de Cusco, Puno y Ucayali; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones y en aplicación del Artículo 46º de la Ley Orgáni- ca de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación de los Presidentes y Miembros Titulares de los Jurados Electorales Especiales de Cusco, Puno y Pucallpa dispues- ta por Resolución Nº 653-2001-JNE. Artículo Segundo.- Los Jurados Electorales Espe- ciales de Cusco, Puno y Pucallpa responsables de la conducción de la consulta popular de revocatoria convoca- da para el día domingo 25 de noviembre del año 2001 están integrados de la siguiente manera: JURADO PRESIDENTE MIEMBROS TITULARES 1.Cusco Víctor Ladrón de Guevara de la Cruz Naty Mamani Huanca Rosa Eliana Medina Aparicio 2.Puno David Eduardo Carreón Figueroa Dante Santos Vilca Cruz Rolando Randy Flores Ramírez 3.Pucallpa José Carmen Hermoza Astete Luz Marina Tello Blanco Giner Castro Tutusima Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Puno y Ucayali el contenido de la presente Resolución para los fines consi- guientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 31622 RESOLUCIÓN Nº 684-2001-JNE Lima, 25 de setiembre de 2001. CONSIDERANDO: Que se ha convocado a consulta popular de revocatoria del mandato de diversas autoridades municipales de la República para el día domingo 25 de noviembre del año 2001; Que mediante Resolución N° 566-2001-JNE de fecha 9 de agosto del año 2001, el Jurado Nacional de Elecciones definió 22 circunscripciones electorales y sus respectivas sedes para la instalación de Jurados Electorales Especia- les y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que mediante Resolución N° 653-2001-JNE de fecha 6 de setiembre del año 2001, se designó a los Presidentes y Miembros Titulares de los 22 Jurados Electorales Espe- ciales para el proceso de consulta popular de revocatoria sobre la base de los Jurados Electorales Especiales insta- lados con motivo de las elecciones generales del 8 de abril del presente año; y, Que se ha realizado modificaciones a las circunscrip- ciones electorales definidas, así como a los Jurados Elec- torales Especiales establecidos; resulta necesario señalar en forma definitiva la ubicación y jurisdicción de los mismos tal como está establecido en los Anexos A y B que forman parte de la presente resolución; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Los Jurados Electorales Especia- les responsables de la conducción de la consulta popular de revocatoria convocada para el domingo 25 de noviembre del año 2001 entran en funcionamiento el primero de octubre y culminan sus labores el treinta de noviembre del año 2001 con la entrega de los informes finales y rendición de cuentas correspondientes.