Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2001 (26/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2001

que ejerce el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el referido concejo. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, continua ejerciendo el cargo de MORDAZA en el Concejo Provincial de Huaral. Registrese, comuniquese y publiquese S.S. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON- MORDAZA MORDAZA, Secretario General. MORDAZA EN DISCORDIA DEL SENOR DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTOS Y CONSIDERANDO: Mi MORDAZA es por que el Pleno conozca el fondo del MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 139º inciso 6) de la Constitucion Politica y Articulo 5º inciso u) de la Ley Nº 26486 - Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. SS: DE MORDAZA MORDAZA, BALLON- MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 31623

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distrital de Tupe y Provincial de Pataz
RESOLUCION Nº 673-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 Exp. Nº 1057-2001 TUPE VISTA: La solicitud presentada el 18 de septiembre del 2001, por el senor MORDAZA Iturrizaga MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Tupe, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, informando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA Velisario MORDAZA MORDAZA, y solicitando se convoque al llamado por ley; y, CONSIDERANDO: Que se advierte en la MORDAZA del acta de sesion de concejo de fecha 10 de marzo del 2001 que el Concejo Distrital de Tupe, al MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, ha declarado la vacancia del cargo de Regidor que ejercia en el mencionado concejo, el senor MORDAZA Velisario MORDAZA MORDAZA, por fallecimiento; Que con el certificado de defuncion de fojas 3, expedido por la Municipalidad Distrital de Tupe, se ha acreditado que el senor MORDAZA Velisario MORDAZA MORDAZA, ha fallecido el dia 19 de noviembre del 2000; Que de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 61º del Codigo Civil, la muerte pone fin a la persona humana; Que segun lo establece el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en caso de vacancia de un Regidor, lo reemplaza el suplente respectivo; y revisada la lista de candidatos postulados en el Concejo Distrital de Tupe, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Yauyos corresponde asumir el cargo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente "Vamos Vecino"; por lo que: El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Tupe, en reemplazo del senor MORDAZA Velisario MORDAZA MORDAZA, vacado por fallecimiento. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial correspondiente al Regidor convocado, quien debera jurar y asumir el cargo, para ejercerlo en el periodo municipal 1999 a 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31625 RESOLUCION Nº 677-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 754-2001, iniciado con el Oficio Nº 168-MPP.T, remitido por MORDAZA Bogarin MORDAZA, MORDAZA del Concejo Provincial de Pataz, departamento de La MORDAZA, comunicando el fallecimiento de MORDAZA Cachay MORDAZA, quien desempenaba el cargo de Regidor en el citado concejo, a fin que se nombre a su reemplazante conforme a ley;

Declaran improcedente recurso atipico de nulidad contra la Res. Nº 6092001-JNE, sobre denegatoria de solicitud de reincorporacion de MORDAZA y regidor del Concejo Distrital de MORDAZA
RESOLUCION Nº 672-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 Visto el recurso atipico de nulidad interpuesto por MORDAZA MORDAZA Aujapuclla MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sullcaray contra la Resolucion Nº 609-2001-JNE; CONSIDERANDO: 1º. Que este supremo organo electoral por Resolucion Nº 609-2001-JNE del 21 de agosto de 2001, resolvio por mayoria declarar infundada la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA Aujapuclla MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sullcaray de reincorporacion para reasumir sus funciones en el cargo de MORDAZA y Regidor, respectivamente, del Concejo Distrital de Anco; continuando suspendidos en dichos cargos; 2º. Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 181º de la Constitucion Politica, las resoluciones que dicta el MORDAZA Nacional de Elecciones en materia electoral son irrevisables y no procede contra las mismas recurso alguno; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso atipico de nulidad interpuesto por MORDAZA MORDAZA Aujapuclla MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Sullcaray contra la Resolucion Nº 609-2001-JNE; debiendo estar los recurrentes a lo resuelto por la acotada Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 31624

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