Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2001 (27/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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habria incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 7) del Articulo 23º de la Ley Nº 23853; Que conforme lo dispone el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con el Articulo 27º de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de miembros, el Acuerdo de Concejo que declara la vacancia es susceptible de revision a solicitud de parte ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que al proceder el recurso de revision unicamente cuando el Concejo Municipal ha acordado declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor, este supremo organo electoral no esta facultado para resolver el recurso interpuesto; y, procede a declarar la vacancia de los cargos ediles cuando el Concejo no pueda reunirse por falta de quorum, en virtud de lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Nº 23853 en concordancia con el literal u) del Articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486 y, cuando existe condena por delito doloso contra una autoridad edil; por lo que, resolviendo con arreglo a ley y a los principios generales del derecho, conforme lo dispone el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de concejo tomado en la sesion ordinaria del 16 de MORDAZA del 2001, en la parte que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo de Alcaldesa de MORDAZA Beti MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Concejo Provincial de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General MORDAZA EN DISCORDIA DEL SENOR DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTO: Mi MORDAZA es por que el Pleno conozca el fondo del MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 139º inciso 6) de la Constitucion Politica y Articulo 5º de la Ley Nº 26486 - Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 31634

declarar improcedente el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Hemer MORDAZA MORDAZA, como consta del acta que en MORDAZA certificada por el Juez de Paz obra de fojas 68 a 74; Que el argumento del pedido de vacancia es que don Hemer MORDAZA MORDAZA habria demostrado interes en la contratacion de su hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene como Jefa del Registro Civil; por lo que habria incurrido en la causal de vacancia prevista en el numeral 3) del Articulo 26º concordante con el numeral 7) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que conforme lo dispone el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con el Articulo 27º de la citada ley, corresponde al Concejo Municipal declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de miembros, el Acuerdo de Concejo que declara la vacancia es susceptible de revision a solicitud de parte ante el MORDAZA Nacional de Elecciones; Que al proceder el recurso de revision unicamente cuando el Concejo Municipal ha acordado declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o Regidor, este supremo organo electoral no esta facultado para resolver el recurso interpuesto; y, procede a declarar la vacancia de los cargos ediles cuando el Concejo no pueda reunirse por falta de quorum, en virtud de lo dispuesto en el Articulo 42º de la Ley Nº 23853 en concordancia con el literal u) del Articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486 y, cuando existe condena por delito doloso contra una autoridad edil; por lo que, resolviendo con arreglo a ley y a los principios generales del derecho, conforme lo dispone el Articulo 181º de la Constitucion Politica del Peru; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE POR MAYORIA: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de revision interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el acuerdo de concejo tomado en la sesion ordinaria del 16 de MORDAZA del 2001, en la parte que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Hemer MORDAZA MORDAZA del Concejo Provincial de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General MORDAZA EN DISCORDIA DEL SENOR DE MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES VISTO: Mi MORDAZA es por que el Pleno conozca el fondo del MORDAZA, con arreglo a lo dispuesto en el Articulo 139º inciso 6) de la Constitucion Politica y Articulo 5º de la Ley Nº 26486, Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. SS. DE MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 31717

Declaran improcedente impugnacion contra acuerdo del Concejo Provincial de Puerto MORDAZA sobre solicitud de vacancia del cargo de regidor
RESOLUCION Nº 685-2001-JNE MORDAZA, 25 de setiembre de 2001 Visto, el Expediente Nº 575-2001 recibido el 25 de MORDAZA del 2001, el ciudadano don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de revision contra el Acuerdo de Concejo que declara improcedente el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don Hemer MORDAZA MORDAZA del Concejo Provincial de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco; solicita se declare la vacancia del cargo del citado Regidor; y, demas escritos presentados; CONSIDERANDO: Que, en sesion ordinaria Nº 007-2001 de fecha 16 de MORDAZA del 2001, el Concejo Provincial de Puerto MORDAZA que esta constituido por un MORDAZA y siete Regidores, acordo

MINISTERIO PUBLICO
Autorizan participacion de magistrados en el MORDAZA "La Nueva Ley de Procedimientos Administrativos", a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 968-2001-MP-FN MORDAZA, 25 de setiembre de 2001

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