Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2001 (30/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 30 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES
DECRETA:

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Que, la Ley de Fiscalizacion de las Actividades Mineras, Ley Nº 27474, de fecha 5 de junio de 2001, establece que el Ministerio de Energia y Minas es el organismo del Estado competente para fiscalizar las actividades mineras a traves de sus organos de linea o mediante encargo, a traves de fiscalizadores externos; Que, por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM, de fecha 6 de setiembre de 2001, se aprobo el Reglamento de Fiscalizacion de las Actividades Mineras, por el cual se regula el Registro de Fiscalizadores Externos; Que, de acuerdo con lo senalado en el Considerando que antecede, es necesario incluir el procedimiento correspondiente en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EM; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y en el inciso a) del Articulo 36º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM;
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS

Articulo 1º.- Incluir en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EM y actualizado mediante Decreto Supremo Nº 033-2001EM, el procedimiento de Registro de Fiscalizadores Externos asi como su actualizacion, segun el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DIRECCION GENERAL DE MINERIA
CALIFICACION ITEM DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO COSTO DE PAGO (%) UIT TRAMITE 15.00 AUTOMATICO --EVALUACION POSITIVO --OFICINA NO RESPONSABLE REGULADO DE LA NEGATIVO EVALUACION --60 DIAS CALENDARIO D.F.M. AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE D.G.M.

FM01 REGISTRO DE FISCALIZADO- PERSONA JURIDICA RES EXTERNOS a) Solicitud. b) Comprobante de Pago. c) Denominacion o razon social completa Base Legal: Ley Nº 27474 de la empresa solicitante y el nombre completo de su representante legal, consignando los datos de inscripcion en los Registros Publicos. D.S. Nº 049-2001-EM d) Nombre del profesional que se encargara de las coordinaciones tecnicas con la Direccion General de Mineria. e) Registro Unico de Contribuyente. f) Domicilio de la empresa. g) Numero de telefono, fax y direccion de correo electronico. h) Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion Social y si fuera el caso, la MORDAZA modificacion estatutaria, inscritos en la Oficina de Registros Publicos. En el objeto social debera indicarse, entre otros, que la empresa se dedica a actividades de Fiscalizacion Minera. i) Poder del representante legal, debidamente inscrito en la Oficina Nacional de Registros Publicos. j) Documento firmado por el representante legal, indicando la nomina del directorio y de los profesionales, documento de identidad, domicilio y otros datos personales que estimen convenientes. k) Acreditar la experiencia en la actividad fiscalizadora como empresa, si la hubiere. l) Para el tema de seguridad e higiene minera, los profesionales de la nomina deben acreditar experiencia comprobada no menor de cinco (5) anos en operaciones mineras y adicionalmente tres (3) anos en el area de seguridad, adjuntando el correspondiente curriculum vitae. m) Para el tema de proteccion y conservacion del ambiente, los profesionales deben acreditar una experiencia comprobada no menor de cinco (5) anos en materia ambiental relacionada con la actividad minera adjuntando el correspondiente curriculum vitae. n) Para la fiscalizacion de las obligaciones consignadas en el inciso 3) del Articulo 2º de la Ley Nº 27474, los profesionales deben acreditar como minimo cinco (5) anos de experiencia en el area en el que desea ser clasificado, adjuntando el respectivo curriculum vitae. o) Acreditar capacitacion minima adicional equivalente a un semestre academico en el tema al que postula. p) Los profesionales presentaran el documento que acredite su incorporacion y habilitacion por el colegio profesional

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