NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (30/09/2001)
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Pág. 210601 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de setiembre de 2001 Que, el predio rústico denominado "Napa", ubicado en el distrito de Tate, provincia y departamento de Ica, con Unidad Catastral Nº 11221, con un área de 300,00 m2, dentro del que se encuentra ubicado el pozo Nº I-D-159, se encuentra inscrito en la Ficha Nº 7765 trasladada a la Ficha Nº 000648-010113 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica a favor de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural y registrado en el Asiento Nº 309 del Margesí Nacional de Bienes Inmue- bles correspondiente al departamento de Ica; Que, mediante Informe Nº 200-99/SBN-DAT de fe- cha 27 de mayo de 1999, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuen- ta de la inspección ocular realizada en el terreno sub- materia, indicando que se encuentra ocupado por un pozo subterráneo actualmente inoperativo, observán- dose que la superficie del terreno se encuentra cubier- ta por vegetación y parte de sembríos agrícolas; Que, conforme a lo estipulado por el Artículo 88º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC - Reglamento de Admi- nistración de la Propiedad Fiscal, las transferencias patrimoniales intersectoriales y/o las que se realizan del Gobierno Central a los organismos públicos descentralizados y/o viceversa, se sustentarán con la intervención de la Dirección General de Bienes Nacio- nales, hoy Superintendencia de Bienes Nacionales y se aprobarán por Resolución de la Superintendencia de Bienes Nacionales, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Transferir en propiedad a favor de la Municipalidad Distrital de Tate el predio rústico deno- minado "Napa", ubicado en el distrito de Tate, provincia y departamento de Ica, con Unidad Catastral Nº 11221 con un área de 300,00 m2, dentro del que se encuentra ubicado el pozo Nº I-D-159, inscrito en la Ficha Nº 7765 trasladada a la Ficha Nº 000648-010113 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica, de propiedad de la Direc- ción General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la transferencia indicada en el artículo precedente, en el Registro de la Propiedad Inmueble de Ica. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 31801 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban proyectos de habilitación urbana con construcción simultánea e inscripción provisional de lotes de terreno ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN Nº 339-2001-MML-DMDU Lima, 18 de julio de 2001EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTOS, el Expediente Nº 707528-97 y otros, segui- dos por la INMOBILIARIA CARVINI S.A., por los que solicitan la aprobación de los Proyectos Definitivos de Habilitación Urbana con Construcción Simultánea e Inscripción Provisional Individualizada de Lotes, para la urbanización denominada "Los Angeles" del terreno de 29,100.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", constituido por parte del Segundo Sector de la Unidad "D" de la urbanización "Las Flores", ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano Nº 056-2001-MML-DMDU-DHU los Pro- yectos de Trazado y Lotización, Pavimentación de Cal- zadas y Aceras correspondiente a la Habilitación Ur- bana en vías de regularización para Uso Residencial de Densidad Media "R4" del terreno mencionado en el exordio de la presente Resolución. Artículo Segun- do.- AUTORIZAR a la recurrente para ejecutar en el plazo de 18 meses las obras cuyos proyectos se aprue- ban, respetándose el siguiente Cuadro de Areas: AREA BRUTA TOTAL : 29,100.00 m2. AREA UTIL TO- TAL: 19,772.36 m2. AREA UTIL DE VIVIENDA: 17,619.61 m2. AREA UTIL DE COMERCIO LOCAL "C1": 1,320.00 m2 (Lotes del Nº 05 al Nº 12 de la Mza. A). AREA APORTE MINISTERIO DE EDUCACIÓN: 582.00 m2 (lote 28, Mza. B). AREA DE COMPENSA- CIÓN: 250.75 m2. AREA APORTE RECREACIÓN PUBLICA: 3,202.00 m2. AREA DE VIAS: 6,125.64 m2. Las características de las obras de pavimentación son: Subrasante : Efectuar evaluación de la superficie eliminando restos orgánicos, mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riesgos sucesivos hasta alcanzar mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi- ficado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20; las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base: Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m. de espesor que contenga proporciones adecua- das de material grueso con diámetro máximo de 1 ½", finos ligantes en proporciones adecuadas, deberá al- canzarse un mínimo de 98% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. de 80, cuidándose de mantener el nivel de las tapas de buzo- nes para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura: Constituida por una losa de concreto de 6" de espesor de calidad 210 Kg./cm2. Aceras: De Concreto de calidad de fc = 140 kg./ cm2, de 0.15 de espesor sobre terraplén debidamente compactado, el desnivel con relación a la calzada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla cemento - arena fina, en proporción 1:2 de 1 cm. de espesor. Sardineles: Sardinel de concreto de 0.15 x 0.30 m. homogéneo a las aceras. Rampas peatonales: Se construirán rampas peatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas de acuerdo con la Adecuación Urbanística para Limitados Físicos aprobados por R.M. Nº 069-2001-MTC/15.04 del 7 de febrero del 2001. Obras Sanitarias: Serán ejecutadas de conformidad con los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad: Debe- rán comunicar el inicio y término de las obras cuyos proyectos serán aprobados por EDELNOR. Instalacio- nes Telefónicas: Coordinar con la Gerencia de Proyec- tos de Plantas Externas de dicha compañía. Artículo Tercero.- AUTORIZAR la inscripción provisional individualizada de lotes que la constituyen del área total del terreno de 29,100.00 m2, que corresponden al área útil de 19,521.61 m2. Artículo Cuarto.- DISPO- NER que los interesados deberán inscribir ante la ORLC las áreas de los aportes reglamentarios corres-