Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2001 (30/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de setiembre de 2001 ORDENANZA:

pondiente a Recreacion Publica de 3,202.00 m2 y para el Ministerio de Educacion de 582.00 m2. Articulo Quinto.- CONSIDERAR con Construccion Simultanea el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA aludido. Articulo Sexto.- DISPONER que los interesados deben recurrir a la Municipalidad Distrital pertinente, para la aprobacion de los proyectos de edificacion y otorgamiento de Licencias de Construccion correspondientes y las edificaciones que se construyan no podran ser habitadas sin contar con los Certificados de Conformidad respectivos. Articulo Setimo.- DISPONER que el propietario no este autorizado para vender o celebrar contratos de venta garantizada de los lotes de vivienda que conforman la Habilitacion. Articulo Octavo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados. Articulo Noveno.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion, al Servicio de Administracion Tributaria, y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese y cumplase. Firmado Ing. MORDAZA MORDAZA Constantini, Director Municipal de Desarrollo Urbano. MORDAZA MORDAZA CONSTANTINI Director Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 31767

Articulo 1º.- Apruebese el beneficio de Regularizacion de las deudas tributarias y administrativas en el distrito de Chorrillos (BERDTA). Articulo 2º.- Apliquese el presente beneficio a los intereses y moras de las deudas tributarias y deudas administrativas que se encuentran en cobranza por la Administracion Tributaria incluidas las que se encuentran en cobranza coactiva. Articulo 3º .- La presente Ordenanza esta reglamentada por el Anexo (a) que se adjunta y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 4º .- Encargar a la Oficina de Rentas, a la Unidad de Informatica, y a la Oficina de Ejecutoria Coactiva el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA ANEXO (A) Reglamentacion de la Ordenanza Nº 028-2001-MDCH BENEFICIO DE REGULARIZACION TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO DE CHORRILLOS OBJETIVO Establecer normas y procedimiento para que los contribuyentes y administrados puedan regularizar sus obligaciones tributarias, multas tributarias y administrativas. ALCANCES El presente regimen alcanza a los Tributos Municipales y Multas Administrativas y Tributarias generadas e impuestas, asi como a las sanciones de caracter formal. BASE LEGAL Articulo 36º del Codigo Tributario. Articulo 41º del Codigo Tributario. Articulo 166º del Codigo Tributario. DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El Beneficio de Regularizacion Tributaria y Administrativa en el distrito de Chorrillos, establece un sistema gradual en la reduccion de interes moratorio y multas tributarias respecto de los tributos senalados en el presente regimen hasta Dic. 2000, asimismo el BERDTA dispone el beneficio de reduccion de multas administrativas impuesta hasta el 31 de agosto del 2001 y la reduccion del interes de fraccionamiento de deudas de acuerdo al ano de fraccionamiento hasta el 2001. Articulo 2º.- El Beneficio otorgado por la presente Ordenanza se mantendra vigente hasta el 31 de diciembre del 2001, facultandose al MORDAZA para que mediante Decreto pueda: - Complementar las Disposiciones que MORDAZA necesarias para una correcta aplicacion del presente beneficio. Articulo 3º .- Los criterios para conceder la gradualidad de multas tributarias son las siguientes: a) Reconocimiento de la infraccion. b) Regularizacion de la infraccion para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias de caracter formal. c) Desistimiento de los recursos de reclamacion contra las Resoluciones de multa que contengan in-

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban beneficio de regularizacion de deudas tributarias y administrativas en el distrito
ORDENANZA Nº 028-2001-MDCH Chorrillos, 21 de setiembre del 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS. POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades Distritales son Organos de Gobierno Local, que gozan de autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia conforme lo dispone el Art. 191º de la Constitucion Politica del Peru; Que, el Articulo 166º del Codigo Tributario dispone que la Administracion Tributaria puede aplicar gradualmente las sanciones tributarias; Que, los Articulos 36º y 41º del Codigo Tributario, otorgan a la Administracion Tributaria facultades de conceder aplazamiento y/o fraccionamiento asi como condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran; Que, en el ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, con el MORDAZA en mayoria de los senores miembros del Concejo Municipal se ha expedido la siguiente:

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