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Pág. 221193 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de abril de 2002 ITEM CODIGO PRODUCTOS 21 21 ASFALTO SÓLIDO INDUSTRIAL 22 22 CEMENTO ASFÁLTICO NOTA : LOS PRODUCTOS NO INCLUIDOS EN ESTA TABLA DEBERAN SOLICITAR A OSINERG LA ASIGNACION DE SU CODIGO 7.- TABLA DE MODALIDAD DE COMERCIALIZACION ITEM CODIGO PRODUCTOS 1 1 MODALIDAD FCA 2 2 MODALIDAD EN FRANJA 3 3 MODALIDAD CFR 4 4 OTRAS MODALIDADES NOTA : LAS MODALIDADES DE COMERCIALIZACION NO INCLUIDOS EN ESTA TABLA DEBERAN SOLICITAR A OSINERG LA ASIGNACION DE SU CODIGO 8.- TABLA DE TIPO DE CLIENTE ITEM CODIGO PRODUCTOS 1 1 DISTRIBUIDOR MAYORISTA 2 2 DISTRIBUIDOR MINORISTA 3 3 ESTABLECIMIENTO DE VENTA 4 4 CONSUMIDOR DIRECTO 5 5 PRODUCTOR 6 6 IMPORTADOR/EXPORTADOR 7 7 OTRO IMPORTADOR NOTA :LOS TIPOS DE CLIENTE NO INCLUIDOS EN ESTA TABLA DEBERAN SOLICI- TAR A OSINERG LA ASIGNACION DE SU CODIGO 6592 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Rectifican área registral de predio de propiedad del Estado inscrito en el Re- gistro de Propiedad Inmueble de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 028 -2002/SBN-GO-JAD La Molina, 26 de marzo del 2002 Visto el Expediente Nº 02750-96, por el cual el Ministerio de Salud solicita la afectación en uso del inmueble de propiedad del Estado inscrito a Fojas 79 del Tomo 19-B del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, ubicado en el Lote 01 de la Manzana 12 Sec- ción A de la Urbanización de los terrenos de la Ha- cienda Villa, distrito de Chorrillos, provincia y depar- tamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del inmueble de 309,00 m² inscrito a Fojas 79 del Tomo 19-B del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, el cual se encuentra ubi- cado en el Lote 01 de la Manzana 12 Sección A de la Urbanización de los terrenos de la Hacienda Villa, distri- to de Chorrillos, provincia y departamento de Lima y regis- trado en el Asiento Nº 2059 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal correspondien- te al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 0010-2002-CGP-P-MINSA de fecha 1 de febrero del 2002, el Ministerio de Salud a través de su Comité de Gestión Patrimonial formaliza su solicitud de afectación en uso del predio descrito en el considerando precedente, a fin de destinarlo a Centro de Salud; Que, realizada la inspección técnica correspondien- te, se ha constatado que sobre el citado predio se ha edificado el Centro de Emergencia "San Pedro de los Chorrillos";Que, asimismo se ha verificado que el predio cuenta con un área real de 340,88 m² y no como erróneamente aparece inscrito en el Registro de Propiedad Inmueble, dicho error fue corroborado por la Subgerencia de Ca- tastro quien mediante Informe Técnico Nº 4887-01-GPI- SCAT de fecha 29 de octubre del 2001, manifiesta que efectuado el cálculo del área en gabinete con sus mis- mas medidas perimétricas inscritas en el Tomo 19-B de Fojas 70, arroja un área de 340,88 m²; Que, para realizarse cualquier acto de transferencia patrimonial inmobiliaria previamente el predio materia de disposición debe estar saneado física y jurídicamente, sin embargo de no ser así la Superintendencia de Bie- nes Nacionales mediante Resolución de su titular podrá rectificar de oficio, el área, perímetro y linderos de los predios de propiedad estatal, de conformidad a la déci- ma disposición complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001 EF; Que, una vez realizado el respectivo saneamiento se podrá proceder con la afectación en uso solicitada, la cual se otorga para un fin determinado compatible con las funciones del Estado, pudiendo éste desafectar el predio si la entidad afectataria incurre en las causales previstas en el Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF; Que, la afectación en uso es el derecho que permi- te a una entidad pública, usar y administrar predios de propiedad del Estado a título gratuito, para un fin com- patible con las funciones del Estado y se aprueban mediante Resolución de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 78º y siguientes del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, concordado con el Artículo 3º literal b) del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 027-2002/SBN-GO-JAD de fecha 28 de febrero del 2002, resulta atendible la solicitud formulada por el Ministerio de Salud; sin embargo, previamente debe pro- cederse a la rectificación registral del área del referido predio; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Ley Nº 25554 modificado por el De- creto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 315-2001/SBN y Resolución Nº 362-2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área registral del predio de propiedad del Estado inscrito a Fojas 79 del Tomo 19-B del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, por cuanto el área inscrita corresponde a 340,88 m² y no como erró- neamente se ha consignado en la inscripción registral. Artículo 2º.- Afectar en uso el área de 340,88 m² del predio ubicado en el Lote 01 de la Manzana 12 Sección A de la Urbanización de los terrenos de la Hacienda Vi- lla, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; el mismo que se encuentra inscrito a Fojas 79 del Tomo 19-B del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; a favor del Ministerio de Salud, para que sea utilizado como Centro de Salud. Artículo 3º.- Por el mérito de la presente Resolución se suscribirá el Acta de Entrega a favor del afectatario en el plazo de 30 días. Artículo 4º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a ins- cribir en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la rectificación registral de área y afectación en uso indica- das en el Artículo 1º y 2º de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 6491