Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

MORDAZA para informarle a la amante de este MORDAZA que estaba garantizada la MORDAZA provisional de su hermano, quien se encontraba procesado y detenido por delito de Trafico Ilicito de Drogas, y en efecto el mismo dia que ingreso a su Despacho la solicitud de MORDAZA provisional, esta fue resuelta favorablemente. Igualmente, se le imputa el hecho de haber actuado conforme a los designios y voluntad del ex asesor MORDAZA MORDAZA en todos las causas sometidas a su conocimiento; siendo el caso que inclusive varias de sus resoluciones y dictamenes habrian sido elaboradas en el propio Servicio de Inteligencia, como lo muestra el documento de fs. 4418, encontrado entre la documentacion del SIN. En este sentido, el Fiscal investigado habria prestado su concurso y colaboracion para los planes del MORDAZA MORDAZA, de usar al Ministerio Publico y al Poder Judicial a su entera voluntad y como instrumento de persecucion de sus enemigos politicos. Habiendo incurrido de este modo en la presunta comision del delito de Asociacion Ilicita, conjuntamente con los demas Magistrados materia de la presente resolucion. 14. Kathia MORDAZA MORDAZA Aragon: Quien en su calidad de Fiscal Adjunta Provincial de la Fiscalia Provincial Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, conjuntamente con la Fiscal Provincial MORDAZA MORDAZA MORDAZA manejo ese Despacho con absoluta sujecion a los intereses de MORDAZA Torres; siendo la encargada exclusiva de intervenir en las diligencias de interes del Gobierno, como el caso de MORDAZA Ivcher, MORDAZA Parker; asimismo estaba encargada de la mesa de partes y la distribucion de expedientes, labor que desempenaba de manera irregular y haciendo MORDAZA de sus contactos con agente del gobierno, como lo refieren las Fiscales Adjuntas MORDAZA Macollunco y MORDAZA MORDAZA, quienes laboraban conjuntamente con la investigada en la misma fiscalia y quienes dan cuenta de su irregular comportamiento en beneficio del gobierno de entonces; evidenciando su contribucion a los fines de la organizacion estructurada por MORDAZA MORDAZA al interior del Ministerio Publico. Por lo que su conducta presenta los elementos configurativos del delito de Asociacion Ilicita para delinquir. Tercero.- Que respecto a la persona de MORDAZA MORDAZA Ordonez, que integro la Sala Especializada en Delitos Tributarios, y que por tal razon fue comprendida en la presente investigacion y en el informe de la Fiscalia Suprema de Control Interno es de advertirse que en los actuados no se encuentra indicio alguno que pudiera llevar a la conclusion de su participacion dolosa en los hechos investigados, MORDAZA si no ha suscrito ninguna de las resoluciones cuestionadas como los demas Magistrados integrantes de la Sala; por lo que estando a que en nuestro ordenamiento juridico esta proscrita la responsabilidad penal objetiva, debe declararse infundada la denuncia en este extremo. Cuarto.- Que finalmente, en relacion a las imputaciones configurativas de otros delitos, formuladas contra los Magistrados investigados no se ha llegado a reunir suficientes elementos de juicio que pudiesen llevar a la presuncion de que efectivamente, los mismos han tenido lugar. Quinto.- Asimismo, que respecto a la participacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es de advertirse que existen sindicaciones en el sentido de que tambien habria integrado la asociacion ilicita para delinquir liderada por MORDAZA MORDAZA e integrada por otros Magistrados, por lo que al no habersele comprendido en la presente investigacion, se hace necesaria la correspondiente investigacion ampliatoria a cargo de la Fiscalia Suprema de Control Interno. Igualmente, advirtiendose que los Vocales Superiores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Meztanza emitieron la resolucion por la cual se condena presuntamente de manera irregular a la secretaria de MORDAZA Ivcher Bronstein, senora MORDAZA MORDAZA Lam MORDAZA de MORDAZA, es necesario ampliar la investigacion al respecto por parte de la Fiscalia Suprema de Control Interno; debiendo oficiarse para tal fin.

Sexto.- De otro lado, tambien se observa en los actuados, que el ex Asistente de Funcion Fiscal MORDAZA MORDAZA Recuenco tambien habria tenido participacion activa en el manejo fraudulento de la Fiscalia Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros a cargo de las Fiscales MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por lo que se hace necesario investigar su presunta participacion delictiva en los hechos a cargo de la Fiscalia Anticorrupcion correspondiente. Debiendo oficiarse con tal fin. Estando a lo expuesto, de conformidad con el contenido del Informe Nº 118-2001-MP-F.SUPR.CI, de fecha 25 de octubre del 2001, y el Informe Ampliatorio Nº 0212002-MP.F.SUPR.C.I., de fecha 25 de marzo del 2002; en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADA la denuncia presentada por doctor MORDAZA Ugaz MORDAZA MORDAZA, ex Procurador Publico Ad Hoc, contra MORDAZA MORDAZA Lorenzzi Goycochea, MORDAZA Castellares MORDAZA, MORDAZA Adeelid MORDAZA MORDAZA, Alminda MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir, Corrupcion de Funcionarios (Cohecho Pasivo de Magistrados), y Prevaricato en agravio del Estado; ilicitos previstos y penados por los Articulos 317º, 395º y 318º del Codigo Penal respectivamente; contra MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Eguia MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Krederdt e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir, Corrupcion de Funcionarios (Cohecho Pasivo de Magistrados) en agravio del Estado; ilicitos previstos y penados por los Articulos 317º y 395º del Codigo Penal respectivamente; contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por los delitos de Asociacion Ilicita para Delinquir, Corrupcion de Funcionarios (Cohecho Pasivo de Magistrados), Omision de Denuncia y Encubrimiento Personal en agravio del Estado; ilicitos previstos y penados por los Articulos 317º, 395º, 424º y 404º del Codigo Penal respectivamente; contra MORDAZA MORDAZA Egas MORDAZA y Kathia MORDAZA MORDAZA MORDAZA por delito de Asociacion Ilicita para Delinquir en agravio del Estado; ilicito previsto y penado por el Articulo 317º del Codigo Penal; en consecuencia, remitase los actuados al Fiscal Supremo llamado por ley y MORDAZA de los mismos al Fiscal Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, para los fines pertinentes. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADA la referida denuncia contra los Magistrados por los delitos no comprendidos en el articulo anterior. Articulo Tercero.- Oficiar a la Fiscalia Suprema de Control Interno a fin de que amplie las investigaciones respecto a las personas de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Meztanza; asimismo, oficiar a la Fiscalia Provincial competente a fin de que realice las investigaciones pertinentes respecto al ex Asistente de Funcion Fiscal MORDAZA MORDAZA Recuenco. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, del Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y del Procurador Publico correspondiente, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 6621

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