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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (11/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

Pág. 221195 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de abril de 2002 Visto el Expediente Nº 08635-98, que contiene la renuncia a la afectación en uso formulada por el Director General del Ministerio de la Presidencia, del predio ubi- cado en la avenida Oscar R. Benavides Nºs. 1913-1915, del distrito y Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 066-2000- PRES, del 7 de julio del 2000, se afectó en uso a favor del Ministerio de la Presidencia un terreno de 3,909.70 m² para destinarlo a un almacén; Que, el mencionado inmueble se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 70054013 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina del Callao a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y registrado bajo el Número 489 en el Sistema de Información Nacio- nal de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP de la provincia del Callao, a cargo de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspección técnica con fecha 30 de enero del 2002, se ha verificado que el local cuenta con servicio de vigilancia y es utilizado eventualmente como depósito, pero en su mayoría no se le ha dado ningún uso, lo que ha ocasionado el deterioro de las instalacio- nes con que cuenta el inmueble; Que, mediante Oficio Nº 219-2002/PRES-OGA del 27 de febrero del 2002, el Director General de Administra- ción del Ministerio de la Presidencia, presenta su solici- tud de renuncia a la afectación en uso con firma legali- zada, de acuerdo al Artículo 97º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, en tal sentido el predio submateria debe ser des- afectado, conforme a lo establecido por el Artículo 96º y 97º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamen- to General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; Que, de conformidad al inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Regla- mento de Organización y Funciones de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales", se faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 065-2002/SBN-GO-JAR de fecha 19 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la renuncia a la afectación en uso y declarar la desafectación a favor del Estado del predio ubicado en la avenida Oscar R. Benavides Nºs. 1913-1915, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, ins- crito en la Partida Electrónica Nº 70054013, que fuera afec- tado en uso al Ministerio de la Presidencia mediante Reso- lución Suprema Nº 066-2000-PRES del 7 de julio del 2000. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao, por el mérito de la presente resolución, inscribirá la correspondiente desafectación a favor del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 6492 Precisan ubicación y extensión de pre- dio afectado en uso a favor del Ministe- rio de Educación, en el departamento de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 050-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de marzo de 2002Visto el expediente Nº 707347, que contiene los antecedentes de la afectación en uso del predio de 3 728,48 m², ubicado entre las calles 15, 2 y 4, lote 1 de la manzana K', de la Tercera Etapa de la urbanización Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departa- mento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 017-83-VI- 5600, de fecha 25 de enero de 1983, se afectó en uso a favor del Ministerio de Educación, el terreno de 3 728,48 m², ubicado en la manzana K, de la urbanización Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departa- mento de Lima; a fin que lo destine a la construcción de un local escolar; Que, en la citada resolución se consignó que el predio antes descrito se ubicaba en la manzana K de la urbanización Los Sauces, sin embargo, del estu- dio del Título Archivado se advirtió con posterioridad que la ubicación corresponde a la manzana K', ha- biéndose rectificado la partida registral en tal senti- do, por lo que corresponde efectuar la precisión co- rrespondiente; Que, el citado predio se encuentra inscrito a favor del Estado - Ministerio de Educación, en la Ficha Nº 1630625 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, así como registrado en el Asiento Nº 2041 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al de- partamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 557-2000/ME-SG, de fecha 22 de junio del 2000, el Ministerio de Educación, a tra- vés del Secretario General de dicho Sector, solicita el saneamiento del terreno de 3 728,48 m², descrito en el primer considerando, para que se proceda a la desafecta- ción del área ocupada por la Capilla "Santa María de Nazareth"; Que, efectuada la inspección técnica al predio an- tes mencionado, se ha verificado que sobre el área de 3 058,70 m² está funcionando el Centro Educativo Nº 7014 "Santa María de Nazareth", mientras que en el remanente de 669,78 m² funciona la parroquia del mismo nombre; Que, en tal sentido el área de 669,78 m² debe ser desafectada del Ministerio de Educación, conforme a lo establecido por el literal b) del Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; Que, son funciones y atribuciones de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, de conformidad con el literal f) del Artículo 39º del acotado dispositivo legal, des- afectar los inmuebles de propiedad estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 050-2002/SBN-GO-JAR de fecha 15 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Precisar que el predio de 3 728,48 m² afectado en uso a favor del Ministerio de Educa- ción, mediante Resolución Suprema Nº 017-83-VI- 5600, de fecha 25 de enero de 1983, se encuentra ubicado en el lote 1 de la manzana K', de la Tercera Etapa de la urbanización Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima, inscrito