Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Visto el Expediente Nº 08635-98, que contiene la renuncia a la afectacion en uso formulada por el Director General del Ministerio de la Presidencia, del predio ubicado en la avenida MORDAZA R. MORDAZA Nºs. 1913-1915, del distrito y Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 066-2000PRES, del 7 de MORDAZA del 2000, se afecto en uso a favor del Ministerio de la Presidencia un terreno de 3,909.70 m² para destinarlo a un almacen; Que, el mencionado inmueble se encuentra inscrito en la Partida Electronica Nº 70054013 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina del Callao a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y registrado bajo el Numero 489 en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP de la provincia del Callao, a cargo de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspeccion tecnica con fecha 30 de enero del 2002, se ha verificado que el local cuenta con servicio de vigilancia y es utilizado eventualmente como deposito, pero en su mayoria no se le ha dado ningun uso, lo que ha ocasionado el deterioro de las instalaciones con que cuenta el inmueble; Que, mediante Oficio Nº 219-2002/PRES-OGA del 27 de febrero del 2002, el Director General de Administracion del Ministerio de la Presidencia, presenta su solicitud de renuncia a la afectacion en uso con firma legalizada, de acuerdo al Articulo 97º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, en tal sentido el predio submateria debe ser desafectado, conforme a lo establecido por el Articulo 96º y 97º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, de conformidad al inciso s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", se faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 1312001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 065-2002/SBN-GO-JAR de fecha 19 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la renuncia a la afectacion en uso y declarar la desafectacion a favor del Estado del predio ubicado en la avenida MORDAZA R. MORDAZA Nºs. 1913-1915, distrito del Callao, Provincia Constitucional del Callao, inscrito en la Partida Electronica Nº 70054013, que fuera afectado en uso al Ministerio de la Presidencia mediante Resolucion Suprema Nº 066-2000-PRES del 7 de MORDAZA del 2000. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao, por el merito de la presente resolucion, inscribira la correspondiente desafectacion a favor del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 6492

Visto el expediente Nº 707347, que contiene los antecedentes de la afectacion en uso del predio de 3 728,48 m², ubicado entre las calles 15, 2 y 4, lote 1 de la manzana K', de la Tercera Etapa de la urbanizacion Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 017-83-VI5600, de fecha 25 de enero de 1983, se afecto en uso a favor del Ministerio de Educacion, el terreno de 3 728,48 m², ubicado en la manzana K, de la urbanizacion Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; a fin que lo destine a la construccion de un local escolar; Que, en la citada resolucion se consigno que el predio MORDAZA descrito se ubicaba en la manzana K de la urbanizacion Los Sauces, sin embargo, del estudio del Titulo Archivado se advirtio con posterioridad que la ubicacion corresponde a la manzana K', habiendose rectificado la partida registral en tal sentido, por lo que corresponde efectuar la precision correspondiente; Que, el citado predio se encuentra inscrito a favor del Estado - Ministerio de Educacion, en la Ficha Nº 1630625 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, asi como registrado en el Asiento Nº 2041 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 557-2000/ME-SG, de fecha 22 de junio del 2000, el Ministerio de Educacion, a traves del Secretario General de dicho Sector, solicita el saneamiento del terreno de 3 728,48 m², descrito en el primer considerando, para que se proceda a la desafectacion del area ocupada por la Capilla "Santa MORDAZA de Nazareth"; Que, efectuada la inspeccion tecnica al predio MORDAZA mencionado, se ha verificado que sobre el area de 3 058,70 m² esta funcionando el Centro Educativo Nº 7014 "Santa MORDAZA de Nazareth", mientras que en el remanente de 669,78 m² funciona la parroquia del mismo nombre; Que, en tal sentido el area de 669,78 m² debe ser desafectada del Ministerio de Educacion, conforme a lo establecido por el literal b) del Articulo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Que, son funciones y atribuciones de la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones, de conformidad con el literal f) del Articulo 39º del acotado dispositivo legal, desafectar los inmuebles de propiedad estatal; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 1542001-EF y Resolucion Nº 315-2001/SBN; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 050-2002/SBN-GO-JAR de fecha 15 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que el predio de 3 728,48 m² afectado en uso a favor del Ministerio de Educacion, mediante Resolucion Suprema Nº 017-83-VI5600, de fecha 25 de enero de 1983, se encuentra ubicado en el lote 1 de la manzana K', de la Tercera Etapa de la urbanizacion Los Sauces, del distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito

Precisan ubicacion y extension de predio afectado en uso a favor del Ministerio de Educacion, en el departamento de MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 050-2002/SBN-GO-JAR

La MORDAZA, 26 de marzo de 2002

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