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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (11/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

Pág. 221194 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de abril de 2002 Disponen primera inscripción de domi- nio a favor del Estado de parcelas ubi- cadas en los departamentos de Ica y Arequipa JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 048-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 22 de marzo del 2002 Visto el Expediente Nº 051-2001/SBN-JAR con el que se sustenta la inscripción en primera de dominio del área de 218 014 ha. 5 540,42 m², ubicada en las jurisdicciones de la provincia de Nasca, departamento de Ica, y de la provincia de Caravelí, departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0123-2001- MPN, de fecha 16 de julio del 2001, la Municipalidad Pro- vincial de Nasca declaró de naturaleza eriaza el terreno de 120 000,00 ha., ubicado en su jurisdicción territorial; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 044-2001- MPC, de fecha 18 de julio del 2001, la Municipalidad Provin- cial de Caravelí, declaró de naturaleza eriaza el terreno de 100 000,00 ha., ubicado en su jurisdicción territorial; Que, con fechas 19 al 22 de setiembre y 19 al 20 de diciembre del 2001, se llevaron a cabo las inspecciones técnicas a los terrenos, confirmado su ubicación y medi- das perimétricas, determinándose que su extensión es de 218 014 ha. 5 540,42 m², que comprende trece parcelas; Que, atendiendo a que las Oficinas Registrales de Nasca y Camaná no cuentan con área de catastro, no ha sido posible obtener certificación negativa de inscripción de dichas áreas; por lo que se han realizado las coordina- ciones con el Proyecto Especial de Titulación de Tierras y Catastro Rural, a fin de confirmar que no se han otorga- do títulos de propiedad sobre dichas áreas; Que, a través del trámite del expediente sustentatorio se han recabado los informes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturale- za eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o ex- traurbanas, materia de trámite de primera de dominio a favor del Estado; así como se ha. confirmado que sobre dicho terreno no existe información en la base gráfica de esta Superintendencia y del Registro Predial Urbano; Que, el terreno antes descrito fue declarado de naturale- za eriaza y constituye propiedad del Estado en concordancia con lo dispuesto por el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, debiendo por tanto disponerse la inscripción en primera de dominio a favor del Estado, de acuer- do con el inciso b) del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funcio- nes de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emitir en pri- mera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a lo expuesto en los Informes Técnicos Le- gales Nºs. 052-2002/SBN-GO-JAR al 064-2002/SBN- GO-JAR de fecha 15 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del área de 218 014 ha. 5 540,42 m², ubicada en las jurisdicciones de la provincia de Nas- ca, departamento de Ica y de la provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, que se encuentra delimitada en trece parcelas según se detalla a continuación, de acuerdo a los planos y memorias descriptivas que sus-tentan la presente Resolución: PARCELA 1: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distritos de Nasca y Marcona; posee forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 56 788 ha. 6 747,53 m². PARCELA 2: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 2 328 ha. 8 181,74 m². PARCELA 3: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 9 582 ha. 8 560,56 m². PARCELA 4: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 1 497 ha. 0 170,30 m². PARCELA 5: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 1 996 ha. 0 339,68 m². PARCELA 6: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 8 161 ha. 7 640,48 m². PARCELA 7: Ubicada en el departamento de Ica, pro- vincia de Nasca, distrito de Nasca; posee forma irregu- lar y encierra dentro de sus linderos un área de 1 146 ha. 6 232,33 m². PARCELA 8: Ubicada en los departamentos de Ica y Arequipa, en las provincias de Nasca y Caravelí, distri- tos de Nasca y Acarí, respectivamente; posee forma irre- gular y encierra dentro de sus linderos un área de 65 139 ha. 5 485,10 m². PARCELA 9: Ubicada en los departamentos de Ica y Arequipa, en las provincias de Nasca y Caravelí, distri- tos de Nasca, San Juan de Marcona y Lomas, Acarí, res- pectivamente; posee forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 66 314 ha. 7 307,20 m². PARCELA 10: Ubicada en el departamento de Arequipa, provincia de Caravelí, distritos de Lomas y Acarí, respectivamente; posee forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 2 581 ha. 7 796,68 m². PARCELA 11: Ubicada en el departamento de Arequipa, provincia de Caravelí, distrito de Lomas; po- see forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 336 ha. 1 950,00 m². PARCELA 12: Ubicada en el departamento de Arequipa, provincia de Caravelí, distrito de Lomas; po- see forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 1 297 ha. 0470,02 m². PARCELA 13: Ubicada en el departamento de Arequipa, provincia de Caravelí, distrito de Lomas; po- see forma irregular y encierra dentro de sus linderos un área de 843 ha. 4 658,80 m². Artículo 2º.- Las Oficinas Registrales de Nasca y Camaná de la Superintendencia Nacional de los Regis- tros Públicos procederán a efectuar las inscripciones dispuestas en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones 6493 Aprueban renuncia a la afectación en uso por parte del Ministerio de la Presi- predio a favor del Estado, ubicado en la Provincia Constitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 049-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 25 de marzo de 2002