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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (11/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 221178 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de abril de 2002 Goycochea y otros Magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos Contra la Administración Pública (Corrupción de Funcio- narios), Contra la Administración de Justicia (Omisión de denuncia, Prevaricato y Encubrimiento Personal), y Con- tra la Paz Pública (Asociación Ilícita para Delinquir), en agravio del Estado; la misma que ha sido materia del In- forme Nº 118-2001-MP-F.SUPR.CI, de fecha 25 de octu- bre del 2001, en el que el Fiscal Supremo de Control In- terno emite Opinión en el sentido que se declare Funda- da la Denuncia respecto a los delitos de: Asociación Ilíci- ta para Delinquir, Corrupción de Funcionarios, Prevarica- to, Encubrimiento Personal y Omisión de Denuncia, con- tra varios de los magistrados denunciados. Asimismo, que se declare Infundada la Denuncia por los delitos de Pre- varicato, Encubrimiento Personal y Omisión de denuncia contra algunos de los investigados. CONSIDERANDO: Primero.- Que, del análisis de los actuados se des- prende que, efectivamente existen indicios suficientes de que los magistrados denunciados, habrían prestado su con- curso y colaboración en la ejecución de los diversos actos de corrupción planificados por el ex asesor presidencial Vladimiro Montesinos Torres al interior del Poder Judicial y del Ministerio Público, a través de los cuales, dicho asesor, habría dirigido la toma de decisiones de los denunciados en los distintos procesos e investigaciones sometidos a su conocimiento; habiendo resuelto las causas en las que te- nía interés el anterior régimen de gobierno o altos funcio- narios del mismo, conforme a la voluntad e indicación del ex asesor Montesinos Torres; y por lo cual, varios de los magistrados en cuestión, habrían recibido sendas sumas de dinero a través de una "planilla secreta", financiada y manejada ilícitamente por el propio Montesinos Torres. Segundo.- Que igualmente, se ha llegado a reunir suficientes elementos de juicio de que cada uno de los Magistrados investigados habrían participado en los si- guientes hechos: 1. Daniel Raúl Lorenzzi Goycochea: En su calidad de Presidente de la Sala Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros estaba encargado de conducir la actuación de la misma con competencia a nivel nacional, habiendo intervenido en casos de especial interés del anterior régi- men de gobierno y del ex asesor Montesinos Torres, entre los que destacan: el proceso seguido contra Jorge Mufare- ch Nemi, y el Proceso seguido contra Jaime Mur Campover- de y Delia Revoredo Marsano por presunto delito de Con- trabando en agravio del Estado; advirtiéndose que en es- tos procesos habría conducido la actuación de la Sala de su presidencia con absoluta sujeción al ex asesor presi- dencial y en contra de las leyes y del debido proceso; observándose que inclusive en el caso de Jaime Mur y Delia Revoredo, alguna de las resoluciones habrían sido elabo- radas en el propio Servicio de Inteligencia Nacional, como puede advertirse de la resolución de fecha 11 de abril de 1997, que mandó abrir instrucción, luego de que el Juzga- do había dictado "No ha Lugar a Abrir Instrucción", resolu- ción que fuera suscrita por Lorenzzi Goicochea, Castella- res Camac y Ruiz Cueto, cuyo proyecto se encontró entre la documentación entregada por Rafael Marino Bartet obrante a fs. 4422 (tomo XI), el mismo que coincide con la copia de la resolución obrante a fs. 3321 (tomo IX). Asimis- mo, de las declaraciones de Matilde Pinchi Pinchi y Rafael Merino Bartet se advierte que este magistrado habría sido habitual concurrente a las instalaciones del SIN para reunir- se con el ex Asesor presidencial con quien habría coordi- nado su actuación en los distintos casos sometidos a su conocimiento y a cambio de lo cual habría recibido diver- sas ventajas económicas y funcionales. Hechos que confi- gurarían los delitos de Asociación Ilícita para delinquir, Co- rrupción Pasiva de Magistrado y Prevaricato, ilícitos previs- tos y penados por los Artículos 317º, 395º y 418º del Códi- go Penal respectivamente. 2. Orestes Castellares Camac: En su calidad de inte- grante de la Sala Especializada en Delitos Tributarios y aduaneros, participó conjuntamente con Lorenzzi Goico-chea en todos los casos de interés del anterior Régimen y del ex asesor presidencial, habiendo intervenido y suscri- to las distintas resoluciones irregulares dictadas en cada uno de estos procedimientos, inclusive participó en el caso de Jaime Mur Campoverde y de Delia Revoredo, cuyo pro- yecto se habría realizado en el Servicio de Inteligencia. Asimismo habría sido asiduo concurrente del Servicio de Inteligencia para coordinar con el ex asesor, habiendo re- cibo por su actuación ventajas de diversa índole; confor- me puede apreciarse de las declaraciones de Néstor Amoretti Torres de fs. 3223, quien se desempeñaba como chofer del SIN y de conducir a diversos personajes a las instalaciones de dicha entidad. Hechos estos que se encuadrarían en los tipos penales antes referidos. 3. Manuel Adeelid Ruiz Cueto: En igual sentido, parti- cipó en la mayoría de las acciones llevadas a cabo irregular- mente por la Sala Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, habiendo firmado la resolución supuestamente elaborada en el Servicio de Inteligencia Nacional, presu- miéndose que al igual que los vocales anteriormente cita- dos coordinaba con el ex asesor, las decisiones que debía tomar la Sala en los procesos de interés del Gobierno ante- rior, y a cambio de ello habría recibido ventajas ilícitas y configurativa de los delitos mencionados. 4. Alminda Gabriela López Pizarro: Quien también integró la Sala Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros, donde habría cumplido con su rol asignado dentro de la Asociación Ilícita organizada Montesinos To- rres, habiendo firmado entre otras resoluciones contrarias a la ley, la sentencia condenatoria contra la coinculpada de Jaime Mur Campoverde, Blanca Paiba Cossíos; habién- dose reunido al igual que los magistrados anteriormente mencionados con el ex asesor Vladimiro Montesinos en las instalaciones del SIN, hasta donde habría concurrido frecuentemente para realizar coordinaciones del caso, con- forme puede advertirse de las declaraciones de Pedro Huertas Caballero y Rafael Merino Bartet; siendo así los hechos su conducta se encuadraría en los tipos penales de asociación ilícita para delinquir, Corrupción de Funcio- narios y Prevaricato en agravio del Estado. 5. Sixto Muñoz Sarmiento: El mismo que se desem- peñó como Presidente de la Sala de Derecho Público, don- de habría resuelto los casos sometidos a su conocimiento conforme a los designios e indicaciones del ex asesor Vladimiro Montesinos Torres, y torciendo en todos los ca- sos la voluntad de la ley; y para tal efecto se habría reuni- do constantemente con el referido ex asesor en las insta- laciones del SIN, conforme se advierte de las declaracio- nes de María Angélica Arce Guerrero; Matilde Pinchi Pin- chi, Wilbert Ramos Viera; Pedro Huertas Caballero, (fs. 8032) quien refiere que en una ocasión este Magistrado se reunió en el SIN con el declarante, con Montesinos Torres, y un representante de la Empresa Lucchetti a fin de resolver el caso de esta empresa, que estaba siendo ventilado ante la Sala que presidía Muñoz Sarmiento. Asimismo, Carlos Sixto Balarezo Pérez, Clemente Malca Guisado, Francisco Reyna Cabanilla, Néstor Amoretti To- rres, quienes refieren haberlo conducido en diversas opor- tunidades a las instalaciones del SIN, y que le entregaron en varias oportunidades sobres conteniendo en su inte- rior, sendas sumas de dinero. Consecuentemente la con- ducta de este Magistrado reúne los elementos configura- tivos de los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir y Corrupción de Funcionario. 6. Flor de María Mayta Luna: La que en su condición de Fiscal Superior Especializada en Delitos de Tráfico Ilí- cito de Drogas, igualmente habría desempeñado sus fun- ciones conforme a los intereses del ex asesor presidencial, inclusive habría sido promovida al cargo por disposición expresa del mismo. Igualmente, habría concurrido cons- tantemente a las instalaciones del SIN, donde habría co- ordinado la resolución de los casos sometidos a su conoci- miento con el ex asesor, como lo refieren María Angélica Arce Guerreto, Rafael Merino Bartet, Pedro Huertas Ca- ballero, Matilde Pinchi Pinchi, Clemento Malca Guisado y demás choferes del SIN, quienes unánimemente refieren