Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2002 (25/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

"Las candidaturas que no MORDAZA patrocinadas por un partido politico debidamente inscrito deben presentar, para su inscripcion, en forma individual, una relacion de adherentes que no sea menor al 2,5% del total de electores habiles de la circunscripcion provincial o distrital donde postulen, segun corresponda. Deben efectuar la MORDAZA de las listas de adherentes para la respectiva comprobacion de la autenticidad de las firmas, segun lo dispuesto en el articulo precedente, en los lugares donde existan las facilidades respectivas y segun lo disponga el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil." Articulo 4º.- Agrega ultimo parrafo al Articulo 6º de la Ley Nº 26300 Agreguese al Articulo 6º de la Ley Nº 26300, de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos como ultimo parrafo el siguiente: "Corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil la verificacion de firmas de adherentes para dar inicio a cualesquiera de los procedimientos normados por la presente Ley." Articulo 5º.- Precision en la Ley Nº 27683 Corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) la funcion de verificar la autenticidad de las firmas de adherentes para la inscripcion de organizaciones politicas de alcance regional a que se refiere el Articulo 11º de la Ley Nº 27683, de Elecciones Regionales. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Autorizase a la Oficina Nacional de Procesos Electorales -ONPE- a entregar los expedientes, la documentacion y soportes que MORDAZA requeridos por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil -RENIEC- para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ley. Este continuara el MORDAZA iniciado. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 7510

Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. En este sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a la mejora de los servicios prestados y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades; Que, para efectos de fomentar el desarrollo del MORDAZA es necesario atraer inversion privada que contribuya a convertir al Peru en un MORDAZA mas competitivo; Que, para lograr estos fines es necesario crear una agencia de promocion de la inversion responsable de la promocion estrategica, atencion y servicio al inversionista y promocion de la inversion en proyectos y activos publicos; Que, la promocion de inversiones hacia el MORDAZA es realizada por distintas entidades estatales; las cuales han venido desempenando funciones de manera separada, sin coordinar acciones ni objetivos; Que, la duplicidad de funciones y entidades estatales en la materia senalada ha generado desorientacion, trabas y costos innecesarios al inversionista. Como resultado de ello, las responsabilidades de promocion de la inversion se encuentran difusas; Que, el Poder Ejecutivo ha evaluado y considera conveniente la unificacion y coordinacion de acciones de promocion de la inversion privada. En este sentido, es necesario establecer una agencia de promocion de la inversion que articule las funciones relacionadas a la promocion de la inversion privada que actualmente desempenan de manera dispersa, diversas entidades gubernamentales; De conformidad con el Articulo 13º de la Ley Nº 27658; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion 1.1 Fusionase la Direccion Ejecutiva FOPRI con la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE, la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, a traves de la transferencia a favor de la primera de las competencias, funciones y atribuciones de Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE y la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU. 1.2 La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole a la Direccion Ejecutiva FOPRI, la calidad de entidad incorporante. Aclarese que la absorcion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, incluye tambien a su direccion ejecutiva, asi como todas sus competencias, funciones y atribuciones. 1.3 A partir de la vigencia de la presente MORDAZA cesan las competencias, funciones y atribuciones de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, de la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE y de la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, las que seran asumidas por la Direccion Ejecutiva FOPRI. 1.4 Toda referencia normativa a la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras - CONITE o, a la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU o, a la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI o, a las competencias, funciones y atribuciones que venian ejerciendo; se entenderan hechas a la Direccion Ejecutiva FOPRI. Articulo 2º.- Adscripcion y denominacion. A partir de la vigencia de la presente MORDAZA la Direccion Ejecutiva FOPRI, pasara a denominarse Agencia de Promocion de la Inversion y estara adscrita al Ministerio de Economia y Finanzas. La Agencia de Promocion de la Inversion podra utilizar la denominacion de PROINVERSION.

PODER EJECUTIVO PCM
Fusionan diversas entidades relacionadas a la promocion de la inversion privada incorporandose en la Direccion Ejecutiva FOPRI que pasara a denominarse Agencia de Promocion de la Inversion
DECRETO SUPREMO Nº 027-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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