Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2002 (25/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Pag. 221857

AGRICULTURA
Declaran como Reserva del Estado area ocupada por pueblos indigenas en aislamiento voluntario, ubicada en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0427-2002-AG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de MORDAZA y Ceja de MORDAZA, dada por Decreto Ley Nº 22175, prescribe que para la demarcacion de comunidades nativas, cuando se encuentren en situacion de contacto inicial o esporadico con los demas integrantes de la Comunidad Nacional, se determinara un area provisional de acuerdo a sus modos tradicionales de aprovechamiento de los recursos naturales, hasta que se defina uno de los casos a que refieren los incisos a) y b) del Articulo 10º de la citada Ley; Que, en el departamento de MORDAZA de MORDAZA existen pueblos indigenas en aislamiento voluntario, que segun memoria descriptiva elaborada por el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, ocupan una superficie de 829 941 ha.; Que, los limites de la superficie descrita son: partiendo del punto de partida (PP), ubicado en el eje UTM 343 000, sobre el rio Acre en el limite internacional Peru Brasil, se sigue en la linea recta con direccion Sur y una distancia de 121 587 metros, hasta el punto de referencia (PR) 1; del PR1, ubicado en la coordenada UTM 343 000E y 8 657 646N, sobre el limite Norte de la Concesion de Conservacion otorgada a la Asociacion para la Conservacion de la MORDAZA Amazonica - ACCA, se prosigue por el limite de la misma en direccion sur este, hasta coincidir con el limite sur este de la MORDAZA Reservada Manu; se prosigue en direccion Nor oeste por el mismo limite, bordeando el limite Este del MORDAZA Nacional MORDAZA y el limite Sur este de la MORDAZA Reservada Alto Purus, hasta llegar al PR2, del PR2 ubicado en el hito internacional Nº 4, denominado Interseccion Meridiano Naciente Rio Shambuyacu, ubicado en el limite internacional Peru - Brasil, se prosigue por el mismo en direccion Este hasta llegar al PP, cerrando asi el area en estudio de contrastacion; Que, en esta superficie, cuyos limites han sido descritos en el considerando anterior existen grupos familiares nativos con usos ancestrales quienes se caracterizan por ser nomades, dedicados a las actividades de caza, pesca y recoleccion destinados a su subsistencia y, estar en aislamiento voluntario; Que, personas vinculadas a las empresas madereras instaladas y colonos asentados en areas aledanas a las descritas en el tercer considerando, utilizan diversas formas de amedrentamiento contra los referidos grupos nativos con el evidente proposito de despojarles de las tierras que ocupan ancestralmente, por lo que es necesario garantizar la permanencia de esos grupos humanos en su habitat, estableciendo una reserva de tierras a favor de los mencionados grupos etnicos; Que, con tal fin, personal tecnico especializado del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA ha efectuado los estudios y las acciones relativas a la determinacion de una superficie de ochocientos veintinueve mil novecientos cuarenta y un hectareas (829 941 ha.) ubicada en los distritos de Inapari, Laberinto, Las Piedras, Tambopata y MORDAZA en las provincias de Tahuamanu, Tambopata y MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, de acuerdo a los linderos y medidas perimetricas que se detallan en el plano y memoria descriptiva que obran en el expediente; Que, estando a lo prescrito en el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el Decreto Ley Nº 22175 - Ley de Comunidades Nativas y Desarrollo Agrario de la MORDAZA y Ceja de Selva;

Articulo 1º.- Declarar como Reserva del Estado las areas descritas en la parte considerativa de la presente Resolucion, de acuerdo a los linderos y medidas perimetricas que se detallan en el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolucion y obran en el expediente. Articulo 2º.- La reserva territorial se establece con el proposito de preservar el derecho de los grupos nativos en aislamiento voluntario ubicados en las areas descritas, que son tierras que ocupan de modo tradicional para el aprovechamiento de los recursos naturales existentes en dicha area. Articulo 3º.- La reserva territorial subsistira hasta que se defina una de las situaciones a que se refieren los incisos a) y b) del Articulo 10º del Decreto Ley Nº 22175. Articulo 4º.- Disponer que la Direccion Regional Agraria MORDAZA de MORDAZA, se encargue del cumplimiento de lo prescrito en la presente Resolucion, en concordancia con la legislacion vigente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura ANEXO MEMORIA DESCRIPTIVA DEL AREA EN ESTUDIO DE CONTRASTACION (INFORMACION DE PRESENCIA DE PUEBLOS INDIGENAS EN AISLAMIENTO VOLUNTARIO) DEPARTAMENTO DE MORDAZA DE MORDAZA I. UBICACION POLITICA Departamento : MORDAZA de MORDAZA Provincia Distrito Provincia Distrito Provincia Distrito II. SUPERFICIE La superficie del area en estudio de contrastacion (informacion de presencia de pueblos indigenas en aislamiento voluntario) en el departamento de MORDAZA de MORDAZA es de 829 941 ha. III. LIMITES Partiendo del punto de partida (PP), ubicado en el eje UTM 343 000 E, sobre el rio Acre en el limite internacional Peru - Brasil, se sigue en linea recta con direccion Sur y una distancia de 121 587 metros, hasta el punto de referencia (PR) 1. Del PR1, ubicado en la coordenada UTM 343 000 E y 8 657 646 N, sobre el limite norte de la Concesion de Conservacion otorgada a la Asociacion para la Conservacion de la Amazonia - ACCA, se prosigue por el limite de la misma en direccion Sur oeste, hasta coincidir con el limite Sur este de la MORDAZA Reservada Manu. Se prosigue en direccion Nor oeste por el mismo limite, bordeando el limite Este del MORDAZA Nacional MORDAZA y el limite Sur este de la MORDAZA Reservada Alto Purus, hasta llegar al PR 2. Del PR 2, ubicado en el hito internacional Nº 4, denominado Interseccion Meridiano Naciente Rio Shambuyacu, ubicado en el limite internacional Peru - Brasil, se prosigue por el mismo en direccion Este hasta llegar al PP, cerrando asi el Area en Estudio de Contrastacion (Informacion de presencia de pueblos indigenas en aislamiento voluntario). Nota: Las coordenadas UTM, corresponden a la MORDAZA 19 y al Datum WGS 84. La informacion cartografica en formato digital de lo descrito en la presente Memoria, obra en los archivos del Proyecto CIEF-DGFFS-INRENA. 7452 : : : : : : Tahuamanu Inapari Tambopata Laberinto, Las Piedras, Tambopata MORDAZA MORDAZA

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