Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2002 (26/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 221943

Visto, el Informe Especial Nº 018-2002-CG/ LR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, periodo 2000 - 2001; y, CONSIDERANDO: Que, habiendose recibido denuncias sobre supuestas irregularidades en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, este Organismo Contralor dispuso mediante Oficio Nº 070-2002-CG/SC del 31.ENE.2002 la ejecucion de una accion de control de verificacion de denuncias en el citado municipio; Que, como resultado de la revision efectuada por la Comision de Auditoria a los procedimientos desarrollados por las dependencias competentes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para dar tramite a las solicitudes de obtencion del Certificado de Zonificacion para Licencia de Funcionamiento y la Licencia de Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento, formuladas por una empresa particular arrendataria del inmueble ubicado en Jr. Huanta Nº 733, de propiedad de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, se ha evidenciado un presunto ejercicio abusivo de las atribuciones e interes indebido por parte de los funcionarios responsables de la expedicion de dichos documentos, quienes emitieron el Certificado de Zonificacion para Licencia de Funcionamiento Nº 0000003132 2000 MML/DMDU/OPDM y la Licencia de Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento Nº 0000018787, aprobada por Resolucion de Alcaldia Nº 3000 de 19.ENE.01, para lo cual utilizaron una denominacion de giro que no existe en la normativa vigente, permitiendo de esta manera que se autorice el funcionamiento de una Playa de Estacionamiento (pretension real del solicitante y que originalmente aparecia en la solicitud del certificado de zonificacion tramitada por la misma empresa), actividad que se encontraba expresamente prohibida por la Ordenanza Nº 286 de 9.JUL.2000, que en su Disposicion Transitoria Tercera, establece que "la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, bajo responsabilidad de los funcionarios responsables, no otorgara ni MORDAZA tramite a solicitudes de autorizacion de funcionamiento para la apertura de nuevas playas de estacionamiento en el Centro Historico de Lima"; Que, los hechos expuestos han posibilitado que la mencionada empresa privada, soslayando el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, a la fecha venga operando irregularmente una playa de estacionamiento en el MORDAZA Huanta Nº 733, atentando contra el ordenamiento urbanistico de la ciudad; Que, asimismo de la revision y evaluacion de la Comision de Auditoria a la documentacion sustentatoria de la contratacion del servicio de fuegos artificiales para la celebracion del 465º Aniversario de MORDAZA, se ha determinado irregularidades en el MORDAZA de adjudicacion directa sin publicacion, tales como: la seleccion e invitacion de postores y la recepcion de cotizaciones fue realizada por la Asesoria General de Alcaldia, funcionario distinto a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, unico organo encargado de efectuar adquisiciones para las diferentes dependencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima; no se ha acreditado la elaboracion del respectivo Cuadro Comparativo de Cotizaciones; se tomo en cuenta para la adjudicacion de la buena pro, condiciones de financiamiento que no estaban contenidas en la propuesta de la empresa ganadora; asi como, no obstante requerirse por el monto a contratar de tres cotizaciones validas, dos de las tres propuestas recepcionadas, correspondieron a empresas que no prestaban este MORDAZA de servicio; la propuesta ganadora no detallo la composicion del servicio cotizado; la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares y la Direccion Municipal Administrativa, no obstante tener conocimiento de estos hechos, no adoptaron las acciones correctivas correspondientes; y no haber emitido la Direccion General de Protocolo, Prensa y Relaciones Publicas, area usuaria del servicio, la respectiva conformidad del mismo; hechos que evidencian un presunto interes indebido por parte de los funcionarios de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que tuvieron a su cargo el MORDAZA de seleccion y contratacion del espectaculo que formaba parte de los actos celebratorios por el "465º Aniversario de Lima", para favorecer a la empresa a la que se le adjudico la buena pro; Que, conforme fluye de los hechos expuestos, se ha acreditado la existencia de indicios razonables de la comision de los delitos de Abuso de Autoridad y de Corrupcion

de Funcionarios en la modalidad de Negociacion Incompatible con el Cargo, previstos y penados en los Articulos 376º y 397º del Codigo Penal respectivamente, que involucran a funcionarios y servidores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en ejercicio o que han desempenado funcion publica en la misma; correspondiendo en consecuencia que la Contraloria General de la Republica proceda conforme a sus atribuciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control -Decreto Ley Nº 26162, cuando en la ejecucion directa de una accion de control, encuentre dano economico o presuncion de acto doloso, es deber de la Contraloria General de la Republica, disponer el inicio de las acciones legales respectivas; resultando, necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de acuerdo a sus atribuciones accione contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el Articulo 19º inciso f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, y los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 7442

Autorizan a procurador iniciar acciones contra funcionarios y servidores de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana por presunta comision de delitos de abuso de autoridad y otros
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 075-2002-CG MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2002 Visto, el Informe Especial Nº 019-2002-CG/LR, resultante del Examen Especial efectuado en la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, periodo 2000-ENE 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General recibio denuncias sobre supuestas irregularidades en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y habiendose evidenciado de las indagaciones preliminares que los referidos hechos estan relacionados con actividades de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, mediante Oficio Nº 082-2002-CG/ SC del 4.FEB.2002 se dispuso la ejecucion de una accion de control en la citada Sociedad de Beneficencia; Que, como resultado de la evaluacion efectuada por la Comision de Auditoria de los aspectos tecnicos y legales del arrendamiento de los inmuebles de propiedad de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, ubicados en el MORDAZA MORDAZA Nºs. 640, 642 y 646, y MORDAZA Huanta Nº 733 - MORDAZA Cercado, se ha determinado que los citados inmuebles fueron adjudicados irregularmente a una misma empresa particular bajo la modalidad de arrendamiento directo, mediante los Contratos Nºs. 2155, 2196 y 2150, y la Addenda S/N de fecha 3.AGO.2001, sin dar cumplimiento al procedimiento obligatorio de Subasta Publica que les era aplicable de conformidad a lo establecido en el Articulo 53º del Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.