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Pág. 227523 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de agosto de 2002 tivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, lo propuesto por el Director General de la Di- rección General de Migraciones y Naturalización del Mi- nisterio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha de la presen- te Resolución Ministerial al señor Enrique Aguirre Tolenti- no en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo I, Categoría F-2 de la Unidad de Informática y Estadística de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 13716 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1476-2002-IN/0103 Lima, 29 de julio del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1288-2002-IN/ 0901 del 9.JUL.2002 se determinó cargo público de con- fianza al cargo de Director de Sistema Administrativo I Categoría F-2 de la Unidad Administrativa de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior; Que, se encuentra vacante el cargo público de confian- za de Director de Sistema Administrativo I Categoría F-2 de la Unidad Administrativa de la Dirección General de Mi- graciones y Naturalización del Ministerio del Interior; Que es necesario cubrir el mencionado cargo público de confianza a fin de garantizar el normal funcionamiento de la referida Unidad; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecu- tivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; y, lo propuesto por el Director General de la Di- rección General de Migraciones y Naturalización del Mi- nisterio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha de la presen- te Resolución Ministerial al señor Luis Hugo Castro Gar- gurevich en el cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo I, Categoría F-2 de la Unidad Ad- ministrativa de la Dirección General de Migraciones y Na- turalización del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 13717 JUSTICIA Incorporan Artículo 8º a la Directiva Nº 046-99-COFOPRI "Normas Comple- mentarias para la Formalización de la Propiedad en Centros Poblados" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2002-JUS Lima, 25 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementado por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, en adelante Ley COFOPRI, se crea la Comisión de Formali-zación de la Propiedad Informal - COFOPRI, como el or- ganismo encargado de diseñar y ejecutar un programa de formalización de la propiedad y de su mantenimiento den- tro de la formalidad, a nivel nacional; Que, el Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, establece los procedimientos de formaliza- ción de la propiedad en posesiones informales, permitien- do que mediante directivas puedan complementarse las disposiciones establecidas en dicho reglamento; Que, por Resolución Ministerial Nº 474-99-MTC/15.01, ampliada en sus alcances por la Resolución Ministerial Nº 270-2000-JUS, se aprobó la Directiva Nº 046-99-COFO- PRI, que establece las Normas Complementarias para la Formalización de la Propiedad en Centros Poblados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS del 3 de marzo de 2001, publicado en el Diario Oficial El Pe- ruano el 4 de marzo de 2001, se crearon las Comisiones Provinciales de Formalización de la Propiedad Informal, que tienen como funciones planificar, organizar, coordinar y, ejecutar a través de su Secretaría Técnica, en concor- dancia con los Planes de Desarrollo Urbano de cada loca- lidad, el proceso de formalización de las posesiones infor- males hasta la inscripción de los títulos, u otros instrumen- tos en la oficina registral competente; Que, el Artículo 4º y la Primera Disposición Transitoria y Final del precitado dispositivo legal, establecen que CO- FOPRI, sus Oficinas de Jurisdicción Ampliada o, en su caso, las unidades especializadas de las Municipalidades Provinciales, asumirán la Secretaría Técnica de las Comi- siones Provinciales de Formalización de la Propiedad In- formal, las que se instalarán inicialmente en las provincias en las que COFOPRI haya asumido competencia, previa suscripción de convenio entre COFOPRI y la Municipali- dad Provincial respectiva; Que, producto de la ejecución del proceso de formali- zación, se ha determinado la necesidad de que los lotes destinados a fines religiosos en centros poblados, sean adjudicados en propiedad a sus posesionarios, quienes deberán acreditar la posesión directa, continua, pacífica y pública por un lapso mayor a diez años; Que, el Artículo 50º de la Constitución Política del Perú, establece que dentro de un régimen de independencia y autonomía, el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral del Perú, y le presta su colaboración. El Estado res- peta otras confesiones y puede establecer formas de cola- boración con ellas; Que, el literal j) del Artículo 8º del Estatuto de COFO- PRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, es- tablece como una de las funciones de su Presidencia, apro- bar Directivas que regulen el ejercicio de las competen- cias correspondientes a la formalización de la propiedad hasta el otorgamiento de los títulos respectivos, conforme a lo dispuesto por el literal d) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 803. Esas directivas regularán el ejercicio de las funciones y competencias descritas en el Artículo 5º del Estatuto y otras que le asignen las leyes y normas de menor jerarquía; Que, asimismo el Artículo 52º del precitado Estatuto, establece que las Directivas de carácter y/o aplicación general aprobados por COFOPRI, serán emitidas me- diante Resolución Ministerial del Ministro que ocupa la Presidencia de COFOPRI y serán debidamente publica- das; Estando a lo dispuesto por la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 803, su Texto Único Orde- nado aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, los Decretos Supremos Nº 014-98-MTC y Nº 013-99-MTC y la Resolución Ministerial Nº 474-99-MTC-15.01, ampliada en sus alcances por la Resolución Ministerial Nº 270-2000- JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorpórese el Artículo 8º a la Directi- va Nº 046-99-COFOPRI, "Normas Complementarias para la Formalización de la Propiedad en Centros Poblados", aprobada por Resolución Ministerial Nº 474-99-MTC, am- pliada en sus alcances por la Resolución Ministerial Nº 270- 2000-JUS, cuyo tenor literal es el siguiente: "Artículo 8º.- Cuando en los procesos de formalización de Centros Poblados, se identifiquen lotes destinados a fines religiosos, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 50º de la Constitución Política del Perú, éstos serán adju- dicados en propiedad, bastando para ello acreditar la po-