TEXTO PAGINA: 55
Pg. 228257 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de agosto de 2002 destinadas para este servicio se encuentran inoperati- vas, no se est cumpliendo actualmente con prestar ade- cuadamente este servicio a todo el distrito, siendo nece- sario y urgente la contratación de camiones recolectores de Baranda y/o Volquetes; Que, mediante Informe Nº 013-2002-DM/MDLV de fe- cha 2 de agosto del 2002, la Dirección Municipal, en base a los hechos descritos en el Informe de la Dirección de Servicios a la Ciudad y estando en grave riesgo la pres- tación de este servicio en necesario Declarar en Situa- ción de Urgencia el mismo, por el plazo de 60 días y pro- ceder a la contratación de camiones baranda hasta por un monto de 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos soles); Que, el Artículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM que aprueba el "Texto nico Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado" establece que, "Se considera situación de Urgencia cuando la ausencia ex- traordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales o de las operaciones pro- ductivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, segn sea el caso necesario llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, en tal orden, resulta necesario Declarar en Si- tuación de Urgencia por el plazo de 60 días el servicio de Limpieza Pblica a efectos que la administración adopte las medidas necesarias y urgentes para revertir la situa- ción descrita; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 172-02-OAJ/MDLV de fecha 5 de agosto del 2002 y de conformidad con el Texto nico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM y en uso de las facultades conferi- das en la Ley Orgnica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo, ACORDÓ: Artículo Primero.- Declarar en SITUACIÓN DE UR- GENCIA por un plazo de 60 días la contratación de Ca- miones Baranda para la prestación del Servicio de Reco- lección de Residuos Sólidos y disposición final de los mis- mos, en el distrito de La Victoria. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde, para que adopte las medidas necesarias para revertir y su- perar la situación existente, la autorización a que se contrae el presente artículo comprende los gastos que impliquen tales acciones hasta un monto de S/. 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos so- les) así como las afectaciones presupuestales en caso que sean necesarias. Artículo Tercero.- Encargar a la Unidad de Logística la Contratación mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía de los Servicios descritos en el presente Acuerdo, de conformidad con el Artículo 105º del D.S. Nº 013-01-PCM. Regístrese, comuníquese y cmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 14486 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Amplían alcances de Ordenanza mediante la cual se otorgó beneficio de amnistía tributaria y administrativa en el distrito ORDENANZA Nº 061-MDR Rímac, 08 de agosto del 2002LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: El Concejo Distrital del Rímac, en Sesión Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Econ. Gloria Jaramillo Aguilar, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Ipa- rraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, María Manuela Pintado de Tejada, Teó- filo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamn Lazo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Per, modificado por el Artículo nico de la Ley 27680, concordado con el Art. 2º de la Ley Orgnica de Municipalidades, señala que las Municipalidades Pro- vinciales, Distritales, son los órganos de Gobierno Local, que emanan de la Voluntad popular. Son per- sonas jurídicas de derecho pblico con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia; Que, mediante Ordenanza Nº 058-MDR de fecha 05 de julio del 2002, se otorgó en el distrito del Rímac el beneficio de Amnistía Tributaria y Administrativa, exo- nerndose del 50% del interés moratorio a las deudas por concepto de impuesto predial generadas hasta el 2do. trimestre del año 2002 inclusive; estableciéndose adems en el Distrito del Rímac un régimen temporal especial para el pago de arbitrios de Limpieza Pblica, Parques y Jardines y Serenazgo, de los años 1997, 1998, 1999, 2000 y 2001 reduciéndose al 50% la deu- da insoluta que tuvieran los contribuyentes, sin recar- gos por moras generadas, pudiendo ser cancelados sin moras los arbitrios correspondientes al 1er. y 2do. tri- mestre del año 2002 así como las deudas pendientes de pago por tasa a la licencia de funcionamiento; asi- mismo se otorgó la exoneración del 50% de las deu- das pendientes de pago por concepto de multas admi- nistrativas impuestas hasta el 30/06/02. Siendo efecti- vo tal beneficio sólo por pago al contado de la misma; exonerndose adems el 50% del monto insoluto y el pago de moras a los contribuyentes que tuvieran deu- das pendientes por concepto de multas tributarias im- puestas hasta el 30/06/02, sólo por pago al contado de la misma; Que, los beneficios detallados en la precitada Orde- nanza alcanzaron a las cobranzas que por los mismos conceptos se encontraban en la vía coactiva, exonerndo- se adems del pago de las costas y gastos procesales, siendo otorgado sólo por el pago total de la deuda al con- tado, quedando suspendidas las medidas de embargo durante la vigencia de dicha Ordenanza; en cuanto a los contribuyentes que mantengan convenios de fracciona- miento de deuda o pagos a cuenta con saldos pendien- tes a la fecha de la mencionada Ordenanza, cancelarn el saldo de los mismos sin intereses, no siendo sujeto de devolución o compensación en ningn caso si existiese un monto en exceso; Que, es necesario ampliar los alcances de la Orde- nanza Nº 058-MDR de fecha 05 de julio del 2002, a fin de dar al vecino rimense las facilidades del caso para que puedan cumplir con el pago oportuno de su deuda tribu- taria y administrativa; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto en la Ley Orgnica de Municipalidades Nº 23853 y con el voto Mayoritario de los miembros del Concejo y con dispensa del trmite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- AMPLIAR los alcances de la Ordenanza Nº 058-MDR de fecha 05 de julio del 2002 hasta el 30 de setiembre del 2002, por las razones