Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 228850

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

matica la debida implementacion del Sistema Informatico y a la Unidad de Comunicaciones, su debida difusion. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15201

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Declaran nulidad de procesos de seleccion de obras "Mantenimiento de la carretera de Tercer Orden Tramo Autisha-Chaclla" y "Construccion de Plaza de MORDAZA Chaclla - II Etapa"
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 98-2002-MDSA-PH San MORDAZA, 19 de agosto del 2002 VISTO El informe Nº 01-02 del Presidente del comite especial permanente de adjudicacion de fecha 16-08-02 y el informe Legal del Asesor Externo sobre evaluacion a los procesos de seleccion de las obras de "Mantenimiento de la Carretera de Tercer Orden Tramo Autisha - Chaclla" "Construccion de Plaza de MORDAZA Chaclla - II Etapa"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 020-2002MDSACH-PH de fecha 31 de enero de 2002 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el presente Ejercicio Fiscal, donde se encuentra prevista la ejecucion de las obras senaladas en el Visto; Que, en los procesos de seleccion de MORDAZA obras se ha incurrido en inobservancias a las normas legales sobre la materia contenidas en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM al no haber aprobado los expedientes tecnicos de obra, no contar con informe de disponibilidad presupuestal y fuente de financiamiento, no haber elaborado las bases ni proforma de contrato con arreglo a Ley ni aprobado mediante acto resolutivo, no haber contado con un calendario del MORDAZA de seleccion ni un Comite Especial constituido ni actuado bajo las condiciones previstas en la norma; en consecuencia, se ha vulnerado entre otros los Articulos 1º, 3º, 11º, 23º, 25º, de la Ley; Articulo 2º, Inc. 20 I 3º, 40, 41, 98, 117 del Reglamento; Que, los hechos mencionados en el considerando precedente al haber contravenido las normas legales y prescindiendo de las normas esenciales de procedimiento y de la forma prescrita por la normatividad aplicable constituyen causales de nulidad de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 57º de la Ley; por lo que, de acuerdo a lo normado por el Articulo 26º del Reglamento corresponde declarar su nulidad, lo que resulta concordante con el Articulo 202.2 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Estando a las consideraciones expuestas y uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 por la Ley Organica de Municipalidades y a lo normado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la nulidad de los Procesos de seleccion de las obras "Mantenimiento de la carretera de Tercer Orden Tramo Autisha - Chaclla" "Construccion de Plaza de MORDAZA Chaclla - II Etapa" y retrotraer los mismos al estado del requerimiento; y elaboracion y aprobacion del expediente tecnico, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para los fines de Ley. Articulo Tercero.- Disponer las acciones administrativas necesarias para la determinacion de responsabilidades por los hechos expuestos. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA ASCENSIO MORDAZA 15211

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA
Incorporan cuadro sobre canje de tarjeta de circulacion en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 008-2002/CM-MPH-M Matucana, 08 de agosto del 2002 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI MATUCANA POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de fecha 08 de agosto del 2002, ha aprobado en la fecha la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el D.S. Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, por tanto mediante Ordenanza pueden crear y modificar sus contribuciones, arbitrios y derechos conforme a Ley, dentro de su jurisdiccion; Que, segun lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica del Estado, en los Gobiernos Locales el Concejo Municipal cumple funcion normativa y lo ejerce, entre otros dispositivos, a traves de las Ordenanzas que tienen rango de ley conforme a lo normado en el numeral 4), Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru y la MORDAZA IV del Codigo Tributario; Que, en la Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 08 de agosto del 2002, se ha discutido acerca de incorporar en el MORDAZA el cuadro Nº 08.09 Canje de Tarjeta de Circulacion, proyectandose la Ordenanza correspondiente; Que, llevado a votacion dicho punto, la misma fue aprobada por mayoria; Que, estando a lo dispuesto por la Ley Nº 23853, con la dispensa del tramite de la lectura del Acta; SE APRUEBA LA SIGUIENTE ORDENANZA: Articulo Primero.- INCORPORAR EL CUADRO Nº 08.09 DEL AREA DE LA DIRECCION DE TRANSPORTES, CODIGO 01, DE LA ORDENANZA Nº 003-01-CMMPH-M, COMO SIGUE:
08.09 CANJE DE TARJETA DE Derecho por Canje de Tarjeta de CIRCULACION Circulacion 1. Solicitud. S/. 10.00 2. Devolucion de Tarjeta Original Anterior. 3. Adjuntar recibo de pago por derecho de Inscripcion de vehiculo en original. 4. Recibo de pago por canje de la tarjeta de circulacion.

Articulo Segundo.- ENCARGAR A LA DIRECCION DE TRANSPORTES, TESORERIA Y AREAS PERTINENTES EL FIEL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE RESOLUCION. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALSAVILCA CARHUAVILCA MORDAZA Provincial 15208

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.