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Pág. 228842 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de agosto de 2002 y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 29º del Estatuto y la Superintendencia Nacional de los Re- gístros Públicos, aprobado mediante D.S. Nº 004-95-JUS y la Resolución Nº 081-2001-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Exonerar del proceso de selec- ción correspondiente, la contratación de los servicios per- sonalísimos de la Dra. Gaby Rivera Gutiérrez, a fin de que se encargue de prestar el asesoramiento legal exter- no que requiere la Oficina Registral Grau. Artículo Segundo .- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración y Finanzas la contratación del servicio a que se refiere el artículo precedente, a través del Proceso de Ad- judicación de Menor Cuantía hasta por un valor total de S/ . 9,600.00 Nuevos Soles incluidos los impuestos de ley, teniendo como fuente de financiamiento los Recursos Di- rectamente Recaudados, por un plazo de 3 meses desde el mes de junio hasta el mes de agosto. Artículo Tercero .- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas remita copias de la presente Resolución Jefatural y los informes técnico y legal que la sustentan, a la Contralor ía General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE E. MONROY PALACIOS Jefe Registral Regional Región Grau 15212 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Declaran improcedente solicitud de transferencia de terreno ubicado en el distrito de Santa Rosa, formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima JEFATURA DE ADJUDICACIONES RESOLUCIÓN Nº 056-2002/SBN-GO-JAD La Molina, 7 de agosto de 2002 Visto el Expediente Nº 04189-97, por el cual la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima solicita la transferencia del predio de 1 200,00 m2, ubicado a la altura del Km. 39.800 de la carretera Panamericana Norte al final del asentamiento humano "Carlos Manuel Cox", distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, para su posterior adjudicación a don José Ibárcena Muñoz a fin de destinarlo a la construcción de un grifo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales, y Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, la Superintendencia de Bienes Nacionales, tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y es- tableciendo mecanismos para el registro, inscripción y fis- calización de los bienes de propiedad estatal; Que, el Artículo VII del Reglamento de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF señala que el Estado, a través de la Superintendencia de Bienes Nacionales, tiene la facultad de reservar la prioridad del uso y administración de un bien de propiedad estatal de libre disponibilidad, para atender necesidades presentes o futuras de interés local y/o nacional; Que, el predio de 1 200,00 m2, ubicado a la altura del Km. 39.800 de la carretera Panamericana Norte al finaldel asentamiento humano "Carlos Manuel Cox", distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, se encuentra inscrito a favor del Estado en la Partida Elec- trónica Nº 11343726 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, en virtud a la Resolución Nº 381-2001/SBN de fecha 12 de diciembre de 2001 y registrado en el Asiento Nº 10659 del Sistema de Información Nacional de Bie- nes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 626-2001-MML-DMDU, la Mu- nicipalidad Metropolitana de Lima, solicita la transferen- cia a su favor, del área de 1 200,00 m2, ubicada a la altura del Km. 39.800 de la carretera Panamericana Nor- te, al final del asentamiento humano "Carlos Manuel Cox", distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, para su posterior adjudicación a don José Ibárcena Mu- ñoz a fin de destinarlo a la construcción de un grifo, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 007-92-VC; Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 004-85- VC que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terre- nos Fiscales para fines Urbanos en Aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades, concordado con el Decreto Supremo Nº 048-2001-EF, dispone que las Municipalidades Provinciales podrán adjudicar a favor de terceros los terre- nos transferidos por el Estado a través de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, en casos de emergencia o con fines de inversión que generen ocupación o cumplan con fines sociales a favor de personas naturales o jurídi- cas que garanticen la ejecución de un proyecto determina- do; Que, el artículo 18º del Decreto Supremo Nº 004-85- VC, establece que las Municipalidades Provinciales po- drán vender directamente terrenos a favor de terceros a precio de tasación oficial, entre otros, en aquéllos casos de proyectos de inversión debidamente calificados y prio- rizados por los respectivos Sectores Públicos; supuesto en el cual no está incursa la solicitud formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, toda vez que se propone la construcción de un grifo, el cual no constituye un proyecto de inversión priorizado por Sector Público alguno; Que, con fecha 1 de marzo del 2002, se realizó una inspección técnica en dicho predio, encontrándose que el mismo se encuentra afectado por la Faja de Dominio de Vía de la Panamericana Norte y por la presencia de un ramal del tendido eléctrico de alta tensión y su zona de servidumbre; además, se determinó la existencia de un poste y un buzón del servicio telefónico ubicados en el in- terior del lote. Fuera del perímetro del terreno, aproximada- mente a 3,50 metros del mismo en dirección a la autopista Panamericana Norte, se ubicó un buzón del sistema de alcantarillado en funcionamiento, hasta el cual llega una tubería, que pasa por el terreno; Que, estando a lo expresado en el Informe Técnico - Legal Nº 034-2002/SBN-GO-JAD, de fecha 12 de marzo del 2002, emitido por la Jefatura de Adjudicaciones, no resulta atendible la solicitud de transferencia patrimonial formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el literal l) del artículo 41º de la Resolución Nº 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Resolución Nº 315- 2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Metro- politana de Lima de un área de 1 200,00 m2, ubicada a la altura del Km. 39.800 de la carretera Panamericana Nor- te al final del Asentamiento Humano "Carlos Manuel Cox", distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima: Regístrese, comuníquese y publíquese. YALU PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 15120