Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

Articulo Tercero.- Las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo anterior, se realizaran a traves de procesos de seleccion de adjudicacion de menor cuantia, los mismos que se encontraran a cargo de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Los contratos que se celebren como consecuencia de las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion, deberan observar las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado, su Reglamento y modificatorias, cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo que dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 15155

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Orcotuna, Nueva MORDAZA y La MORDAZA
RESOLUCION Nº 291-2002-JNE Expediente Nº 510-2002-Vacancia MORDAZA, 23 de agosto de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Orcotuna, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por las causales de ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin autorizacion e inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias de Concejo, previstas en los numerales 2) y 5) del articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, iniciado el 17 de junio de 2002 a solicitud de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de dicho Concejo Municipal, quien pide se convoque al respectivo suplente; CONSIDERANDO: Que el Concejo Distrital de Orcotuna declaro la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, mediante acuerdo adoptado en la Sesion Ordinaria Nº 006 celebrada el 26 de marzo de 2002, cuya acta obra en MORDAZA legalizada de fojas 37 a 42, contando para ello con el MORDAZA aprobatorio de cinco (5) de sus seis (6) miembros, en ejercicio de la atribucion contenida en los articulos 27º y 36º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, invocando como causales de vacancia las senaladas en los incisos 2) y 5) del articulo 26º de la ley acotada, referidos a la ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin autorizacion del Concejo e inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias, respectivamente; habiendose expedido, en identico sentido, el Acuerdo de Concejo Nº 003-2002-MDO de fecha 6 de MORDAZA de 2002, que corre a fojas 24; Que el acuerdo de vacancia se MORDAZA, en parte, en la supuesta ausencia de la localidad en que habria incurrido la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por mas de 30 dias, sin autorizacion del Concejo Municipal; no habiendose presentado prueba que sustente este extremo; unicamente se tiene a fojas 30 la certificacion de fecha 14 de junio de 2002 de la Secretaria General de la Municipalidad de Orcotuna en el sentido que a partir del 12 de noviembre de 2001 la Regidora en mencion no ha presentado mociones, petitorios, propuestas, proyectos de edictos, de-

cretos o resoluciones, asimismo, certifica que no ha presentado solicitud para ausentarse de la localidad; Que, del analisis de los autos, se colige que la causal establecida en el articulo 26º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 sobre inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo esta plenamente acreditada, pues se imputa a la referida Regidora haber inasistido sin justificacion a las Sesiones Ordinarias Nºs. 21, 22, 23 y 24 del ano 2001 realizadas con fechas 12 y 28 de noviembre y 11 y 19 de diciembre de 2001, asi como a las Sesiones Ordinarias Nºs. 001, 002, 003, 004 y 005 del ano 2002 celebradas los dias 10 y 28 de enero, 11 y 26 de febrero y 15 de marzo de 2002, e inclusive la Sesion Ordinaria Nº 006 del 26 de marzo de 2002 en que se declaro la vacancia de su cargo, ausencia que puede verificarse en las actas correspondientes que en el expediente obran en MORDAZA legalizada de fojas 44 a 68; Que, con los cargos de fojas 8 a 15, se demuestra que las citaciones a las sesiones ordinarias de fechas 28 de noviembre, 11 y 19 de diciembre de 2001, 10 y 28 de enero, 11 y 26 de febrero y 26 de marzo de 2002 fueron notificadas con la anticipacion debida al domicilio de la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, y recibidas por sus familiares directos; asimismo, tal como se registra en las actas de constatacion suscritas por el Juez de Paz del distrito, que obran de fojas 16 a 23, las citaciones a dichas sesiones ordinarias fueron oportunamente publicadas mediante cartel en la entrada del local municipal; Que se ha cumplido con notificar a la interesada con el Acuerdo de Concejo Nº 003-2002-MDO, a su domicilio, en diligencia efectuada el 31 de MORDAZA de 2002 por el Juez de Paz de la circunscripcion, y publicado en la sede municipal, conforme se aprecia en el cargo que obra a fojas 26 y las certificaciones de fojas 27 y 28, sin que la afectada MORDAZA interpuesto recurso de revision al respecto; Que, en consecuencia, al quedar firme el acuerdo de vacancia materia de autos, debe convocarse al suplente para completar el numero de regidores del Concejo Distrital de Orcotuna, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; sin embargo, al haberse agotado la Lista Independiente "Todos por Orcotuna" a la que pertenecia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, corresponde asumir el cargo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", por ser la lista que sigue en el orden del computo de sufragios, en aplicacion del articulo 8º de la Ley Nº 15265 y el articulo 172º del Reglamento Interno de este organo electoral aprobado por Resolucion Nº 064-A-94-JNE; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista del "Movimiento Independiente Vamos Vecino", para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Orcotuna, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999 2002; otorgandosele la credencial correspondiente. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 15194 RESOLUCION Nº 294-2002-JNE Expediente Nº 649-2002-Vacancia MORDAZA, 23 de agosto de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Nueva MORDAZA, pro-

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