Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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ten el ejercicio de la posesion directa, continua, pacifica y publica del lote por un plazo no menor de un (1) ano a la fecha del empadronamiento. 5. Que, del empadronamiento realizado en "el predio" el 28 de junio de 2000 (fojas 1), se verifico que existen dos viviendas dentro del lote, asimismo, se indica que una de ellas corresponde al ocupante del lote 3 y la otra a Yeni MORDAZA MORDAZA existiendo problemas por la posesion del terreno. De otro lado se verifico el 3 de noviembre de 2000 el litigio existente entre la recurrente y MORDAZA Villodas. 6. Que, Yeni MORDAZA MORDAZA, a efectos de acreditar el ejercicio de su posesion en "el predio" ha adjuntado los siguientes documentos: MORDAZA de la MORDAZA de posesion emitida por la junta directiva del 15 de marzo de 2000, donde consta la direccion de el predio (fojas 13), MORDAZA de la hoja del padron de moradores del asentamiento humano donde constan el nombre del recurrente y como direccion del lote 11 de la manzana 46C (fojas 64), MORDAZA del certificado de posesion emitido por la Junta Directiva del asentamiento Humano del 1 de marzo de 2002, en favor del recurrente (fojas 65), coligiendose que la posesion de la recurrente, se inicia meses MORDAZA de la verificacion efectuada el 28 de junio de 2000, conforme obra en la ficha de empadronamiento (fojas 1). 7. Que, lo alegado por Yeni MORDAZA MORDAZA respecto a que ejerce la posesion en el lote desde 1996, se debe precisar que el documento a que se refiere lo realiza la propia recurrente y esta referido a otro lote distinto de "el predio". Cabe senalar que el documento carece de la firma y sello del receptor por lo tanto no se puede presumir que lo solicitado fue atendido por la junta directiva. En tal sentido solo cuenta con documentos que demuestran su posesion con fecha posterior al empadronamiento. 8. Que, al no haber acreditado el recurrente el cumplimiento de los requisitos mencionados en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, resulta improcedente la adjudicacion de "el predio" en favor de Yeni MORDAZA Vargas. De conformidad con las normas MORDAZA citadas y el articulo 15º del Reglamento de Normas; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolucion de la Gerencia de Titulacion Nº 144-2002-COFOPRI/GT del 31 de enero de 2002, por los fundamentos expuestos en la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA FERRER MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZAR GINOCCHIO Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Suplente del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 15128

2. Es responsabilidad del Gerente General y de los Directores de las empresas bajo el ambito de FONAFE dar cumplimiento al presente Acuerdo. 3. Encargar a la Direccion Ejecutiva la publicacion del presente Acuerdo. 4. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion previa del Acta. 15153

INDECOPI
Aprueban modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 023-2002-INDECOPI/GEG MORDAZA, 19 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 002-2002-INDECOPI/ GEG de la Gerencia General se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI para el ano 2002; Que, en el mencionado Plan se programo llevar a cabo la adquisicion de un multimetro digital y la adquisicion de un calibrador AC/DC, asi como los procesos de seleccion para la contratacion de consultoria para la realizacion de cursos sobre Guias IAF/ILAC y KPI; Guias ISO 58, 61, 17010, y 17011; MORDAZA ISO 17025; Guias ISO 62, 65 y la adquisicion de material de difusion; procesos que deben ser excluidos del Plan Anual del presente ejercicio, segun lo senalado en el Memorandum Nº 145-2002/CRI; Que, mediante Memorandum Nº 227-2002/GAD se ha justificado la inclusion de diversos procesos de seleccion mediante la modalidad de adjudicacion directa selectiva, los mismos que seran convocados en el presente ejercicio; Que, consecuentemente y de conformidad a lo senalado en el articulo 8º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion en el Plan Anual se deben autorizar por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; En uso de las facultades que confiere el inciso d) del Articulo 42º del Decreto Ley Nº 25868; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI correspondiente al ejercicio 2002 que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La Gerencia de Administracion y Sistemas debera poner en conocimiento del Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y de la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME la presente resolucion, dentro de los diez dias habiles siguientes a su expedicion. Articulo Tercero.- El Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del INDECOPI para el ano 2002 se encuentra a disposicion del publico en general en el MORDAZA del INDECOPI: www.indecopi.gob.pe o en el Area de Logistica y Control Patrimonial ubicada en la sede central del INDECOPI, MORDAZA La Prosa Nº 138, San MORDAZA, donde podran adquirirlo pagando la tasa correspondiente al costo de su reproduccion. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General

FONAFE
Prohibicion de pago de dietas para miembros del directorio de empresas bajo el ambito del FONAFE que se desempenen como viceministros o secretarios generales de algun Ministerio
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 004-2002/011-FONAFE 1. Las empresas bajo el ambito de FONAFE no podran pagar dietas por asistencia a las sesiones a los miembros del Directorio que desempenen los cargos de Viceministro o Secretario General de algun Ministerio.

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