Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia de miembro de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial que opera en la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 106-2002-INDECOPI/DIR MORDAZA, 20 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que la senora MORDAZA MORDAZA Figallo ha presentado renuncia al cargo de miembro de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial del Indecopi que opera en la Camara de Comercio y Produccion de Piura; Que la referida renuncia ha sido aceptada por el Directorio de la Institucion; y, De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por la senora MORDAZA MORDAZA Figallo al cargo de miembro de la Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial que opera en la Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TASAYCO Presidente del Directorio 15192

Memorandum Nº 157-2002-GAD-Log de fecha 20.08.2002; y, De conformidad con el inciso e) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar de la Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion del servicio de publicacion de anuncios en Directorio Telefonico, cuyo valor referencial asciende a S/. 24 000.00 (Veinticuatro mil con 00/100 nuevos soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, autorizando la contratacion mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TASAYCO Presidente del Directorio 15193

OFICINAS REGISTRALES REGIONALES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios personalisimos de profesional para la prestacion de asesoria legal externa a la Oficina Registral Grau
RESOLUCION JEFATURAL Nº 112-2002-ORG-JEF Piura. 28 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Informe Nº 01-2002/ORG-GAF expedido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, de fecha 22-05-2002 y el Informe Nº 012-2002/ORG-GL expedido por la Gerencia Legal, de fecha 27-05-2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Oficina Registral Grau, es un organo publico desconcentrado de la SUNARP, con autonomia registral, administrativa y economica, conformante del Sistema Nacional de los Registros Publicos, creado por Ley Nº 26366; Que, en virtud a lo dispuesto por el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la contratacion de servicios personalisimos estan exonerados de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, cuando para la contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, mediante los informes vistos se ha acreditado las caracteristicas y habilidades del locador de manera objetiva, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que en tal sentido la persona natural a contratar tiene la calidad profesional especializada en temas relacionados con los procesos judiciales en los cuales la Oficina Registral Grau y sus trabajadores actuan como parte procesal; Que la exoneracion debe formalizarse mediante Resolucion Jefatural expedida por el Jefe de la Oficina Registral Grau (conforme lo establece el Articulo 20º del Decreto SUpremo Nº 012-2001-PCM) y debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision en virtud a lo dispuesto por el Articulo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Por lo que de conformidad con el inciso a) del Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM

Autorizan contratacion del servicio de publicacion de anuncios en Directorio Telefonico mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 108-2002-INDECOPI/DIR MORDAZA, 21 de agosto del 2002 CONSIDERANDO: Que, el INDECOPI dentro de su Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el presente ejercicio ha previsto llevar a cabo la contratacion del servicio de publicacion de anuncios en un directorio telefonico mediante la modalidad de Adjudicacion Directa Selectiva; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, es posible contratar servicios o adquirir bienes, con exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo; Que, mediante el Memorandum Nº 157-2002/GAD-Log el Area de Logistica y Control Patrimonial da cuenta de que una unica empresa brinda el servicio de publicacion de Anuncios en el Directorio Telefonico de Paginas Amarillas. Adicionalmente, la Gerencia Legal mediante Informe Nº 031-2002/GEL, concluye en la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion y recomienda la contratacion mediante una adjudicacion de menor cuantia; Que, no existiendo otros proveedores que oferten los referidos servicios no resulta viable llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, por lo que conforme a lo establecido en el articulo 19º inciso f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente aprobar la exoneracion de dicho MORDAZA y consecuentemente autorizar la contratacion del servicio mediante el procedimiento de adjudicacion de menor cuantia, en cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 20º de la MORDAZA glosada; Estando a lo expresado por la Gerencia Legal y el Area de Logistica y Control Patrimonial del INDECOPI en el Informe Nº 031-2002-GEL de fecha 21.08.2002 y

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