Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2002 (25/08/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 25 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 228843

Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en las provincias de MORDAZA, Canete y MORDAZA
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 125-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 12 de agosto de 2002 Visto el Expediente Nº 044-2002/SBN-JAR correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 6 354 106,57 m², ubicado a la margen izquierda del Rio MORDAZA en el lugar denominado "La Cantuta", "Quebrada La Ronda" y el "Potrero El Carrizal", entre el kilometro 34.0 y kilometro 38.5 de la carretera Central, en la localidad de Chosica, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante inspeccion tecnica realizada con fecha 16 de enero del 2002, se identifico un terreno eriazo con topografia predominantemente en pendiente y plana de 6 354 106,57 m², ubicado a la margen izquierda del Rio MORDAZA en el lugar denominado "La Cantuta", "Quebrada La Ronda" y el "Potrero El Carrizal", entre el kilometro 34.0 y kilometro 38.5 de la carretera Central, en la localidad de Chosica, provincia y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno de 6 354 106,57 m², descrito en el considerando precedente, de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN; Que, segun Certificado de Busqueda Catastral, de fecha 14 de febrero del ano en curso, el Registro Predial MORDAZA senala que de conformidad con el Informe Tecnico Nº 1142-2002-GR-OC-LIMA, de fecha 13 de febrero del 2002, el area de terreno de 6 647 289,24 m², que comprende el predio MORDAZA descrito, no se encuentra dentro de su jurisdiccion y tampoco se superpone con ningun perimetrico registrado en su base cartografica digital; Que, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, mediante Oficio Nº 1154-2002ORLC/GPI, de fecha 27 de MORDAZA del ano en curso, senala que de conformidad con el Informe Tecnico Nº 23212002-ORLC-GPI-SCAT emitido por la Sub Gerencia de Catastro, del 15 de MORDAZA del 2002, el terreno sub materia, se ubica en MORDAZA donde no se observa inscripcion; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi como tambien, a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 241-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 2 de agosto del 2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 6 354 106,57 m²,

ubicado a la margen izquierda del Rio MORDAZA en el lugar denominado "La Cantuta", "Quebrada La Ronda" y el "Potrero El Carrizal", entre el kilometro 34.0 y kilometro 38.5 de la carretera Central, en la localidad de Chosica, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 15135 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 126-2002/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 13 de agosto de 2002 Visto el Expediente Nº 059-2002/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 33 925,88 m², ubicado a la altura del Kilometro 80 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, mediante inspeccion tecnica realizada con fecha 19 de MORDAZA de 2002, se identifico un terreno eriazo ribereno, de 33 925,88 m², de relieve accidentado y en pendiente, que se encuentra en la actualidad libre de edificaciones, ubicado a la altura del Kilometro 80 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima; Que, el inciso iv) del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, senala que los terrenos eriazos o riberenos son bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio del terreno sub materia de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y Directiva Nº 001-2002/SBN que regula el tramite de inscripcion de la Primera de Dominio de predios a favor del Estado aprobada por Resolucion Nº 0112002/SBN; Que, mediante Oficio Nº 2153-2002/ORLC-CAN de fecha 02 de agosto de 2002 la Oficina Registral de Canete, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 3087-2002-ORLC-GPISCAT emitido por la Sub Gerencia de Catastro, informa que el area de 33 925,88 m² se encuentra en una MORDAZA en la cual no se observa inscripcion; Que, con Certificado Catastral de fecha 07 de junio de 2002, el Registro Predial MORDAZA, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0179-2002/GR-OC-CANETE, del 03 de junio de 2002, emitido por la Oficina de Catastro, informa que el terreno se encuentra dentro de una MORDAZA en la cual no se aprecian predios registrados; Que, los incisos h) y s) del Articulo 39º de la Resolucion de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a identificar los terrenos eriazos con la finalidad de incorporarlos al dominio del Estado, asi

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.