Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2002 (26/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 26 de agosto de 2002

cacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 462 de fecha 12 de diciembre de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a los siguientes Sitios y Zonas Arqueologicas ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima: - Sitio Arqueologico "Mahamaes - Puerto Viejo 1", con codigo 26j3I01. - Sitio Arqueologico "Mahamaes - Puerto Viejo 2", con codigo 26j3I02. - MORDAZA Arqueologica "Cerro La Capilla - Puerto Viejo", con codigo 26j4I01. - MORDAZA Arqueologica "Cementerio Puerto Viejo", con codigo 26j4102. - MORDAZA Arqueologica "Cerro El Quemao - La Cangana", con codigo 26j5j06. - MORDAZA Arqueologica "Bajadera", con codigo 26j5j04. - MORDAZA Arqueologica "Cerro El Quemao" (Sectores A, B y C), con codigo 26j6j01. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA del Patron", (Sectores A y B), con codigo 26j5k09. - MORDAZA Arqueologica "Cementerio San Antonio", con codigo 26j5k10. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 1" (Sectores A, B, C y D), con codigo 26j5k11. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 2" (Sectores A, B, C, D, E y F), con codigo 26j5k12. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 3", con codigo 26j5j02. - MORDAZA Arqueologica "Esquivilca" (Sectores A, B, C y D), con codigo 26j5k13. - MORDAZA Arqueologica "La Laguna", con codigo 26j6k04. Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios y Zonas Arqueologicas, ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de Lima: - Sitio Arqueologico "Mahamaes - Puerto Viejo 1", con codigo 26j3I01. - Sitio Arqueologico "Mahamaes - Puerto Viejo 2", con codigo 26j3I02. - MORDAZA Arqueologica "Cerro La Capilla - Puerto Viejo", con codigo 26j4I01. - MORDAZA Arqueologica "Cementerio Puerto Viejo", con codigo 26j4102. - MORDAZA Arqueologica "Cerro El Quemao - La Cangana", con codigo 26j5j06. - MORDAZA Arqueologica "Bajadera", con codigo 26j5j04. - MORDAZA Arqueologica "Cerro El Quemao" (Sectores A, B y C), con codigo 26j6j01. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA del Patron", (Sectores A y B), con codigo 26j5k09. - MORDAZA Arqueologica "Cementerio San Antonio", con codigo 26j5k10. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 1" (Sectores A, B, C y D), con codigo 26j5k11. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 2" (Sectores A, B, C, D, E y F), con codigo 26j5k12. - MORDAZA Arqueologica "Cerro MORDAZA Senalada 3", con codigo 26j5j02. - MORDAZA Arqueologica "Esquivilca" (Sectores A, B, C y D), con codigo 26j5k13.

- MORDAZA Arqueologica "La Laguna", con codigo 26j6k04. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los Sitios y Zonas Arqueologicas MORDAZA mencionadas con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios y Zonas Arqueologicas mencionadas en el Articulo 1º de la presente Resolucion, una vez elaborados sus Planos de Delimitacion con las respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios y Zonas Arqueologicas declaradas "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 15170

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Autorizan a personas naturales ejercer cargo de martillero publico a nivel nacional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1258-2002-ORLC/JE MORDAZA, 21 de agosto de 2002 Visto, el expediente organizado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAZMELA, sobre obtencion del titulo de Martillero Publico a nivel nacional y el Informe Nº 009-2002ORLC/GBM-RM del 19 de agosto del 2002 emitido por la Gerencia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO: Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Publicos; con el Articulo 6º inciso 3) de la Ley Nº 27728; con el articulo 116º del Codigo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y con el Reglamento de Martilleros Publicos, aprobado por Resolucion Suprema del 27 de MORDAZA de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeno del cargo de Martillero Publico a nivel nacional, segun se desprende de la documentacion que acompana su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolucion Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolucion Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las modalidades de garantia que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Publico, el recurrente ha optado por otorgar garantia efectiva a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao hasta por Una y Media Unidad Impositiva Tributaria (UIT), mediante deposito administrativo Nº 002173518 del Banco de la Nacion; Que, de conformidad con los articulos 3º y 6º de la Resolucion MORDAZA indicada, al inicio de cada semestre los Martilleros Publicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantia constituida a favor de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 86º inciso r) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 139-2002JUS; el Articulo 32º inciso p) el Estatuto de la SUNARP aprobado por la Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS y el D.S. Nº 011-2002-JUS por el que se aprueba el Texto Unico de

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