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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (26/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 115

TEXTO PAGINA: 109

Pág. 228959Pág. 228959Pág. 228959Pág. 228959Pág. 228959 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, lunes 26 de agosto de 2002 que ejerza sus funciones durante el segundo semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el artículo 116º del Có- digo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicosde la Oficina Registral Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese.C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 15164 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1260-2002-ORLC/JE Lima, 21 de agosto de 2002Visto, el expediente organizado por don WILLIAM FAR- FÁN RODRÍGUEZ, sobre obtención del título de MartilleroPúblico a nivel nacional y el Informe Nº 011-2002-ORLC/ GBM-RM del 19 de agosto del 2002 emitido por la Geren- cia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO:Que, el interesado ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos; con el Artículo 6º inciso 3) de la Ley Nº27728; con el artículo 116º del Código de Comercio, modi- ficado por el Decreto Ley Nº 18948 y con el Reglamento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Público a nivelnacional, según se desprende de la documentación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu- ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolu- ción Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las mo-dalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha op- tado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina Re- gistral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unidad Im- positiva Tributaria (UIT), mediante depósito administrativoNº 002140060 del Banco de la Nación; Que, de conformidad con los artículos 3º y 6º de la Re- solución antes indicada, al inicio de cada semestre los Mar- tilleros Públicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantía constitui-da a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 86º inciso r) del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP , aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002- JUS; el Artículo 32º inciso p) el Estatuto de la SUNARP apro-bado por la Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS y el D.S. Nº 011-2002-JUS por el que se aprueba el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Regis- tros Públicos y lo dispuesto por el Artículo primero de la Reso- lución del Superintendente Nacional de los Registros PúblicosNº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a don WILLIAM FARFÁN RODRÍGUEZ, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacional, con sujeción a las leyes y disposiciones vi- gentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a don WILLIAM FARFÁN RODRÍGUEZ, la habilitación correspondiente, a fin de que ejerzasus funciones durante el segundo semestre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el artículo 116º del Có- digo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicosde la Oficina Registral Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese.C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 15171Procedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos y lo dispuesto por el Artículo primero de la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96-SUNARP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a don CARLOS ERNES- TO PIEDRA MAZMELA, para ejercer el cargo de Martillero Público a nivel nacional, con sujeción a las leyes y disposi- ciones vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a don CARLOS ERNES- TO PIEDRA MAZMELA, la habilitación correspondiente, a fin de que ejerza sus funciones durante el segundo semes- tre del año 2002. Artículo Tercero.- La presente Resolución constituye el título respectivo al que se refiere el artículo 116º del Có- digo de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948, debiendo anotarse en el Registro de Martilleros Públicos de la Oficina Registral Lima y Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. C. HERNÁN MARTÍNEZ QUIÑONES Jefe de la Oficina Registral de Lima y Callao 15168 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1259-2002-ORLC/JE Lima, 21 de agosto de 2002Visto, el expediente organizado por doña MARÍA GLA- DYS ROJAS TAMAYO, sobre obtención del título de Marti- llero Público a nivel nacional y el Informe Nº 010-2002- ORLC/GBM-RM del 19 de agosto del 2002 emitido por laGerencia de Bienes Muebles; y, CONSIDERANDO:Que, la interesada ha cumplido con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 011-2002-JUS, Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos; con el inciso 3) del Artículo 6º de la Ley Nº 27728; con el artículo 116º del Código de Comercio, modificado por el Decreto Ley Nº 18948 y con el Regla-mento de Martilleros Públicos, aprobado por Resolución Suprema del 27 de mayo de 1914, reuniendo los requisitos necesarios para el desempeño del cargo de Martillero Pú- blico a nivel nacional, según se desprende de la documen- tación que acompaña su pedido; Que, asimismo, de acuerdo a lo regulado por la Resolu- ción Suprema Nº 008-90-ICTI/CO, modificada por Resolu- ción Suprema Nº 010-92-ICTI/DM, que establece las mo- dalidades de garantía que deben prestar los que deseen ejercer el cargo de Martillero Público, el recurrente ha op-tado por otorgar garantía efectiva a favor de la Oficina Re- gistral de Lima y Callao hasta por Una y Media Unidad Im- positiva Tributaria (UIT), mediante depósito administrativo Nº 002181148 del Banco de la Nación; Que, de conformidad con los artículos 3º y 6º de la Re- solución antes indicada, al inicio de cada semestre los Mar- tilleros Públicos que desean continuar ejerciendo el cargo, se encuentran obligados a actualizar la garantía constitui- da a favor de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Artí- culo 86º inciso r) del Reglamento de Organización y Fun- ciones de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS; el Artículo 32º inciso p) el Estatuto de la SUNARP aprobado por la Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS y el D.S. Nº 011-2002-JUS por el que se aprue-ba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Sistema Nacional de los Registros Públicos y lo dispuesto por el Artículo primero de la Resolución del Superinten- dente Nacional de los Registros Públicos Nº 131-96- SUNARP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a doña MARÍA GLADYS ROJAS TAMAYO, para ejercer el cargo de Martillero Públi- co a nivel nacional, con sujeción a las leyes y disposicio- nes vigentes sobre la materia. Artículo Segundo.- Conceder a doña MARÍA GLADYS ROJAS TAMAYO, la habilitación correspondiente, a fin de