Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

Pág. 234914 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de diciembre de 2002 DIRECTIVA Nº 009-2002-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO DE APERTURA DE LAS ENTIDADES DE TRATAMIENTO EMPRESARIAL, EMPRESAS MUNICIPALES Y ORGANISMOS PÚBLICOS DESCENTRALIZADOS DE LOS GOBIERNOS LOCALES PARA EL AÑO FISCAL 2003 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Objetivo Artículo 1º.- Establecer los lineamientos técnicos y procedimientos necesarios que orienten el proceso de Apro- bación del Presupuesto Institucional de las Entidades de Tratamiento Empresarial, Empresas Municipales y Organis- mos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2003. Ámbito de aplicación Artículo 2º.- La presente Directiva es de aplicación a las Entidades de Tratamiento Empresarial, Empresas Muni- cipales y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2003, según la relación que se detalla en el Anexo A "Entidades bajo el ámbito de la Dirección Nacional del Presupuesto Público", que forma parte de la presente Directiva. Base Legal Artículo 3º.- La aplicación de la presente norma se sujeta a lo prescrito por el siguiente marco legal: -Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. -Directiva Nº 005-2002-EF/76.01 "Directiva de Programación de los Presupuestos de las Entidades Regulado- ras Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servi- cios para el año fiscal 2003" -Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y normas complementa- rias. -Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y su modificatoria Resolución Viceministerial Nº 108-2000-EF/13. -Ley Nº 24948 - Ley de la Actividad Empresarial del Estado. -Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. -Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003. Computo de Plazos Artículo 4º .- Para efecto del cómputo de los plazos establecidos en días por la normatividad presupuestaria, éstos se entienden como días naturales. En caso, que el último día del plazo coincida con un día no laborable, se entiende el plazo prorrogado al día hábil inmediato siguiente. Carácter Indispensable Artículo 5º .- La Aprobación del Presupuesto es parte del proceso presupuestario cuyo carácter es indispensa- ble para la Entidad, en razón a ello se sujeta a los plazos de aprobación y presentación señalados en la presente directiva. Referencia Genérica Artículo 6º .- Para efectos de la presente Directiva, se utilizará la denominación genérica "Entidad ", para hacer referencia a las Entidades de Tratamiento Empresarial, Empresas Municipales y Organismos Públicos Descentraliza- dos de los Gobiernos Locales que se encuentran comprendidas en el Anexo A señalado en el artículo 2º de la presente Directiva. Definiciones Básicas Artículo 7º .- A efectos de establecer criterios unificados en la etapa de Aprobación del Presupuesto Institucional 2003, las Entidades toman en cuenta las definiciones establecidas en el Anexo B. Supuestos Macroeconómicos Artículo 8º.- Las Entidades deben tener en cuenta los supuestos macroeconómicos que ha considerado la Ley Anual de Presupuesto 2003 y que se detallan en el Anexo C "Supuestos Macroeconómicos".