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Pág. 234982 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de diciembre de 2002 los activos y pasivos. El Informe Final será elaborado por cada Presidente del Consejo Transitorio de Administración Regional en tres (3) originales, que se distribuirán de la siguiente manera: a. Un primer original será remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros, acompañado de copia fedateada de la referida documentación e información. b. Un segundo original será remitido al Consejo Nacio- nal de Descentralización, acompañado de copia fedateada de la referida documentación e información. c. Un tercer original, conjuntamente con la documenta- ción e información original que lo sustenta, a los repre- sentantes de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Consejo Nacional de Descentralización que se encarga- rán de entregarlo el 1 de enero de 2003, al Presidente del Gobierno Regional mediante el "Acta de Transferencia de Activos y Pasivos". 5.4 El contenido del Informe Final será trasladado al Acta cuyo modelo obra en el Anexo que forma parte de la presen- te Directiva. Dichas Actas serán elaboradas por los Comi- tés de Transferencia de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional, con la participación de los miembros designados por los Presidentes Regionales proclamados que se encuentren incorporados en dichos Comités. 5.5 Copia fedateada de las Actas debidamente firma- das por los Secretarios Técnicos de los Consejos Transito- rios de Administración Regional y, de ser el caso, por uno o más miembros designados por los Presidentes Regiona- les proclamados que se encuentren incorporados en los Comités de Transferencia, se remitirán a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Consejo Nacional de Descentrali- zación, en un plazo que no excederá del 27 de diciembre de 2002. 5.6 El Consejo Nacional de Descentralización en coordi- nación con la Presidencia del Consejo de Ministros elabo- rarán hasta el 30 de diciembre de 2002 las "Actas de Transferencia de Activos y Pasivos", sobre la base de las Actas a que se refieren los numerales 5.4 y 5.5 que ante- ceden, cuyo modelo en Anexo forma parte de la presente Resolución. 5.7 El 30 de diciembre de 2002, la Presidencia del Consejo de Ministros y el Consejo Nacional de Descen- tralización, deberán tener acreditados a sus represen- tantes en cada región del país que se encargarán de recibir, a más tardar el 31 de diciembre de 2002, de cada Presidente de los Consejos Transitorios de Administra- ción Regional los Informes Finales conteniendo la documentación e información original, que comprende los inventarios y registros de los activos y pasivos, que deberán entregar el 1 de enero de 2003, a los Presiden- tes de los Gobiernos Regionales con el "Acta de Transfe- rencia de Activos y Pasivos". 5.8 El 31 de diciembre de 2002 las "Actas de Trans- ferencia de Activos y Pasivos", elaboradas por la Presi- dencia de Consejo de Ministros y por el Consejo Nacional de Descentralización, deberán encontrarse a disposición de sus representantes acreditados de conformidad con el numeral 5.7 anterior. 5.9 El 1 de enero de año 2003, los representantes de la Presidencia de Consejo de Ministros y del Consejo Nacio- nal de Descentralización, y los Presidentes de los Gobier- nos Regionales luego de juramentados en sus respectivos cargos, suscribirán las "Actas de Transferencia de Activos y Pasivos" dando por concluida la transferencia y recepción de activos y pasivos de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional a los Gobiernos Regionales a que se refiere el numeral (i) de la Primera Etapa contenida en la Segunda Disposición Transitoria de la Ley de Bases de la Descentralización. 6. RESPONSABILIDADES Los actos u omisiones que impidan o entorpezcan el proceso de transferencia, o el incumplimiento de las disposiciones de la presente Directiva, serán puestos en conocimiento de la Contraloría General de la Repú- blica y del Ministerio Público para la determinación de las responsabilidades y sanciones a que hubiere lugar. 21908FONAFE Designan miembro del Directorio de la Empresa Transportes Aéreos Naciona- les Selva S.A. - TANS ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 015-2002/019-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designación de los Directo- res de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accio- nistas. Que, habiéndose aceptado la renuncia presentada por el señor Edwin González Muñiz al cargo de miembro del Directorio de la Empresa de Transportes Aéreos Nacionales Selva S.A., y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 015-2002/019-FONAFE, de fecha 10 de di- ciembre de 2002, se designó al señor Franklin Ramiro Sa- las Bravo como miembro del Directorio de la referida Em- presa. 21906 Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A. - EGEMSA ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 016-2002/019-FONAFE Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la renuncia de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito de FONAFE, deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Por tanto, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 016-2002/019-FONAFE, de fecha 10 de diciembre de 2002 se acepta la renuncia presentada por el señor Juan Pablo Bautista Ríos al cargo de miembro del Directorio de la Empresa de Generación Eléctrica Machu- picchu S.A. - EGEMSA, y se agradece los servicios pres- tados a dicha Empresa. 21907 INPE Autorizan contratar servicios de la Avia- ción Policial de la PNP para el traslado de internos RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 952-2002-INPE/P Lima, 3 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Nº 038-2002-INPE/09 de fecha 29 de noviembre del 2002, de la Oficina General de Seguridad; y el Informe Legal Nº 0383-2002-INPE/07 de fecha 29 de noviembre del 2002, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.