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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (12/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 234988 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de diciembre de 2002 misma que cuenta con obras ejecutadas, con anterioridad según consta en la documentación obrante en autos; Que, mediante el Informe Nº 120-2001-MML-DMDU- DHU-DSD de fecha 5 de setiembre del 2001, Informe Nº 163-2001-MML-PROLIMA-DE-DRIPRUS-AVP de fecha 25 de mayo del 2001, Informe Nº 247-2001-MML-DMDU- DHU-AL de fecha 6 de agosto del 2001, Oficio Nº 621-2001- MML-PROLIMA-DE de fecha 30 de mayo del 2001, Infor- me Nº 010-2002-MML-DMDU-DHU-DSD de fecha 25 de febrero del 2002, emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, y proveído Nº 3293 de fecha 22 de agosto del 2002 de la Dirección Municipal, opinan por la procedencia del trámite solicitado; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edic- to Metropolitano Nº 021, el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivisión Sin Cambio de Uso y Sin Obras Complementarias en vía de regularización del terreno de UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (1,440.00 m2) el mis- mo que se encuentra ubicado en el distrito de Lima Cerca- do, provincia y departamento de Lima. La subdivisión que se autoriza se conforma de la si- guiente manera: - SUBLOTE Nº 1 con un área de 907.93 m2 (Nove- cientos siete metros cuadrados con noventa y tres decí- metros cuadrados). - SUBLOTE Nº 2 con un área de 155.06 m2 (Ciento cincuenta y cinco metros cuadrados con seis decímetros cuadrados). - ÁREA DE CIRCULACIÓN Y VÍA PÚBLICA, con un área de 377.01 m2 (Trescientos setenta y siete metros cua- drados con un decímetro cuadrado), según consta del Pla- no Catastral. Las características de los sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 06-2002-MML-DMDU-DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR la inscripción ante la Ofi- cina Registral de Lima y Callao del Sublote 1 y Sublote 2, y el área de circulación y vía pública, así como autorizar la libre venta de dichos sublotes resultantes. Además la presente Re- solución sólo aprueba la Subdivisión de Inmueble de 1,440.00 m2 y no convalida las edificaciones existentes. Las que están sujetas a las Normas Edilicias del Centro Histórico de Lima. Artículo Tercero.- DISPONER que los propietarios están obligados a insertar en los Contratos de Venta que celebren, una cláusula que establezca la indivisibilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estará a cargo de los interesados, debiendo efectuar- se en un plazo máximo de 30 días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscrip- ción correspondiente, al Instituto Catastral Informático de Lima (ICIL), al Instituto Nacional de Cultura (INC), a la Di- rección de Autorizaciones Urbanas (DAU) y a la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CÁCERES VALENCIA Directora Dirección de Habilitaciones Urbanas Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 21827 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Sancionan con destitución a ex Jefe de la Unidad de Tesorería de la municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 898-2002 Jesús María, 15 de agosto de 2002LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Vistos, la Resolución de Alcaldía Nº 766-2002 del 3 de julio del 2002 que instaura Proceso Administrativo Dis- ciplinario al Sr. Eduardo Salinas Coronado, ex Jefe de la Unidad de Tesorería e Informe Final de la Comisión Es- pecial de Procesos Administrativos Disciplinarios cons- tituida mediante Resolución de Alcaldía Nº 479-2002 de fecha 6 de mayo del 2002, que modifica la Resolución de Alcaldía Nº 301-2001/MJM de fecha 27 de diciembre del 2001; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 479-2002 de fecha 6 de mayo del 2002, que modifica la Resolución de Alcaldía Nº 301-2001/MJM de fecha 27 de diciembre del 2001, se constituye la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, encargada de calificar las denuncias sobre las presuntas faltas disciplinarias cometi- das por los funcionarios comprendidos en la Hoja Informa- tiva Nº 003-2001-OAI/MJM emitido por la Oficina de Audi- toría Interna; y de pronunciarse sobre la procedencia de abrir Proceso Administrativo Disciplinario conforme lo es- tablece el artículo 166º del Reglamento del Decreto Legis- lativo Nº 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; Que, con Hoja Informativa Nº 003-2001-OAI/MJM, la Oficina de Auditoría Interna señala en el punto II Observa- ciones, Ítem 1, que como resultado a la revisión efectuada a los documentos proporcionados por la Unidad de Teso- rería y Contabilidad se establece la falta de documenta- ción que sustente el egreso de efectivo por S/. 361,229.48, el mismo que no ha sido desvirtuado por el ex Jefe de la Unidad de Tesorería Sr. Eduardo Salinas Coronado, ha- biéndose originado las deficiencias descritas en la falta de diligencia en el cumplimiento de sus deberes y funciones y falta de conciliación de saldo con el Área de Contabilidad, así como la carencia de monitoreo con la Dirección de Administración; Que, el Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Na- cional de Control señala en su artículo 16º inciso f) que los informes y/o dictámenes resultado de una acción de control emitidos por cualquier órgano del sistema constituyen prueba pre constituida para la iniciación de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 766-2002 de fecha 3 de julio del 2002 se instauró proceso administrativo al ex Jefe de la Unidad de Tesorería - Sr. Eduardo Salinas Coronado por supuestas faltas de carácter disciplinario contempladas en los incisos d) y f) del artículo 28º del De- creto Legislativo Nº 276 al haber incumplido con sus obli- gaciones contempladas en el artículo 21º del mismo cuer- po legal; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios, en base a lo concluido en el Informe Final de fecha 7 de agosto del 2002, y de acuerdo a lo expresado en la Hoja Informativa Nº 003-2001-OAI/MJM; considera que el señor Eduardo Salinas Coronado, ex Jefe de la Unidad de Tesorería; ha incurrido en faltas de carác- ter disciplinarias contempladas en el artículo 21º incisos a) y b) del Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aproba- do por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Los mismos que señalan lo siguiente: "Art. 21º.- Son obligación de los servidores ... a) Cumplir personal y diligentemente los de- beres que imponen el servicio público ... b) Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los re- cursos públicos"; Que, de acuerdo al artículo 170º del Reglamento del Decreto Legislativo referido corresponde a la Comisión rea- lizar las investigaciones, solicitar los informes respectivos, examinar las pruebas y elevar un informe al titular de la entidad recomendando las sanciones que sean de aplica- ción; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios en virtud del artículo 28º inciso c) del Decreto Legislativo Nº 276 considera que la falta cometida es la negligencia en el desempeño de las funciones por parte del ex Jefe de la Unidad de Tesorería - Sr. Eduardo Salinas Coronado. Ello, debido a que la comisión ha corro- borado la inexistencia de documentación sustentatoria del egreso registrado, en los medios probatorios alcanzados y en las versiones de los ex funcionarios que compartieron labores con el Sr. Eduardo Salinas Coronado. Así como la