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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (15/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 235171 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de diciembre de 2002 VIVIENDA Aprueban Procedimiento para Facilitar los trámites que siguen los Proyectos Habitacionales ante los Gobiernos Lo- cales y entidades prestadoras de servi- cios públicos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 160-2002-VIVIENDA Lima, 13 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2002-MTC, se creó la Comisión de Coordinación con la finalidad de facili- tar la asignación o modificación de la zonificación y/o facti- bilidad de servicios, a terrenos del dominio privado del Es- tado o de propiedad privada en los que se ejecutarán pro- gramas habitacionales, ampliando de este modo la oferta de vivienda; Que, los proyectos habitacionales a edificarse en los mencionados terrenos, deberán ejecutarse de conformidad con las normas técnicas contenidas en el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC; Que, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supre- mo Nº 010-2002-MTC, las reuniones de trabajo que lleva a cabo la citada Comisión de Coordinación prevén la partici- pación del Alcalde o su representante, en cuya jurisdicción se ejecutarán programas habitacionales, estableciendo un mecanismo expeditivo que coadyuva al mejor desarrollo de las funciones de los gobiernos locales, potenciando su eficacia como entidad promotora de la inversión en vivien- da en la localidad y que contribuye a la mejor dotación de servicios públicos de saneamiento; Que, en dicho sentido, si bien las labores que realiza la Comisión de Coordinación contribuyen a facilitar el desa- rrollo de proyectos habitacionales en el país, no constitu- yen propiamente actos administrativos, ya que la asigna- ción o cambio de zonificación es una competencia munici- pal y el otorgamiento de la factibilidad de servicios corres- ponde a las respectivas empresas prestadoras; Que, no obstante lo expresado anteriormente y en aten- ción al principio de transparencia en la gestión, es necesa- rio establecer los requisitos y el procedimiento al que se ceñirá la citada Comisión de Coordinación, para iniciar, apoyar, impulsar o gestionar ante las entidades pertinen- tes, las acciones necesarias para la asignación o cambio de zonificación y la obtención de la factibilidad de servicios para los citados terrenos; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, y su reglamento aprobado median- te Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del Procedimiento para Facilitar Proyectos Habitacionales Apruébese el Procedimiento para Facilitar los trámites que siguen los Proyectos Habitacionales ante los Gobier- nos Locales y entidades prestadoras de servicios públi- cos, al que se ceñirá la Comisión de Coordinación consti- tuida por el Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC. El presente procedimiento, tiene por objeto coadyuvar, cuan- do le sea solicitada a la Comisión de Coordinación, en los trá- mites de asignación o cambio de zonificación, la obtención de la factibilidad de servicios y/o la aprobación o autorización y de otras acciones que permitan el desarrollo de proyectos habita- cionales en terrenos públicos o privados, que siguen los parti- culares ante las entidades competentes, en el marco del Re- glamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y su modificato- ria, Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC. Artículo 2º.- Requisitos de admisión Podrán someterse al presente procedimiento, los expe- dientes de Proyectos Habitacionales presentados ante la Comisión de Coordinación, que reúnan los siguientes re- quisitos:a. Comprender exclusivamente viviendas cuyo precio de venta estimado no exceda las 35 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), sin considerar el valor del terreno; b. Ejecutarse sobre un terreno cuya área sea, como mínimo, 450 m2; c. El terreno debe estar saneado legalmente, libre de cargas y gravámenes, no encontrarse en litigio ni estar en posesión de poseedores inmediatos ni precarios; d. El terreno no debe encontrarse ubicado en zonas arqueológicas o en zonas de riesgo por desastres natura- les y/o por factores ambientales; Artículo 3º.- Contenido del expediente El expediente materia de evaluación y calificación debe contener: 3.1 Solicitud presentada por el propietario del terreno, o por el promotor del proyecto suscrita conjuntamente con el propietario del terreno (Según Formato A). 3.2 Documento de Identidad Persona natural: copia de L.E., D.N.I o C.E.; Persona jurídica: copia del documento de identidad y del poder del Representante legal de la Empresa. 3.3 Declaración Jurada, conteniendo según correspon- da: Persona natural: apellidos y, nombres; número de su documento de identidad (DNI, LE, CE), Estado Civil y do- micilio (distrito, provincia, departamento). En caso de ser casado(a), los nombres y apellidos del cónyuge y número de su documento de identidad (Según Formato B). Persona jurídica: razón social o denominación, inscrip- ción en el Registro de Personas Jurídicas (tomo y folio- ficha o partida electrónica), nombre y apellidos y documento de identidad del representante o apoderado de la persona jurídica, copia certificada de la inscripción registral del po- der; domicilio, teléfono, fax y dirección electrónica de la Empresa y del representante legal (Según Formato C). 3.4 Documentación del Terreno: - Plano de Ubicación del terreno donde se indique su localización con relación al casco urbano, vías principales de acceso y vías colindantes; - Plano Perimétrico concordado con la ficha registral vigente; - Copia simple de la Ficha Registral del predio vigente, con una antigüedad que no exceda de 30 días a la fecha de presentación; - Declaración Jurada del propietario en el sentido que el terreno se encuentre libre de cargas y gravámenes, no se encuentre en litigio y que se encuentra libre de ocupan- tes (inmediatos o precarios); - En caso el terreno no pertenezca al promotor: contra- to de compraventa, promesa de venta, compromiso de aso- ciación; con firmas legalizadas ante notario público o ante juez de paz letrado, en los lugares donde no exista aquel; - Certificado de Zonificación y Vías vigente (en caso que la solicitud sea para factibilidad de servicios); - Certificado de Factibilidad de Servicios vigente o, en caso de no contar con dicho documento, certificado de la empresa prestadora de servicio donde aprueba la implementación de una solución alternativa de dotación del servicio (en caso que la solicitud sea para cambio de zonificación). 3.5 Documentación del Proyecto: a) Memoria Descriptiva del Proyecto, conteniendo el nombre del proyecto, área del terreno, ubicación, vías de acceso, cantidad y tipo de unidad de vivienda a construirse y precio de venta de cada modelo de unidad habitacional. En caso de viviendas multifamiliares, el precio de cada modelo de unidad habitacional por piso. b) En el caso de contar con la Resolución de aproba- ción del proyecto de Habilitación Urbana, presentar una copia simple de la misma y los planos debidamente sella- dos por el municipio correspondiente. Artículo 4º.- Recepción de Expediente: Los expedientes que correspondan a proyectos ubicados en el departamento de Lima y en la Provincia