Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (15/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 235172 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de diciembre de 2002 Constitucional del Callao se presentarán en la Geren- cia de Operaciones del Fondo Hipotecario MIVIVIEN- DA. Los correspondientes a otros lugares de la Repú- blica, se presentarán en las Direcciones Regionales de Vivienda, Construcción y Saneamiento o las que ha- gan sus veces. Artículo 5º.- Evaluación previa del expediente Los expedientes serán evaluados por un Comité Téc- nico integrado por el Director Nacional de Vivienda y el Director Nacional de Urbanismo. El Comité Técnico se reunirá semanalmente en forma ordinaria, o con una frecuencia mayor cuando así lo exija el número de soli- citudes que se presenten a su evaluación. Este Comité verificará que el expediente reúna los re- quisitos de admisión, la información a que se refiere el ar- tículo 3º y que el proyecto reúna los requisitos técnicos establecidos por el Reglamento de Habilitación y Cons- trucción Urbana Especial, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC, emitiendo el correspondiente informe téc- nico a ser puesto a consideración de la Comisión de Coor- dinación. En caso que la documentación este incompleta o el proyecto no cumpla con los requisitos establecidos, el Comité emitirá un Informe indicando las razones porlas cuales ha sido observado e informará al solicitante para que pueda subsanar las observaciones y presen- tar nuevamente el proyecto a evaluación del Comité. Artículo 6º.- Aprobación La Comisión de Coordinación en base al informe téc- nico antes indicado, evaluará el expediente y de ser aprobado, autorizará a su Presidente para que realice las gestiones que se estimen necesarias ante las entida- des competentes, con la finalidad que éstas asignen o modifiquen la zonificación, otorguen la factibilidad de servicios y/o aprueben o autoricen otras acciones que permitan el desarrollo de los proyectos habitacionales. Artículo 7º.- Registro de Proyectos de Vivienda La Dirección Nacional de Vivienda, llevará un registro de los proyectos aprobados y/o autorizados por la Comi- sión de Coordinación, que han sido materia del presente procedimiento, y evaluará los resultados de las gestiones a que se refiere el Artículo 6º. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento FORMATO A SOLICITUD PARA FACILITACIÓN (Ciudad) , (día) de (mes) del 200 _ Señor Presidente de la Comisión de Coordinación D.S. 010-2002-MTC De nuestra mayor consideración: Por medio de la presente les solicitamos se nos facilite:___________________________________ Asignación de Zonificación Cambio de Zonificación Factibilidad de servicios Otros Del terreno de una superficie de m2 sobre el cual edificaremos el Proyecto cuyas características se consigan en el expediente adjunto. 1NOMBRE DEL PROYECTO ______________________________________________________________ 2UBICACIÓN Distrito Ciudad Provincia Departamento _______________________________________________________________ 3PROPIETARIO _______________________________________________________________ DNI-LE-CE _______________________________________________________________ Dirección _______________________________________________________________ Teléfono ______________ e-mail ___________________________________________ 4PROMOTOR Empresa _______________________________________________________________ R.U.C. _______________________________________________________________ Representante _______________________________________________________________ Dirección _______________________________________________________________ Teléfono ______________ e-mail ___________________________________________ __________________________ __________________________ Firma del Propietario Lugar y fecha __________________________ Firma del Promotor