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Pág. 215143 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de enero de 2002 tratamiento de aguas para su reúso, que está en pleno funcionamiento; Que, a través de la tramitación del expediente susten- tatorio de la presente Resolución se han acreditado los in- formes de las instituciones que deben emitir opinión res- pecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubica- dos en áreas urbanas o extra urbanas, materia de trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terrenos eriazos o ribereños se consideran como bienes de propie- dad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera ins- cripción de dominio del terreno sub materia de conformi- dad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071- 2001 y Artículo 33º del Decreto de Urgencia Nº 154-2001- EF "Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supre- mo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 033-85-VC y Resolución Ministerial Nº 248-86-VC-1200; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 087-2001/SBN-JAR de fecha 27 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 70 148,42 m² ubicado a la altura del Kilómetro 287,65 de la Carretera Panameri- cana Norte, al sur del Puerto de Huarmey, en el distrito y provincia de Huarmey del departamento de Ancash, se- gún el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Chavín de la Superin- tendencia Nacional de los Registros Públicos, por el méri- to de la presente Resolución efectuará la primera inscrip- ción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad In- mueble de Casma. Regístrese y comuníquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0054 C T A R Autorizan contratación de servicios y adquisición de repuestos para la repara- ción de volquetes mediante proceso de adjudicación directa de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 297-2001-CTAR-CALLAO-PE Callao, 27 de diciembre de 2001 VISTOS: El Informe Nº 145-01/CTAR CALLAO/GRO-SGRO-HBV, del 15 de noviembre del 2001, el Informe Nº 490-01/CTAR CALLAO/GRO-SGRO, del 24 de noviembre del 2001, pro- veído por la Gerencia Regional de Operaciones el 26 de noviembre del 2001, el Informe Nº 409-2001-CTAR CA- LLAO/GRA-OL, del 28 de noviembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Administración el 29 de no- viembre del 2001, el Informe Nº 069-2001-CTAR CALLAO/ GRAJ-ALB del 30 de noviembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica el 3 de diciembre del 2001, el Informe Nº RGL068-2001-CTAR CALLAO/OL-AMP-MANT, del 28 de noviembre del 2001, adjunto al In- forme Nº 413-2001-CTAR CALLAO/GRA-OL, del 4 de di- ciembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Administración el 13 de diciembre del 2001, el Informe Nº 070-2001-CTAR CALLAO/GRAJ-ALB, del 14 de diciembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica en la misma fecha, el Informe Nº 412-2001-CTAR CALLAO/GRA-OL, del 17 de diciembre del 2001, el Infor- me Nº 153-01-CTAR CALLAO/GRO-SGRO-HBV, del 18 de diciembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Administración del 20 de diciembre del 2001, el Informe Nº 556-2001-CTAR CALLAO/OL-AMP, del 20 de diciembre del 2001, con proveído de la Gerencia Regional de Adminis- tración de la misma fecha, el Informe Nº 422-2001-CTAR CALLAO/GRA-OL, del 20 de diciembre del 2001, proveído por la Gerencia Regional de Administración en la misma fecha, el Informe Nº 424-2001-CTAR CALLAO/GRA-OL, de fecha 21 de diciembre proveído en la misma fecha por la Gerencia Regional de Administración, el Informe Nº 131- 2001-CTAR CALLAO/GRAJ del 21 de diciembre del 2001, dirigido a la Secretaría Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los informes remi- tidos por la Oficina de Logística Nº 409-2001-CTAR CA- LLAO/GRA-OL, de vistos e Informe complementario Nº 413- 2001-CTAR CALLAO/GRA-OL, de vistos, se solicita la de- claración de urgencia para el caso de la contratación de "Servicio de Alquiler de Camiones Volquetes", para el de- sarrollo del "Proyecto Especial de Conservación y Protec- ción de Cuencas Hidrográficas en la Provincia Constitu- cional del Callao", con un valor referencial de S/. 321,468.00 y para la reparación de vehículos cedidos con un presu- puesto de US$ 144,000.00; Que, la Oficina de Logística señala adjunta a su Infor- me Nº 413-2001 CALLAO/GRA-OL, el Informe Nº RGL068- 2001-CTAR CALLAO/OL-AMP-MANT, del 28 de noviem- bre del 2001, respecto a la reparación de los volquetes cedidos por el Ministerio de Agricultura; Que, la Gerencia solicitó, que se determine la utiliza- ción de los volquetes afectados en uso por el Ministerio de Agricultura y los que se pretende alquilar, en el sentido de si su uso era en forma alternativa o excluyente, pues de lo informado se desprendía que la reparación y el alquiler de volquetes eran con el mismo fin; Que, mediante Informe Nº 422-2001-CTAR CALLAO/ GRA-OL, del 20 de diciembre del 2001, se señala que se- gún el Informe Nº 153-01-CTAR CALLAO/GRO-SGRO-HBV de la Subgerencia Regional de Operaciones, de fecha del 19 de diciembre, se debe concluir con carácter de urgente la limpieza del lecho de los ríos Chillón y Rímac, reiterando el alquiler de nueve (9) volquetes; asimismo se señala que no se ejecuten los trabajos de enrocado y reparación de gaviones, así mismo dejar sin efecto el requerimiento para la contratación de los volquetes roqueros. Concluyendo que para atender esta urgencia se reparen y acondicionen los volquetes afectados en uso por el Ministerio de Agricultura a favor del CTAR CALLAO y mientras dure esa reparación se alquilen volquetes de terceros para las actividades de limpieza de ríos; Que, asimismo en el informe de la Oficina de Logística, proveído por la Gerencia Regional de Administración, refe- rido en el considerando anterior se señala que, mediante Informe Nº 556-2001-CTAR CALLAO/OL-AMP, del 20 de diciembre del Jefe de la Unidad de Maquinaria Pesada, complementa su Informe Nº RGL068-2001-CTAR CALLAO/ OL-AMP, en el que se indica que la reparación y acondicio- namiento de los nueve (9) volquetes recibidos del Ministe- rio de Agricultura, demandará un tiempo de quince (15) días, y que las unidades reparadas reemplazarán satisfactoria- mente a las unidades alquiladas, por lo que se infiere que tienen las mismas características técnicas; Que, mediante Informe de la Oficina de Logística, se dice a su vez, que los nueve (9) volquetes afectados en uso por el Ministerio de Agricultura serán transferidos defi- nitivamente a CTAR CALLAO, vía donación Mobiliaria, lo que consta, según señala, en el Oficio Nº 4274-2001-AG- OGA-Nº 1262-OL/UCP; hecho que justifica cualesquier inversión en la reparación, y acondicionamiento para utili- zarlos en las obras del referido proyecto especial y toda obra que ejecute la Entidad. Agrega que en condiciones normales, reparar y acondicionar estas unidades deman- daría programar un proceso de selección de acuerdo a la normatividad vigente, el cual tendría que desarrollarse en