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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

Pág. 215760 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 quipa, inscrito en la Ficha Nº 00052606 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa, para ser destinado a la construcción de un terminal terrestre. Artículo 2º.- En caso la Municipalidad Provincial de Camaná no cumpla con realizar en el terreno descrito la construcción del terminal terrestre más sus obras com- plementarias en el plazo de seis años o le otorgue un uso distinto, éste revertirá a favor del Estado. Artículo 3º.- La Municipalidad Provincial de Camaná no podrá transferir en propiedad total o parcialmente a favor de terceros, el terreno descrito en el Artículo Pri- mero, bajo sanción de nulidad. Artículo 4º.- Por el mérito de la presente Resolución se procederá a suscribir la correspondiente escritura pú- blica de transferencia patrimonial e inscribirla en la Ofi- cina Registral Regional Arequipa y registrarla en el Sis- tema de Información Nacional de los Bienes de Propie- dad Estatal - SINABIP. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALU PEREZ VASQUEZ Jefe de Adjudicaciones 0815 Afectan en uso terreno ubicado en el distrito de Lurigancho, provincia de Lima RESOLUCIÓN Nº 002-2002/SBN La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 214540, por el cual la Asocia- ción de Propietarios y Residentes de la Lotización El Club - Huachipa, Municipalidad del Centro Poblado Menor Santa María de Huachipa, el Ministerio de Salud, Minis- terio de Educación, y Obispado de Chosica solicitan la afectación en uso del terreno de 23 834,00 m2, ubicado en la Manzana O-2, Lote Nº 5, urbanización El Club, Segunda Etapa, distrito de Lurigancho, provincia y de- partamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del predio 23 834,00 m2 ubicado en la Manzana O-2, Lote Nº 5, urbanización El Club, Segunda Etapa, distrito de Lurigancho, provin- cia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electró- nica Nº 11056280 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima y registrado en el Asiento Nº 1278 del Siste- ma de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, por Resolución Suprema Nº 084-78-VC-4400, de fecha 21 de abril de 1978, se aprobó la afectación en uso a favor de la Asociación de Propietarios y Residen- tes de la Lotización El Club Fundo Pedreros, la exten- sión de terreno de 23 834,00 m2, ubicado en la Manza- na O-2, Lote Nº 5, urbanización El Club, Segunda Etapa, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, para que lo destine a la construcción de un complejo comunal integrado por salón comunal, colegio, capilla, biblioteca, guardería infantil, posta médica, oficina de correos, vivero comunal, campo deportivo, pabellón de administración y depósito; Que a través del Informe Nº 250-95-SBN-DAT, de fe- cha 18 de setiembre de 1995, la Dirección de Apoyo Téc- nico de la Superintendencia de Bienes Nacionales indi- ca que sobre una extensión menor al 20% del área sub- materia ha sido edificado un local comunal, centro de salud y parroquia; Que, la Asociación de Propietarios y Residentes de la Lotización El Club Huachipa, cuya razón social ante- rior era Asociación de Propietarios y Residentes de la Lotización "El Club Fundo Pedreros", solicita la afecta- ción en uso del área de terreno de 1 991,00 m2, para la construcción de un local comunal;Que, la Municipalidad del Centro Poblado Menor San- ta María solicita la afectación en uso de las áreas de 2 100,00 m2, 2 457,00 m2, 5 616,00 m2 y 3 000,00 m2, para destinarlo a la construcción de local municipal, es- tacionamiento y circulación, vivero-plaza de armas y cen- tro deportivo recreacional, respectivamente; Que los Ministerios de Salud y Educación, solicitan las áreas de 2 000,00 m2 y 3 120,00 m2, para la construc- ción de un Centro de Salud y de un Centro de Educación Especial para Niños Excepcionales, respectivamente; Que, asimismo el Obispado de Chosica solicita el área de 3 550,00 m2, para la construcción de un Centro Parro- quial; Que, mediante Informe Nº 426-99/SBN-DAT, de fecha 13 de diciembre de 1999, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales da cuenta de la inspección ocular, precisando que se están realizan- do labores de edificación por parte de las diversas institu- ciones solicitantes; Que, al haberse cumplido parcialmente con lo dispuesto por la Resolución Suprema Nº 084-78-VC- 4400 y estando a la solicitud de la Asociación afectataria respecto de una nueva extensión de terreno, se conclu- ye de dicho pedido una renuncia a la afectación conferi- da inicialmente, por lo que resulta necesario aprobar un acto administrativo de afectación en uso respecto del terreno de 23 834 m2 descrito en el primer consideran- do, teniendo en cuenta la naturaleza del pedido de di- versas entidades para destinarlo a fines de interés co- munal; Que, las afectaciones en uso se otorgan exclusiva- mente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado po- nerle término si el bien afectado deja de ser aplicado al fin para el que se otorgó, así como si transcurridos dos años desde la fecha de la afectación, no se hubiera des- tinado al fin correspondiente, sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnización alguna por las obras eje- cutas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobi- liaria estatal, se aprueban mediante Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales, a favor de las reparticiones del Estado y de los Concejos Municipales para el funcionamiento de sus dependencias y/o a favor de instituciones particulares, que desempeñen una la- bor que signifique una colaboración con la función so- cial del Estado, por lo que en el presente caso es proce- dente atender las correspondientes solicitudes, de con- formidad con lo dispuesto por el Artículo 78º y siguien- tes del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal, concordado con el Decreto de Urgencia Nº 071-2001; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Ley Nº 25554, modificado por Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 23 834,00 m2, ubicado en la Manzana O-2, Lote Nº 5, urbanización El Club, Segunda Etapa, distrito de Lurigancho, provin- cia y departamento de Lima, según el detalle siguiente: a. 2 100,00 m2 a favor de la Municipalidad del "Cen- tro Poblado Menor de Santa María de Huachipa", para que se destine a su local municipal; b. 2 457,00 m2 a favor de la Municipalidad del "Cen- tro Poblado Menor de Santa María de Huachipa", para que se destine a zona de circulación y estacionamiento; c. 5 616,00 m2 a favor de la Municipalidad del "Cen- tro Poblado Menor de Santa María de Huachipa", para que se destine a un Vivero y a su Plaza de Armas; d. 2 000,00 m2 a favor del Ministerio de Salud, para que se destine a la construcción de un Centro de Salud; e. 3 120,00 m2 a favor del Ministerio de Educación, para que los destine la construcción de un "Centro de Educación Especial para Niños Excepcionales"; f. 3 550,00 m2 a favor del Obispado de Chosica, para que se destine a "Centro Parroquial";