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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

Pág. 215755 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 Que, realizada la inspección técnica se ha verificado que el terreno se halla parcialmente definido con para- petos corridos y por ambientes levantados en el interior; que sobre un área de 340,00 m2 aproximadamente se ha levantado una vivienda de un solo piso, con material noble, y en la parte frontal de la vivienda se han efectua- do trabajos de remodelación, destinándose como restau- rante y alojamiento para los veraneantes; Que, no habiéndose otorgado en su oportunidad la Escritura Pública a que se refiere el Decreto Supremo Nº 9 de fecha 25 de marzo de 1961 antes descrito, corres- ponde disponer la primera inscripción de dominio del predio submateria de conformidad con lo dispuesto con el Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decre- to Supremo Nº 004-85-VC, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 089-2001/SBN-JAR de fecha 28 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 2 223,00 m2 ubica- do a la altura del kilómetro 300,80 de la Carretera Panamericana Norte, conformado por los Lotes Nºs. 3, 4 y 5 de la Manzana 23 del Balneario Municipal de Tuqui- llo, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Chavín de la Supe- rintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0805 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 002-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 075-2001/SBN-JAR, con el cual se sustenta el trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 3 308 891,36 m2 ubicado entre los Kilómetros 50,50 y 53,00 de la Autopista Panamericana Sur, en el distrito de Santa Ma- ría del Mar, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, según el Oficio Nº 2396-2001/RPU-GOD1 de fecha 23 de octubre del 2001, emitido por el Registro Predial Urbano el terreno de 3 308 891,36 m2 ubicado entre los Kilómetros 50,50 y 53,00 de la Autopista Pana- mericana Sur, en el distrito de Santa María del Mar, pro- vincia y departamento de Lima, no presenta anteceden- tes en dicho registro; Que, el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, mediante Certificado de fecha 11 de octubre del 2001, señala que el terreno no se encuentra inscrito; Que, realizada la inspección técnica el 3 de setiem- bre del 2001, se ha verificado que el terreno submateriase ubica a continuación del casco urbano del distrito de Santa María del Mar, así como que se encuentra desocu- pado y libre de edificaciones; Que, a través de la tramitación del expediente susten- tatorio de la presente resolución se han recabado los informes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o extra urbanas, materia de trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terre- nos eriazos o ribereños se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la pri- mera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Ad- ministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 088-2001/SBN-JAR de fecha 28 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 3 308 891,36 m2 ubicado entre los Kilómetros 50,50 y 53,00 de la Autopista Panamericana Sur, en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, según el plano y me- moria descriptiva que forman parte de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0806 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 003-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 04531-98 correspondiente a la rectificación de área del terreno de 44 303,00 m2, ubi- cado en la calle Cajamarca Nº 109, ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima; y; CONSIDERANDO: Que, doña Isabel Peral y Wilson de Lloret era propie- taria del predio denominado "Huerta El Potao" con un área de 44 303,00 m2, inscrito en el Asiento 12 de fojas 458 del tomo 54 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, el mismo que, en mérito a la Escritura Pública de Venta del 13 de febrero de 1924, otorgada ante el Notario Público José del Carmen Sánchez, transfirió a favor del Estado con un área de 56 866,00 m2, cuyos