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Pág. 215761 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 g. 1 991,00 m2 a favor de la Asociación de Propieta- rios y Residentes de la Lotización El Club Huachipa, para que se destine a su local comunal; y, h. 3 000,00 m2 a favor de la Municipalidad del "Cen- tro Poblado Menor de Santa María de Huachipa", para que se destine a un "Centro Recreacional-Deportivo". Artículo 2º.- Las afectaciones en uso quedan suje- tas a lo dispuesto por el Artículo 78º y siguientes del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales, así como de los planos y memorias descriptivas sustentatorias, inscribirá en el Re- gistro de la Propiedad Inmueble de Lima, las afectaciones en uso indicadas en el Artículo 1º. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 0811 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican resolución de la Municipali- dad Distrital de La Molina sobre recep- ción de obras de habilitación urbana de terreno para uso residencial RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 36693 Lima, 10 de diciembre de 2001 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTOS, los Expedientes Nºs. 700768-97 y 6177-99; Documento Simple Nº 31058-2001 y Codificado Nº 19614-2001, que contiene el Oficio Nº 119-2001/MDLM- DDU, mediante el cual la Municipalidad Distrital de La Molina solicita la ratificación de la Resolución Directoral Nº 187-2001-MDLM-DDU, de fecha 9 de abril del 2001, promovido por LAS LAGUNAS DE LA MOLINA S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 187-2001- MDLM-DDU, emitida por la Municipalidad Distrital de La Molina, con fecha 9 de abril de 2001, se resuelve Re- cepcionar, de conformidad con el Plano signado con el Nº 018-2001-MDLM-DDU-DOPHU, las obras de Habili- tación Urbana del terreno de 31,705.31 m2, calificado con el Uso Residencial de Baja Densidad "R-1", ubica- do en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de LAS LAGUNAS DE LA MOLI- NA S.A. Que, del tenor del Artículo Segundo de la resolución materia de ratificación se advierte que la propietaria ha cumplido con cancelar los déficit de aportes de la presen- te habilitación a cada una de las entidades correspon- dientes, entendiéndose que se hace referencia a los dé- ficit de aportes de Recreación Pública de 385.02 m2, Ministerio de Educación de 192.51 m2 y Otros Fines de 96.25 m2, producto del mencionado incremento de 22,916.525 m2 a 31,705.31 m2. Que, mediante Informe Nº 171-2001-MML-DMDU-DHU- DCO, de fecha 3 de julio del 2001, se señala que de la documentación remitida por la recurrente no se acredita la cancelación de los déficit de los aportes señalados, sin embargo, con Memorándum Nº 351-2001-MML- DMDU-DHU-DCO, de fecha 9 de octubre de 2001, secomunica que, con Codificado Nº 42904-2001, la Muni- cipalidad Distrital de La Molina ha acreditado que el dé- ficit de aportes de Recreación Pública de 385.02 m2 y del Ministerio de Educación de 192.51 m2, han sido can- celados, debiendo, por tanto, expedirse la Resolución correspondiente. Que, con Documento Simple Nº 31058-2001, la pro- pietaria LAGUNAS DE LA MOLINA S.A. solicita la apli- cación del silencio administrativo positivo amparándose en la Ley Nº 26878, su Reglamento y demás disposi- ciones conexas; sin embargo, la normatividad vigente y de aplicación para la Municipalidad Metropolitana de Lima en materia de Habilitaciones Urbanas, se encuen- tra contenida en las Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273; por tanto, lo solicitado por la referida empresa no sería procedente. No obstante ello, se hace necesario precisar que, el silencio administrativo al que se hace referencia sólo es aplicable a la etapa de aprobación de habilitaciones urbana y no para el presente caso que se trata de una Recepción de Obras, conforme lo establece el Artículo 16º del Texto Unico Ordenado de la Ley Ge- neral de Habilitaciones Urbanas, tal como se menciona en el Informe Nº 289-2001-MML-DMDU-DHU-AL, de fe- cha 6 de setiembre del 2001. Con el visto bueno de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Técnico Legal, con lo recomen- dado por la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Metropoli- tanas Nºs. 133 y 273, Decreto de Alcaldía Nº 055-2000- MML, Edicto Metropolitano Nº 021, Reglamento Nacio- nal de Construcciones y Decreto Supremo Nº 02-94-JUS. RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR improcedente la apli- cación del silencio administrativo positivo invocado por LAS LAGUNAS DE LA MOLINA S.A., por lo expuesto en el cuarto considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- RATIFICAR la Resolución Direc- toral Nº 187-2001-MDLM-DDU, emitida por la Municipa- lidad Distrital de La Molina, con fecha 9 de abril de 2001, que resuelve Recepcionar, de conformidad con el Plano signado con el Nº 018-2001-MDLM-DDU-DOPHU, las obras de Habilitación Urbana del terreno de 31,705.31 m2, calificado con el Uso Residencial de Baja Densidad "R-1", ubicado en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de LAS LAGUNAS DE LA MOLINA S.A. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Re- solución a la Municipalidad Distrital de La Molina y a la Oficina Registral de Lima y Callao, para los fines perti- nentes. Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano, la misma que estará a cargo de la interesada, dentro de los 30 días siguien- tes de notificada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 0870 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Metropolitano de Planificación para el año 2002 RESOLUCIÓN Nº 016-2001-MML-IMP Lima, 28 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 establece en su Artículo 7º la obligato- riedad de que cada entidad elabore un Plan Anual de