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Pág. 215757 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 Predial Urbano el terreno de 708 155,54 m2, que involu- cra el área de 683 866,50 m2, ubicado con frente a la avenida Alejandro Bertello, a una distancia de 428,50 metros del eje de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, no presenta antecedentes en dicho registro; Que, el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, mediante Certificado de fecha 16 de octubre del 2001, señala que el terreno no se encuentra inscrito en dicho registro; Que, realizada la inspección técnica el 16 de julio del 2001, se ha verificado que el terreno submateria se ubi- ca entre el casco urbano del distrito de Santa Rosa y el balneario del mismo nombre, así como que se encuen- tra desocupado y libre de edificaciones; Que, a través de la tramitación del expediente sustenta- torio de la presente Resolución se han acreditado los infor- mes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o extraurbanas, materia de trámite de pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terre- nos eriazos o ribereños se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la pri- mera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Ad- ministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 066-2001/SBN-JAR de fecha 30 de no- viembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 683 866,50 m2 ubi- cado con frente a la avenida Alejandro Bertello, a una distancia de 428,50 metros del eje de la Carretera Panamericana Norte, en el distrito de Santa Rosa, provin- cia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0808 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 006-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 03455-97, correspondiente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 465,88 m2, ubicado en el Cerro Pamplona, distrito de San Juan de Miraflores, pro- vincia y departamento de Lima; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1224, de fecha 30 de abril de 1997, la Municipalidad Metropolita- na de Lima calificó de naturaleza eriaza el terreno de 3 465,88 m2 ubicado en el Cerro Pamplona, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, el terreno submateria no se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, en vir- tud de lo señalado en el Certificado Catastral, de fecha 23 de agosto del 2001, emitido por la Oficina Registral de Lima y Callao; asimismo, verificada la base gráfica del Registro Predial Urbano, no se ha hallado inscrip- ción; Que, realizada la inspección técnica el 12 de agosto de 2001, se ha verificado que el predio cuenta con una extensión de 3 466,45 m2 y que constituye un terreno eriazo, ubicado en zona de expansión urbana; Que, a través del trámite del expediente sustentato- rio de la presente Resolución, se han acreditado los in- formes de las instituciones que deben emitir opinión res- pecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubi- cados en áreas urbanas o extraurbanas, materia de trá- mite de primera de dominio a favor del Estado; Que, el terreno antes descrito es de naturaleza eria- za y constituye propiedad del Estado en concordancia con lo dispuesto por el inciso iv) del Artículo 3º del De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, debiendo por tanto dis- ponerse la inscripción en primera de dominio a favor del Estado, de acuerdo con el inciso b) del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del De- creto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propie- dad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Decreto Supremo Nº 131- 2001-EF y Resolución Ministerial Nº 248-86-VC-1200; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 084-2001/SBN-JAR de fecha 18 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del terreno de 3 466,45 m2 ubi- cado en el Cerro Pamplona, distrito de San Juan de Mi- raflores, provincia y departamento de Lima, según el pla- no y memoria descriptiva que forman parte de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0809 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 007-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el expediente Nº 02715-96, que contiene los an- tecedentes de la afectación en uso del predio de 1 250,00 m2 ubicado en la intersección de la calle 7 y Pasaje 47,