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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

Pág. 215758 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 en la 2da. y 3ra. Etapa del Quinto Sector de la Urbaniza- ción Pro, distrito de Los Olivos, provincia y departamen- to de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 199-83-VI-5600, de fecha 13 de setiembre de 1983, se afectó en uso a favor del Ministerio de Agricultura, el terreno de 1 250,00 m2 ubicado en la intersección de la calle 7 y Pasaje 47, en la 2da. y 3ra. Etapa del Quinto Sector de la Urbanización Pro, distrito de Los Olivos; para la construcción de "Mercados del Pueblo", por el Proyecto Integrado de Comercialización de Productos Agrarios "PROCOMPRA"; Que, el citado terreno forma parte de un área de 6 379,28 m2 constituido por el Lote 2, Mz. "BBB5" con frente a la calle Confraternidad Urbanización Pro 5to Sector - 2da. Etapa, Los Olivos, el cual corre inscrito a favor del Estado en la Partida Electrónica Nº 11301130 del Re- gistro de la Propiedad Inmueble de Lima, así como re- gistrado en el Asiento Nº 1758 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, a cargo de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspección técnica con fecha 7 de setiembre del 2001, se ha verificado que el predio se encuentra ocupado por la "Asociación de Comerciantes Nueva Esperanza del Mercado Mercantil de Pro", en ca- lidad de arrendatarios de la empresa Mercados del Pue- blo S.A. en Liquidación; Que, en tal sentido, habiéndose variado el fin para el cual fue afectado el predio, procede su desafectación, conforme a lo establecido por el inciso a) del Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 082-2001/SBN-JAR de fecha 11 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la desafectación a favor del Es- tado del predio de 1 250,00 m2 ubicado en la intersección de la calle 7 y Pasaje 47, en la 2da. Etapa del Quinto Sector de la Urbanización Pro, distrito de Los Olivos, pro- vincia y departamento de Lima y que forma parte de uno de mayor extensión inscrito en la Partida Nº 11301130 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, inscribirá la correspondiente desafectación a favor del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0813 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 008-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 737410, que contiene los antecedentes de la afectación en uso del predio de 2 683,42 m2, situado con frente a la calle José AlvarezCalderón, constituido por el Lote 17 de la Manzana 3, del Conjunto Habitacional "Limatambo", del distrito San Borja, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 307-86-VC- 5600, de fecha 8 de julio de 1986, se afectó en uso a favor del Arzobispado de Lima, el terreno de 2 683,42 m2, cons- tituido por el Lote 17 de la manzana 3, ubicado en la inter- sección de las calles José Alvarez Calderón, la Vía Peato- nal Sérvulo Gutiérrez y la calle 16 del Sector "A" del Con- junto Habitacional Las Torres de Limatambo, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; a fin que lo desti- ne a la construcción de una Iglesia y Centro Parroquial; Que, el citado predio se encuentra inscrito a favor del Estado en la Ficha Nº 390157, que continúa en la Parti- da Electrónica Nº 45385493 del Registro de la Propie- dad Inmueble de Lima, así como registrado en el Asien- to Nº 1562 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, a cargo de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspección técnica se ha verificado que el inmueble materia de la afectación en uso, está construido parcialmente, contando con un área libre de edificaciones que cuenta con 1 202,33 m2; Que, en tal sentido al no cumplirse con el fin de la afectación en uso en el predio de 1 202,33 m2, éste debe ser desafectado conforme a lo establecido por el Artícu- lo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF "Reglamen- to General de Procedimientos Administrativos de los Bie- nes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF, Decreto Supremo Nº 154-2001- EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 081-2001/SBN-JAR de fecha 7 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desafectar parcialmente del Arzobispado de Lima el terreno de 1 202,33 m2, que forma parte del predio de 2 683,42 m2, que le fuera afectado en uso me- diante Resolución Ministerial Nº 307-86-VC-5600 de fecha 8 de julio de 1986, ubicado frente a la calle José Alvarez Calderón, conformado por el lote Nº 17, Manzana "3" del Conjunto Habitacional Limatambo, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima e inscrito en la Ficha Nº 390157, que continúa en la Partida Electrónica Nº 45385493 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima de la Supe- rintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, inscribirá la correspon- diente desafectación a favor del Estado en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 0814 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 009-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 4 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 077-2001/SBN-JAR, correspondiente al trámite de inscripción en primera de