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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2002 (18/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 215909 NORMAS LEGALES Lima, viernes 18 de enero de 2002 Declaran nulas resoluciones que aprobaron Planos Básicos Arancelarios de Terrenos Urbanos de diversas localidades del país y Valores Unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2002-MTC/15.04 Lima, 17 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que con fecha 27 de diciembre de 2001 se publicaron en el Diario Oficial El Peruano las Resoluciones Ministe- riales Nºs. 600, 601 y 604-2001-MTC/15.04, por medio de la cual se aprobaron los Planos Básicos Arancelarios de Terrenos Urbanos de Localidades comprendidas en la pro- vincia de Lima y Provincia Constitucional del Callao, en diversos departamentos del país y los Valores Unitarios Oficiales de Edificación para la Costa, Sierra y Selva, res- pectivamente; Que mediante Resolución Ministerial Nº 605-2001-MTC/ 15.04, publicada el 27 de diciembre del 2001, se aprobó la norma para determinar los Valores Unitarios Oficiales de Terrenos Urbanos; Que las Resoluciones Ministeriales Nºs. 600 y 601- 2001-MTC/15.04, aprobaron Planos Básicos Arancelarios elaborados aplicando la norma aprobada por la Resolu- ción Ministerial Nº 605-2001-MTC/15.04, no obstante que la misma aún no había entrado en vigencia; Que de otro lado, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 776, el Consejo Nacional de Tasa- ciones -CONATA-, es el ente encargado de la formulación de los Valores Unitarios Oficiales de Edificación; Que es facultad del Directorio de CONATA formular la propuesta de Valores Unitarios Oficiales de Edificación, a efectos de que sea aprobada por el Ministerio de Transpor- tes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción -MTC-, mediante Resolución Ministerial; Que en la sesión de Directorio de CONATA de fecha 8 de noviembre de 2001, se formuló la propuesta de Valores Unitarios Oficiales de Edificación, la misma que fuera co- municada al MTC mediante el Oficio Nº 108-2001-MTC- 9311, para su correspondiente aprobación; Que el incremento de los Valores Unitarios Oficiales de Edificación aprobado por la Resolución Ministerial Nº 604- 2001-MTC/15.04, no corresponde a la propuesta formula- da por CONATA que fuera aprobada en la sesión de Direc- torio del 8 de noviembre de 2001 y comunicada al MTC mediante el Oficio Nº 108-2001-MTC-9311; Que al haberse dictado las Resoluciones Ministeriales Nºs. 600 y 601-2001-MTC/15.04, sobre la base de lo dis- puesto en una Resolución Ministerial que no había entrado en vigencia, corresponde declarar su nulidad; Que al haberse aprobado mediante Resolución Minis- terial, Valores Unitarios Oficiales de Edificación distintos a los contenidos en la propuesta elevada al MTC por CONA- TA, corresponde declarar la nulidad de la Resolución Mi- nisterial Nº 604-2001-MTC/15.04; Que de conformidad con el Artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 776, cuando en determinado ejercicio no se publique los precios unitarios oficiales de construcción, por Decreto Supremo se actualizará el valor de la base impo- nible del año anterior como máximo en el mismo porcenta- je en que se incremente la Unidad Impositiva Tributaria - UIT; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar la nulidad de las Resolu- ciones Ministeriales Nºs. 600-2001-MTC/15.04, 601-2001- MTC/15.04 y 604-2001-MTC/15.04, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 1203PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aceptan renuncia de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 006-2002-CE-PJ Lima, 16 de enero del 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 5452-2001-P-CSJLA/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, 2011-2001- GD-OCMA-FA, del Jefe de la Oficina de Control de la Magis- tratura, 710-2001-J-ODICMA-L/PJ, del Jefe de la ODICMA/ LAMBAYEQUE, 1310-2001-P-CNM, del Presidente del Con- sejo Nacional de la Magistratura, e Informe Nº 159-2001-CAA- CE/PJ, del señor Consejero Ordóñez Valverde; y, CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lam- bayeque eleva a este Órgano de Gobierno la solicitud pre- sentada por el doctor Antonio Teodoro Altamirano Muñoz, Vocal Titular de la citada Corte Superior de Justicia, mediante la cual formula renuncia, por razones de salud, al cargo de Vo- cal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, para el que fue nombrado mediante Resolución Suprema Nº 262-82-JUS del 16 de noviembre de 1982, y reincorpora- do mediante Resolución del Consejo Nacional de la Magis- tratura Nº 210-2001-CNM del 15 de setiembre del 2001; Que, de los Oficios Nºs. 2011-2001-GD-OCMA-FA, del Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura, y 710- 2001-J-ODICMA-L/PJ, del Jefe de la ODICMA/LAMBA- YEQUE, aparece que el Magistrado renunciante no tiene proceso disciplinario alguno en trámite; Que, asimismo, del Oficio Nº 1310-2001-P-CNM, remitido por el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, apa- rece que el Magistrado recurrente no registra ninguna denun- cia, ni existe en trámite proceso disciplinario en su contra; Que, con fecha 25 de octubre del 2001, el citado Ma- gistrado, solicita se tramite su renuncia conforme a Ley; Que, a mérito de la certificación de firma de fecha 25 de octubre del 2001; y al amparo de lo dispuesto por el Artículo 245º, inciso 3) de la Ley Orgánica del Poder Judi- cial, según el cual la renuncia pone fin a la Carrera Admi- nistrativa desde que es aceptada; el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones y en Sesión Extraordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Ordóñez Valverde, y por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Antonio Teodoro Altamirano Muñoz, al cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; la misma que será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presi- dencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a la Gerencia General del Poder Judicial, y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO LUIS ORTIZ BERNARDINI JORGE B. CALDERON CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMIN ORDOÑEZ VALVERDE 1209