Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2002 (18/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

ba igual a la condena, sujeto a reglas de conducta; fallo confirmado por la Tercera Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por sentencia de vista del 3 de diciembre del 2001, resoluciones judiciales que obran de fojas 8 a 10 y 12, respectivamente; Que si bien es MORDAZA no existe pronunciamiento previo de la Municipalidad Distrital de Canaris, respecto a la vacancia solicitada, con los documentos que obran en autos, se acredita que don MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA Tantarico se encuentra incurso en la causal de vacancia prevista en el numeral 3) del Articulo 26º concordante con el numeral 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que no pueden desempenar los cargos de MORDAZA y Regidor los que hayan sufrido condena por delito doloso; por lo que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones declarar la vacancia del cargo; Que de conformidad con el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los Concejos Municipales se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado y en caso de no existir los candidatos suficientes de la lista del vacado, se incorpora al candidato no proclamado de otra lista, debiendo ser esta la que siga en el orden del computo de sufragios, en aplicacion del Articulo 172º del Reglamento Interno de este supremo organo electoral; Estando a lo dispuesto en el numeral 1) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 5º literal u) de su Ley Organica; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA De La MORDAZA Tantarico del Concejo Distrital de Canaris, provincia de Ferrenafe, departamento de MORDAZA, por tener condena por delito doloso. Articulo Segundo.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del partido politico "Accion Popular" para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Canaris en el periodo de gobierno municipal 1999- 2002, debiendo otorgarsele la credencial respectiva. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 1083

El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones: RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de suspension del cargo de MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Concejo Distrital de Sunampe. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ- MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON- MORDAZA MORDAZA, Secretario General. 1084

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Huarmaca y Levanto
RESOLUCION Nº 030-2002-JNE
MORDAZA, 17 de enero de 2002 EXP. Nº 009-2002-V. HUARMACA VISTO: El escrito presentado con fecha 4 de enero del 2002, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Huarmaca, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, solicitando se declare la vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber sufrido sentencia condenatoria por delito doloso; y se convoque al llamado por ley; y, CONSIDERANDO: 1.- El Concejo Distrital de Huarmaca, en sesion de fecha 6 de diciembre del 2001, segun aparece en la MORDAZA certificada del acta de fojas 19 a 28, con el quorum legal de sus miembros, ha acordado declarar improcedente la solicitud de vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, planteada por el senor MORDAZA del referido Concejo, por haber incurrido en la causal de condena judicial por delito doloso; 2.- De fojas 11 a 14, obran copias certificadas de la sentencia judicial de fecha 22 de junio del 2001, expedida por el Juzgado Mixto de Huancabamba, que declara a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autor del delito contra la administracion publica, en la modalidad de Usurpacion de Autoridad, Titulos y MORDAZA, en agravio del Estado y lo condena a dos anos de pena privativa de la MORDAZA, con ejecucion suspendida de un ano; 3.- Dicha sentencia ha sido confirmada por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Resolucion de Vista de fecha 5 de noviembre del 2001, segun aparece en la MORDAZA certificada de fojas 15; habiendo quedado firme por resolucion de 15 de noviembre del 2001, que declara improcedente el recurso de nulidad interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, segun es de verse a fojas 17; 4.- El inciso 3) del Articulo 26º, concordante con el inciso 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, prescribe, que no pueden desempenar los cargos de MORDAZA o de Regidor los ciudadanos que hayan sufrido condena por delito doloso; por tanto el Acuerdo de Concejo de fecha 6 de diciembre del 2001, que declara improcedente la solicitud de vacancia, contraviene expresamente lo dispuesto por la MORDAZA citada y consiguientemente es nulo e insubsistente; 5.- De conformidad con lo dispuesto por el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Nº 23853, en caso de vacancia de un Regidor lo remplaza el suplente respectivo; y revisada la lista de candidatos del ano de 1998 del Concejo Distrital de Huarmaca, remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancabamba, corresponde asumir el cargo de Regidor al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la Lista Independiente "Frente de Integracion Civico Campesino" F.I.C.; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de la atribucion conferida en el inciso u) del Articulo 5º de la Ley Organica Nº 26486, el MORDAZA Nacional de Elecciones;

Declaran improcedente solicitud de suspension del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Sunampe
RESOLUCION Nº 029-2002-JNE
EXP. Nº 1490-2000 V SUNAMPE MORDAZA, 16 de enero de 2002 VISTO: El escrito recibido el 29 de noviembre del 2001, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Magallanes MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidores del Concejo Distrital de Sunampe, provincia de Chincha, departamento de Ica, mediante el cual solicitan se declare la suspension automatica del cargo de MORDAZA del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el referido Concejo, por haber sufrido mandato de detencion firme; y, CONSIDERANDO: Que los documentos presentados por los recurrentes no acreditan el presupuesto legal sobre suspension previsto en el numeral 3) del Articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establece que los cargos de MORDAZA o de Regidor se suspenden automaticamente por impedimento legal, cuando tienen MORDAZA penal abierto con mandato de detencion firme;

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