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Pág. 216037 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de enero de 2002 malvivir y alta congestión vehicular provocados por es- tos locales; Que, en ese sentido, se hace necesario ampliar por seis meses más el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 18- 2001-MDSM; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades que otorga el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Con- cejo; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR por seis (6) me- ses más la vigencia de la Ordenanza Nº 018-2001, re- ferido a la recepción y trámite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso así como las so- licitudes de Licencias de Funcionamiento de Salas de Billar, Casas de Hospedaje y Hostales de categoría menor a 3 estrellas, Salas de Espectáculos, Peñas, Pubs, Discotecas, Salsódromos, Locales para Fiestas, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o similares, cualquiera sea la denominación que adopten, en hora- rio diurno y/o nocturno. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección de In- fraestructura y Desarrollo Urbano, Oficina de Rentas, la Unidad de Licencias y la Unidad de Administración Docu- mentaria, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 1210 MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO Otorgan amnistía tributaria a contribu- yentes del distrito ORDENANZA Nº 001-2002-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 10 de enero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO El Concejo Municipal de Carmen de la Legua - Reyno- so, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado reconoce a los Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia para ad- ministrar sus bienes así como crear, modificar o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos muni- cipales; Que, los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cum- ple función normativa de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Constitución; Que, el último párrafo del Art. 41º del Código Tributario señala que excepcionalmente los Gobiernos Locales pue- den condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran; Que, de conformidad con los Artículos 10º, 36º Inc. 3) y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, el Concejo Municipal aprobó por UNA- NIMIDAD la siguiente Ordenanza, con la dispensa de la Lectura y Aprobación del Acta;AMNISTÍA TRIBUTARIA GENERAL PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS Artículo Primero.- Conceder Amnistía Tributaria a los contribuyentes del distrito de Carmen de la Legua - Reyno- so, que adeudan los siguientes conceptos: IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES MULTAS TRIBUTARIAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Artículo Segundo.- El Impuesto Predial será liquidado sin intereses moratorios, aplicándose únicamente el Índice de Precios al Por Mayor (IPM) acumulado a la fecha de pago. Artículo Tercero.- Las Multas Administrativas seran condonadas al 100% Artículo Cuarto.- Los Arbitrios Municipales serán li- quidados sin intereses moratorios ni reajustes, cobrándose tan sólo el monto INSOLUTO. Artículo Quinto.- Las Multas Administrativas pendientes al 31/12/2001 podrán ser canceladas al 50% del INSOLUTO. Artículo Sexto.- Excepcionalmente los contribuyentes que no puedan cancelar el íntegro de sus deudas tributa- rias, podrán acogerse, pagando la primera cuota por un monto no menor del 20% de la deuda acogida. El incumpli- miento del Convenio de Fraccionamiento originará la pérdi- da de los beneficios tributarios y su cobranza por la vía coactiva en aplicación del Art. 36º del Código Tributario. En caso de existir pago parcial del fraccionamiento que invo- lucre tributos de diferente periodicidad se deberá aplicar el Art. 31º del Código Tributario sobre imputación de pago de la administración a la deuda más antigua. Artículo Séptimo.- Los contribuyentes que hayan sus- crito Convenios de Fraccionamiento podrán acogerse a la presente Amnistía Tributaria. Artículo Octavo.- Los Contribuyentes con expedien- tes de reclamos tributarios podrán acogerse a la presente Ordenanza si desisten de la misma en la forma estableci- da por Ley. Artículo Noveno.- La presente Ordenanza tendrá vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación hasta el 28 de febrero del 2002. Artículo Décimo.- Delegar facultades al Alcalde para ampliar la vigencia de la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldía con cargo a rendir cuenta ante el Con- cejo Municipal. Artículo Décimo Primero.- Los ingresos serán destina- dos para cubrir el pago de Remuneraciones de todos los tra- bajadores, Empleados, Obreros, Pensionistas y Contratados. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Alcalde 1206 Aprueban adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche median- te proceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2002-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 10 de enero del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO VISTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fe- cha, el Informe Nº 001-2002-CAPVL/MDCLR de fecha