TEXTO PAGINA: 57
Pág. 216023 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de enero de 2002 VIII. FLUJOGRAMA Ver página 216023. IX. SANCIONES El personal que incumpla lo dispuesto en el presente procedimiento se sujetará a las sanciones establecidas en el Reglamento Interno de Trabajo. X. REGISTROS - Resumen mensual de documentos con errores. - Liquidación de cobranzas (Módulo de Liquidación de Cobranza). - Notificaciones. XI. DEFINICIONES - Operador de Comercio Exterior .- Despachadores de Aduana, conductores de recintos aduaneros autoriza- dos, transportistas, concesionarios del servicio postal, due- ños, consignatarios, y en general cualquier persona natu- ral y/o jurídica interviniente o beneficiaria, por sí o por otro, en operaciones o regímenes aduaneros previstos en la Ley, sin excepción alguna.- Documentos Enviados.- Toda transmisión enviada por Teledespacho identificada por el código del operador de comercio exterior y un número de orden interno. - Error.- Dato transmitido que no cumple con las condi- ciones requeridas por ADUANAS. - Catálogo de Comercio Exterior.- Relación de código que describen un dato específico útil de Comercio Exterior. - Dependencias de Aduanas .- Unidad organizada de trabajo que forma parte de la estructura orgánica de insti- tucional de ADUANAS. Se caracteriza por tener comuni- cación directa con la Superintendencia Nacional. - Area competente de Aduanas .- Unidad orgánica o equipo de trabajo a través del cual se ejecutan funciones o encargos de trabajo, en las dependencias de ADUANAS. - Areas Operativas .- Constituidas por las unidades or- gánicas o equipos de trabajo encargados de atender los despachos de los regímenes y operaciones aduaneras, manifiestos y otros servicios aduaneros. - Teledespacho .- Intercambio electrónico de documentos aduaneros entre el operador del comercio exterior y ADUANAS. - Sistema Integrado de Gestión Aduanera - SIGAD .- Sis- tema Informático integral e interrelacionado de ADUANAS que comprende todos los regímenes y operaciones aduaneras, así como funciones de control, fiscalización y administrativas; facilita el intercambio de información con los operadores de comercio exterior y brinda el soporte para la toma de decisiones. COBRANZA GASTOS POR TRANSMISIÓN DE DCTOS. ENVIADOS CON ERROR Inicio Transacciones por teledespachoAREA DE RECAUDACION DE LA ADUANA O DE LA INAROPERADOR DEL COMERCIO EXTERIOR Efectúa depuración de documentos con error(es) Emite listado,L/C y notificación y notificaL/C (o/2c) Liquidación de C. listado de rechazos (o/2c) Notificación (o/2 c)Toma conocimiento y realiza acción PagaBANCO RECAUDADOR Efectúa cobranza L/C Liquidación de Cobranza (o) usuario1 SINO Recurso de ReconsideraciónEfectúa registro y consolidación de L/C canceladasArea de recaudación o de INAR Registro y control de los ingresosGerencia Planeamiento y Fzas. Fin Cobranza Coactiva22 NO Atiende reconsideración y notificaConsolidación neta mensual de documentos con error(es) SI Archiva L/C cancelada1L/C (c1) AduanasL/C (c2) BancoAREAS OPERATIVAS DE ADUANA Y NORMATIVAS DE LA SEDE Recurso de ApelaciónSUPERINTENDENCIA NACIONAL SINO Atiende apelación y notifica2 1151 Exceptúan a determinadas mercancías de inspección previa a la expedición efectuada por las Empresas Verifi - cadoras CIRCULAR Nº INTA-CR-007-2002 Callao, 16 de enero de 2002 Señor Intendente de Aduana Presente.-ASUNTO :Mercancías exceptuadas de inspección previa a la expedición por parte de las empresas verifi- cadoras. REF. :Decretos Supremos Nº 015-97-EF y Nº 008- 2002-EF Procedimiento INTA.PE.00.10 (Ver- sión 2) Habiéndose expedido el Decreto Supremo Nº 008-2002- EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15.E- NE.2002, que incluye dentro del Anexo a que se refiere el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 015-97-EF, mercancías comprendidas en cinco subpartidas nacionales; estando a la delegación de funciones conferida en las Resoluciones