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Pág. 216434 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 nazgo en el distrito de Chorrillos año 2001, para el ejerci- cio 2002, con las modificaciones señaladas en el artículo precedente. Artículo Tercero.- Remitir la presente Ordenanza al Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su correspondiente ratificación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Dia- rio Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1887 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Aprueban campaña de actualización de datos de contribuyentes del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2002/MJM Jesús María, 22 de enero del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Consti- tución Política del Perú, se le reconoce a los gobiernos lo- cales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, se hace necesario actualizar la información que obra en los archivos de esta Administración Edil, referente a los contribuyentes y características de los predios de los cuales éstos son propietarios; Que, de acuerdo al Artículo 14º Inc. c) del Decreto Le- gislativo Nº 776 -Ley de Tributación Municipal- los contribu- yentes están obligados a presentar declaración jurada cuan- do lo determine la Administración Tributaria con carácter general; Que, es política de la presente Administración Munici- pal brindar las mayores facilidades para que los contri- buyentes cumplan con regularizar sus obligaciones tribu- tarias; Que, para estos efectos será distribuido en forma gra- tuita un formulario que tendrá el carácter de declaración jurada, donde deberán consignarse los datos a conside- rarse por esta Corporación Edil; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Campaña de Actuali- zación de Datos a realizarse por la Municipalidad de Jesús María en favor de los contribuyentes del distrito, la misma que tendrá vigencia hasta el 8 de febrero del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Admi- nistración de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente Decreto y a la Oficina de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 1884 Fijan derecho de emisión y distribución de valores de cobranza emitidos por la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2002/MJM Jesús María, 25 de enero de 2002LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Título II del Texto Único Ordenado del Código Tributario, las Municipalidades gozan de las facultades de determinación y fiscalización tributaria; Que, es necesario fijar el monto que deben abonar los contribuyentes o responsables por derecho de emisión y distribución a domicilio de los Valores de Cobranza corres- pondientes a los diferentes tributos de Administración Mu- nicipal, emitidos como consecuencia de los procesos de fiscalización; Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776 -Ley de Tributación Municipal- establece que aquellas Municipalidades que brinden el servicio de emi- sión mecanizada de valores, determinación de tributos y de recibos de pago (si fuera el caso), quedan facultadas a cobrar por dicho servicio hasta el 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio gravable; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese el Derecho de Emisión y Dis- tribución de los Valores de Cobranza generados por la Municipalidad de Jesús María, en un monto ascendente a 0.2% de la UIT. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración de Tributos y Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 1885 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Fijan montos por derecho de emisión mecanizada y distribución de declaraciones juradas y determinación del Impuesto Predial y Arbitrios ORDENANZA Nº 76-MDLV La Victoria, 28 de diciembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Victoria, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Legisla- tivo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, faculta a las Mu- nicipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecani- zada de actualización de valores, determinación de impues- tos y de recibos de pago correspondientes, incluida su dis- tribución a domicilio un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión me- canizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardines Públicos correspondientes al ejercicio 2002;