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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 216428 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 creto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 096-2001/SBN-JAR, de fecha 29 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 2 641,68 m2, ubicado frente al Pasaje 1 y Calle s/n, colindante al Asentamiento Humano 14 de Agosto, distrito de Alto Selva Alegre, pro- vincia y departamento de Arequipa, según el plano y la memoria descriptiva que forman parte de la presente reso- lución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio, a favor del Estado del te- rreno descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 1740 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 011-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 18 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 032-2001/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de inscripción en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 1 389 328,34 m2, ubicado en el Paraje denominado Quebrada Honda, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 103-2001-CTAR/PE-ST-GRA- SGBR de fecha 22 de julio del 2001, el Consejo Transitorio de Administración Regional de Arequipa, remite el Expe- diente presentado por la Empresa Yura S.A., a través del cual solicita la adjudicación de un terreno eriazo de 133,095 Has., conformado por los sublotes 5 y 5A con un área de 111,515 Has. y 21,580 Has. respectivamente, ubicados en el Paraje denominado Quebrada Honda, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa; Que, la Municipalidad Provincial de Arequipa, mediante Oficio Nº 380-2001-MPA-C.2 de fecha 16 de agosto del 2001, informa, que el terreno submateria se encuentra fue- ra del área de expansión urbana, de conformidad con lo señalado en el Plan Director de Arequipa Metropolitana aprobado por Resolución Municipal Nº 194 de fecha 18 de setiembre de 1984, ratificado por Acuerdo Municipal Nº 026 de fecha 25 de marzo de 1993; Que, mediante inspección técnica de fecha 9 de octu- bre del 2001, se ha constatado que el terreno es de naturale- za eriaza, ubicado en una zona extra urbana y luego de la revisión del plano perimétrico, atendiendo a que los sublo- tes "5" y "5A" son colindantes, se ha elaborado un solo plano perimétrico del terreno a inmatricular, con un área total de 1 389 328,34 m2, que incluye la sección corres- pondiente de la vía Arequipa - Yura;Que, mediante Oficio Nº 2669-2001-RPU/GOD.1 de fe- cha 20 de noviembre del 2001, el Registro Predial Urbano informa, que de acuerdo al Informe Técnico Nº 5677-2001- OC de la Oficina de Catastro, el terreno no presenta ante- cedentes registrales y según Certificado de Búsqueda Catastral Nº 115271-1 de fecha 21 de noviembre del 2001, la Oficina Registral Regional de Arequipa, de conformidad con el Informe Técnico Nº 2251-2001/ORRA-UCAU-GTR, de fecha 19 de noviembre del 2001, emitido por la Oficina de Catastro, informa que el terreno no se encuentra inscri- to en el Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa; Que, a través de la tramitación del expediente susten- tatorio de la presente Resolución se han recabado los in- formes de las instituciones estatales que deben emitir opi- nión respecto a los predios de naturaleza eriaza, ubicados en áreas urbanas, de expansión urbana o extra- urbanas, materia de trámite de primera inscripción de dominio a fa- vor del Estado; Que, el predio antes descrito es de naturaleza eriaza y constituye propiedad del Estado, debiendo por tanto, dispo- nerse la inscripción en primera de dominio a favor del Esta- do, de acuerdo con el inciso b) del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Artículo 33º del Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Pro- piedad Estatal; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiem- bre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recupera- ciones a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 097-2001/SBN-JAR de fecha 29 de di- ciembre del 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domi- nio a favor del Estado del terreno de 1 389 328,34 m2, ubi- cado en el Paraje denominado Quebrada Honda, distrito de Yura, provincia y departamento de Arequipa, según el plano y la memoria descriptiva que forman parte de la pre- sente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional de Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL AGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 1741 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 012-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 18 de enero de 2002 Visto el Expediente Nº 03352-2001 con el cual se sustenta la inscripción en primera de dominio del terreno eriazo de 331 052,78 m2, ubicado en el Paraje denomi- nado Estación Yura, distrito de Yura, provincia y depar- tamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 354-2001-CTAR/PE-ST-GRAJ, de fecha de 9 de abril del 2001, el Consejo Transitorio de Administración Regional-Arequipa, remitió a la Superinten- dencia de Bienes Nacionales los documentos técnicos-le-