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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

Pág. 216436 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Y estando a las facultades que concede la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853 y de acuerdo al Art. 6º de la Ordenanza Municipal Nº 0003, invocada en el conside- rando; DECRETA: Artículo Único.- Prorrogar el Beneficio de Regulari- zación Tributaria concedido con el Decreto de Alcaldía Nº 0008-01, hasta el 31 de enero del 2002. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde 1805 Autorizan realización de matrimonio masivo en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000002 Puente Piedra, 16 de enero de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 3º y 66º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, éstas promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y fomentan el bienestar de los vecinos, asimismo son funciones de las municipalidades en mate- ria de población organizar los registros civiles; Que, la División de Registros Civiles, ha previsto den- tro de su plan de actividades para el día 16.2.2002, la rea- lización de un Matrimonio Masivo en el Complejo Deporti- vo Municipal "EL GALLO DE ORO"; Que, es política de esta Municipalidad, brindar las faci- lidades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su estado civil, de acuer- do a lo dispuesto en el Código Civil; Que, estando al Informe Nº 001-2002-RR-CC-MDPP de la Oficina de Registro Civil y de conformidad con lo esta- blecido en el Artículo 66º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Artículo 47º, numeral (6); DECRETA: 1º.- AUTORIZAR, la realización del MATRIMONIO Ma- sivo en el Complejo Deportivo Municipal "EL GALLO DE ORO" de la jurisdicción del distrito de Puente Piedra, para los vecinos puentepedrinos, el mismo que se llevará a cabo el día 16 de febrero del 2002, con el único pago de S/. 70.00 (Setenta Nuevos Soles), por concepto de los gastos administrativos y con la exoneración de los derechos de pago de Examen Médico, Expediente Matrimonial y Cere- monia, así como de la exoneración de la Dispensa de Pu- blicación de Edictos Matrimoniales. 2º.- ESTABLECER, que los contribuyentes se adecua- rán a lo dispuesto por la Ley de Simplificación Adminis- trativa y su Reglamento, estableciéndose como requisitos lo siguiente: a).- Partida de Nacimiento Original de ambos contrayentes o Dispensa Judicial de ella, b).- Dos testigos que no sean familiares, c).- Fotocopia autenticada del DNI o Carné de Identidad de los novios y de los 2 testigos, d).- Certificado de Domicilio para inquilinos alojados, e).- Reci- bo de luz, teléfono y/o agua, según el caso. 3º.- ENCARGAR, a la Dirección Municipal, Dirección de Administración, Dirección de Servicios Públicos y Ges- tión Local, Oficina de Registro Civil, y Secretaría General y Protocolo, adopten las acciones que corresponden, para el cumplimiento de la presente disposición. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1795Rectifican artículos de resolución que designó auxiliares coactivos de la Muni- cipalidad (Se publican las presentes resoluciones a solicitud de la Municipalidad de Puente Piedra mediante Ofico Nº 05-2002- SG-MDPP ) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000458 Puente Piedra, 26 de diciembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, el Expediente Administrativo Nº 10190-2000, pre- sentado por el señor RODOLFO NOE NÚÑEZ CARHUA- TOCTO, Auxiliar Coactivo de esta Municipalidad, mediante el cual solicita rectificación de la Resolución de Alcaldía Nº 000006 de fecha 6 de enero de 1999. CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 000006 de fecha 6 de enero de 1999, se designa al Ejecutor Coactivo y a dos Auxiliares Coactivos; Que, en la referida disposición no se menciona en la parte resolutiva el Código de Plaza P3-05-400-1 que le corresponde como Auxiliar Coactivo en Aplicación al Cua- dro de Asignaciones de Personal (CAP-1999); Que, cada plaza a que se postula tiene un código que debe incluirse en la resolución respectiva. En el presente caso se ha omitido involuntariamente consignar dicho có- digo, por lo que de conformidad al Art. 96º de las normas de Procedimiento Administrativo el error material de una Resolución podrá ser rectificado de oficio; Y estando a las facultades que le confiere la Ley Orgá- nica de Municipalidades Nº 23853 y el Decreto Supremo Nº 002-94-JUS; RESUELVE: Artículo 1º.- RECTIFICAR el Art. 3º de la Resolución de Alcaldía Nº 000006 del 6.1.99, el mismo que queda redacta- do de la siguiente forma: "Nómbrese a partir de la fecha en el cargo de Auxiliar Coactivo con el código P3-05-4000-1 a la persona del Sr. Rodolfo Noe Núñez Carhuatocto". Artículo 2º.- MANTENER VIGENTE la Resolución de Alcaldía Nº 000006 del 6.1.99, en todo cuanto no se opon- ga a la presente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMÉNEZ SALAZAR Alcalde 1801 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000461 Puente Piedra, 26 de diciembre de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Visto, el Expediente Administrativo Nº 10191-2000, pre- sentado por el señor SANTIAGO VASQUEZ CHU- QUIPIONDO, Auxiliar Coactivo de esta Municipalidad, mediante el cual solicita rectificación de la Resolución de Alcaldía Nº 000006 de fecha 6 de enero de 1999. CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 000006 de fecha 6 de enero de 1999, se designa al Ejecutor Coactivo y a dos Auxiliares Coactivos; Que, en la referida disposición no se menciona en la parte resolutiva el Código de Plaza P3-05-400-1 que le corresponde como Auxiliar Coactivo en Aplicación al Cua- dro de Asignaciones de Personal (CAP-1999);